Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de Octubre de 2011

BOLETIN OFICIAL N 4978

Ley 2055 Consejo Provincial para Personas con Discapacidad.
En cumplimiento de la Ley Provincial N 2055, Artículo 57 y lo dispuesto en la Resolución N 1670/08 del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, se otorga la prioridad en la adjudicación de unidades habitacionales a los postulantes que poseen dentro de su grupo familiar, algún miembro con discapacidad física o mental y que se encuadre dentro de la mencionada Ley.
Viviendas a entregar: 2.Viv. adaptada: 1.-

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y Murillo de la ciudad de Viedma y/o a la Agencia de General Roca, debidamente firmada, con aclaración de firma, número de documento y domicilio.
Nota: Las impugnaciones referentes a la posesión de inmuebles, deberán ser concretas con la identificación de datos catastrales y/o domicilio donde se encuentra el bien denunciado.
Sobre las impugnaciones referentes a modificación y/o disolución del grupo familiar deberá detallarse la circunstancia invocada.
En ambos casos de no contar con la información como se solicita, el organismo se reserva el derecho de desestimarlas.

Ord. Legajo Apellido y Nombres Tº y Nº Doc.
01
2689 Mellado, Leonel Alfredo DNI. 20.339.072
Gagliardi, Ana Inés DNI. 17.878.918

Plan: 20 Viviendas.
Localidad: General Roca.
Arias, María Elida DNI. 6.417.959

Viv. sin adaptar: 1.01
2724 Modon, Carmen DNI. 6.161.569

Se informa que a partir de la presente publicación, queda abierto el período de Impugnaciones durante diez días corridos. Quien considere necesario impugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido al Interventor del I.P.P.V., invocando la causal que motiva dicha impugnación con aclaración de Apellido y Nombre, Número de Documento y Domicilio.María Enriqueta Mansilla Control Habitacional IPPV.

Suplente 02
2772

Henriquez, Luis Alberto DNI. 29.873.712
Lavayén, Catalina Elizabeth DNI. 22.910.417

Convenio UOCRA
Vivienda a entregar: 2.En cumplimiento del acuerdo marco entre Nación, Provincia y la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina - Cupo 10% - se reservan dos 2 Viviendas en el Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas.
Impugnaciones: A partir de la presente publicación queda abierto el período de impugnaciones por el término de cinco 5 días hábiles, por lo tanto quienes consideren necesario impugnar, lo harán por nota dirigida al señor Director General de Administración Dn. Marcelo Carlos Cánneva a cargo de la intervención del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda conforme Resolución N 102/09, ratificada por Decreto N 37/09, Winter
Plan: 20 Viviendas.
Localidad: Los Menucos.
Cabral, Eduardo Aníbal DNI. 23.063.751
Marchino, Miryam Mabel DNI. 14.295.833
Se informa que a partir de la presente publicación, queda abierto el período de Impugnaciones durante diez días corridos. Quien considere necesario impugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido al Interventor del I.P.P.V., invocando la causal que motiva dicha impugnación con aclaración de Apellido y Nombre, Número de Documento y Domicilio.María Enriqueta Mansilla Control Habitacional IPPV.

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EDICTOS

El Dr. Juan Pablo Chirinos, Juez Subrogante a cargo del Juzgado de Instrucción Nro. Doce, con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría del Dr. Eduardo Luis Carrera, cita y emplaza a Atilio Rodolfo Sabaria, DNI. Nº 17.871.146, argentino, soltero, camionero, con último domicilio conocido en calle Finochietto 445, Bº Las Américas, de la ciudad de Mar del Plata, a que esté a derecho en estos Autos Nº 44369-J.1210-SP, causa caratulada: Sabaria Atilio Rodolfo s/
Falsificación de Sellos, Timbres y Marcas, en los que se invetiga el delito de falsificaciones de sellos, timbres y marcas, dentro del quinto día, a partir de la última publicación del presente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparencia injustificada.- Publíquese por cinco días.- Secretaría, 23 de septiembre de 2011.- Eduardo Luis Carrera, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Volguein Pedro, que en Expte. Nº 3118-2011, se resolvió en fecha 16/09/2011, Carlos de Bariloche, 16 de septiembre de 2011 Resuelvo:
Dictar el sobreseimiento total en la presente causa, y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Pedro Volguein, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del Agente Fiscal de criterio de oportunidad Art. 306
Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Fdo.:

Ricardo A. Calcagno, Juez. Ante mí: Sergio Damián Pichetto, Secretario. Y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Sergio D. Pichetto, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calgano, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Sánchez Cristian Ricardo, que en Expte.
Nº 234-7-2011 se resolvió en fecha 23/06/2011, /
//Carlos de Bariloche, 23 de junio de 2011.- Y Vistos:
Resulta: Y Considerando: Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Cristian Ricardo Sánchez, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del Agente Fiscal de criterio de oportunidad Art. 306 Inc. 4º del Código Procesal Penal, en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Regístrese, notifíquese, comuníquese donde corresponda. Archívese. Y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Inti C. Isla, Secretario.
oOo
notifíquese, comuníquese donde corresponda.
Archívese. Y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.
Inti C. Isla, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a De Martins Pedro Elías, que en Expte.
Nº 291-8-2011 se resolvió en fecha 1/09/2011, //
/Carlos de Bariloche, 1 de septiembre de 2011
Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa, y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Pedro Elías de Martins, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del Agente Fiscal, de criterio de oportunidad Art. 306 Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Fdo.: Ricardo A.
Calcagno, Juez.- Ante mí: Sergio Damián Pichetto, Secretario. Y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.Sergio D. Pichetto, Secretario.
oOo
Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Piñiñor Julio Omar, que en Expte. Nº 373-7-2010, se resolvió en fecha 23/08/2011,
Carlos de Bariloche, 23 de agosto de 2011.- Y
Vistos: Y Considerando: Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente en favor de Julio Omar Piñiñor, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la causa penal por aplicación por parte del Agente Fiscal de criterio de oportunidad Art. 306 Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172
del mismo ordenamiento legal.- Regístrese,
Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en Jhon OConnor 20, notifica por medio de la presente a Zeballos, Luciana Gabriela, que en expediente nro. 287-7-2011, se resolvió en fecha 17/8/2011, Carlos de Bariloche, 17 de agosto de 2011.- Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Luciana Gabriela Zeballos, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal por aplicación por parte del Agente Fiscal de Criterio de Oportunidad Art. 306 inc. 4 del Código Procesal Penal en función del art. 172 del mismo ordenamiento legal. Regístrese, notifíquese,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date17/10/2011

Page count28

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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