Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Julio de 2011
integración de la lista partidaria que en definitiva se presentará se efectuará mediante el sistema DHondt, participando todas las listas que hayan obtenido mas de un diez por ciento 10% de los votos validos emitidos. A este efecto se considerarán separadas las listas de titulares y la de los suplentes.
En todos los caso los titulares que no se incorporen como tales a las listas definitivas quedarán como suplentes en el orden en que queden luego de la aplicación del sistema DHondt. De igual forma a los concejales municipales se elegirán los candidatos a ocupar los cargos de contralor municipal.Art. 60. - De los Avales: El número de afiliados para apoyar las distintas candidaturas deben ser por lo menos de veinte 20 avales con un máximo del uno por ciento 1% del padrón del partido.
Para la composición de las listas de avales no rige la representación por sexos establecida en el artículo anterior.Art. 61. - Declaración Jurada de Bienes: El afiliado propuesto para un cargo electivo, deberá presentar a la Comisión Directiva la declaración jurada de bienes, cosa que repetirá al término de su mandato.Capítulo 3
ELECCIÓNES Y ESCRUTINIO
Art. 62. - Las boletas válidas para el acto comicial, serán oficializadas por la Junta Electoral.Art. 63. - Los padrones serán divididos en mesas receptoras de votos.

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BOLETIN OFICIAL N 4954
Art. 64. - El escrutinio provisorio quedará a cargo de la autoridad de mesa, mientras que la responsabilidad del escrutinio definitivo corresponderá a la Junta Electoral.
Art. 65. - Tanto los que encabezan las listas como los apoderados podrán designar fiscales generales y de mesa, para controlar el desarrollo de todo el acto eleccionario.
Título IV
DE LA ORGANIZACIÓN DE LA JUVENTUD
DE SENTIMIENTO POR CIPOLLETTI
Art. 66. - La Juventud de Sentimiento por Cipolletti podrá organizarse en forma autónoma, quedando incorporados a ella los afiliados comprendidos entre los 18 y 30 años de edad, confeccionando sus propios padrones y enviando una copia a la Junta Electoral.Art. 67. - La Juventud dictará su propio estatuto, que deberá ser analizado para su aprobación por la Asamblea, por mayoría simple de votos.Art. 68. - La Juventud elegirá sus autoridades de acuerdo a la metodología establecida en su estatuto.Art. 69. - Los integrantes de esta organización deberán aceptar las decisiones de las autoridades de la Comisión Directiva y deberán respetar la Carta Orgánica.Art. 70. - Tendrá un representante con voz y voto en las reuniones de Comisión Directiva del Partido.-

Art. 71. - La conducción de la Juventud, recibirá de la Comisión Directiva en forma mensual, el cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de los ingresos regulares del Partido para destinar a su funcionamiento. Dicho importe deberá ser rendido mensualmente.Título V
DE LA CADUCIDAD
Y EXTINCIÓN DEL PARTIDO
Art. 72. - Serán causas de extinción del partido las siguientes:
a Desaparición de la razón de ser del partido.b Falta de desarrollo de todo tipo de actividad partidaria por un lapso mayor de cinco 5
años.c Cuando luego de cinco convocatorias no se presenten listas para la renovación de la conducción partidaria.d Cuando exista imposibilidad de sostenerlo económicamente.En estos casos la última autoridad convocará a una Asamblea de Afiliados con la mayoría especial que se requiere en el capítulo correspondiente a Asamblea de Afiliados, y con esa mayoría resolverá.Art. 73. - Producida la extinción del partido, los bienes remanentes, una vez saldadas las deudas, serán donados a organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro de Cipolletti, para la utilidad que sus autoridades consideren más adecuadas.-

AVISO
SE COMUNICA QUE SE ENCUENTRAN A LA VENTA, LAS SIGUIENTES EDICIONES:
Ley 3186 - De Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial Actualizada 2006
Código de Leyes Fiscales de la Provincia de Río Negro
Código Electoral de Partidos Políticos Derogado
Constitución de la Nación Argentina
Digesto Tomo I
Digesto Tomo III
Digesto Año 2000
Digesto Año 2001
Digesto Año 2002
Procedimiento Administrativo
Constitución Pcial. chica
Constitución Pcial. grande
Régimen Previsional Ley 2092
Colección Encuadernada del Boletín Oficial/2000

$ 50,00
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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/07/2011

Page count32

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First edition03/01/2002

Last issue22/07/2024

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