Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/01/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Enero de 2011

BOLETIN OFICIAL N 4900

Al otorgarse una conexión al servicio de desages cloacales, en el área servida por EL CONCESIONARIO, corresponderá facturar al Usuario, en concepto de derecho e inspección, excavación y ejecución de la conexión -incluyendo mano de obra y materiales Tee PVC / 110
mm para inspección, caja de inspección cloacal domiciliaria y cañería de PVC / 110 mmla suma de doscientos cincuenta pesos $ 250,00
con IVA incluido.
Artículo 18- CARGO DE DESCONEXIONDE SERVICIOS
Al momento de ser autorizada la desconexión o no conexión del servicio según lo establecido en el Artículo 10 del Marco Regulatorio, el Usuario deberá pagar un cargo de desconexión equivalente a cuatro 4 bimestres de prestación de los servicios que tuviera para el primer caso o de cuatro 4 bimestres de los servicios que le hubiese correspondido tener en el segundo caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del presente Régimen Tarifario. Dicho pago debe efectuarse con anterioridad al momento de su efectiva desconexión o no conexión, debiéndose saldar también todo cargo impago existente a dicho momento. A partir de la desconexión o no conexión se continuará abonando un mínimo correspondiente a la categoria baldío por los servicios disponibles, según el Artículo 11 .- -Categoría Baldíodel presente Anexo.

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Artículo 19.- CARGO DE RECONEXION DE SERVICIOS
El valor que correspondiera facturar en concepto de derecho de conexión de abastecimiento de agua potable se determina en setenta y ocho pesos $
78,00 con IVA incluido.
Artículo 20.- CARGO DE INFRAESTRUCTURA
Denomínase como tal al régimen para el financiamiento del costo de la red domiciliaria construida por EL CONCESIONARIO y del suministro conjunto de nuevas conexiones, correspondientes a obras de ampliación de la red de distribución.
Dicho régimen es alternativo de toda otra acción que asegure la incorporación de los Usuarios en tiempo y forma, en concordancia con lo dispuesto en el Contrato de Concesión y en los planes de mejoras y expansión aprobados.
Toda acción emprendida por EL CONCESIONARIO, en el contexto del presente régimen de financiamiento, debe contar con la aprobación previa de EL DEPARTAMENTO.
La financiación otorgada a los Usuarios por EL CONCESIONARIO
deberá contemplar el pago que correspondiere en cuotas iguales y consecutivas.
La facturación se efectuará juntamente con la del servicio de abastecimiento de agua potable prestado a dichos Usuarios, discriminando claramente el importe.
El valor referencial total promedio de dicho cargo por inmueble se establecerá de común acuerdo entre las partes.

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DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 1159.- Hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Graciela Rosa Facio, DNI. Nº 14.399.574, contra la Resolución Nº 253/09, del Consejo Provincial de Educación, por la cual se rechaza la apelación en subsidio interpuesto contra la Resolución Nº 90/09, por la que la Junta de Disciplina Docente aplicó a su representada la sanción de Retrogradación de Jerarquía por el término de dos 2 años, contra la cual interponen Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio, el primero de los cuales es rechazado por la Junta mediante la Resolución Nº 123/09. Asimismo, mediante Resolución Nº 158/09 dicho Órgano rechazó el ofrecimiento de pruebas efectuado en el punto VII de dicha presentación. El Consejo Provincial de Educación rechaza la Apelación en subsidio mediante Resolución Nº 253/09
DECRETO Nº 1229.- 29-12-10.- Otorgando un anticipo de coparticipación en los términos del Art. 63 Apartado 2 Inciso c del Decreto Provincial H N 1.737/98, Reglamentario del Art. 63
de la Ley Provincial H N 3.186, a favor de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche Cuit N 30-99911258/3, por la suma de pesos un millón cuatrocientos mil $ 1.400.000,00, a los efectos de afrontar la dificil situación económica por la que atraviesa el Municipio.
Exceptuar la devolución de los fondos previstos en el Art. 63 Apartado 2 Inc. c del Decreto Provincial H N 1.737/98, Reglamentario del Art. 63 de la Ley Provincial H N 3.186, para el anticipo otorgado en el Artículo 1 del presente Decreto, debiendo ser reintegrado a Rentas Generales durante el ejercicio 2.011.
Expte. Nº 003.891-SSH-10.DECRETO Nº 1252.- 29-12-10.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de pesos veinte mil $ 20.000,00 a favor de la Municipalidad de Choele Choel, destinado a solventar los gastos que demandará la refuncionalización, restauración y puesta en marcha de la Casa de Maldonado Casa Histórica de esa localidad. El monto asignado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Choele Choel, Cuit. N 3065454695-5 y/o su Intendente Licenciado Ricardo Emilio Calvo, D.N.I. N 4.987.780, CUIL. N 20-4987780-4, quién será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N
134/10. Expte. Nº 52.938-DA-10.-

DECRETO Nº 1253.- 29-12-10.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Treinta mil $ 30.000,00, a favor de la Asociación Civil denominada Asociación Volantes de General Roca de la localidad de General Roca, para ser destinado a solventar parte de los gastos de organización, combustible, almuerzos, cenas y viáticos mas otros gastos que demandó el evento del Rally Coronación del Campeonato Regional Once-2010, que se desarrolló durante los días 3, 4 y 5 de Diciembre de 2.010, en la localidad de San Carlos de Bariloche. El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la asociación civil denominada Asociación Volantes de General Roca de la localidad de General Roca, C.U.I.T N 30-58536669-9, y/o su Presidente Señor Jorge Alberto MARTINEZ, C.U.I.L. N 20-07570792-5, quién será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/10. Expte.
Nº 52.872-DA-10.DECRETO Nº 1258.- 30-12-10.- Aceptando a partir del 01 de enero del 2011, la renuncia presentada por el Señor Oscar Enrique Idoeta D.N.I. N 8.212.824 al cargo de Subsecretario de la Secretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales, designado mediante Decreto N 90/07.DECRETO Nº 1259.- 30-12-10.- Aceptando a partir del 01 de enero del 2011, la renuncia presentada por la Señora Amalia Galindez D.N.I.N 13.477.313 al cargo de Subdirectora de Despacho de la Secretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales, designada mediante Decreto N 92/07.DECRETO Nº 1260.- 30-12-10.- Designando a partir del 01 de enero del 2.011, a la Señora Amalia GALINDEZ D.N.I. N 13.477.313, en el cargo de Directora de Despacho de la Secretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales.DECRETO Nº 1261.- 30-12-10.- Designando a partir del 01 de enero del 2011, a la Señora Contadora Vanina Mercedes NERVI D.N.I. N
28.521.082, en el cargo de Directora General de Administración de la Secretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales y a cargo de la Auditoria General.-

DECRETO Nº 1262.- 30-12-10.- Promoviendo automáticamente, de conformidad a lo establecido en los Artículos 4, 7, 10, 14, 28
y concordantes del Anexo II de la Ley L N
1.844, modificados por la Ley N 4.541, a los agentes de la Planta Permanente del Ministerio de Producción en los Programas, Agrupamientos, Categorías y fechas que se detallan en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto. Expte. Nº 131.401-DOyRH-10.DECRETO Nº 1265.- 30-12-10.- Rectificando el Anexo III que forma parte integrante del Decreto N 1.872/05, de acuerdo al detalle que como Anexo I se agrega al presente Decreto.
Promover automáticamente a la categoría 15
al agente LA ROSA, Fernando Andrés DNI N
16.862.522, de acuerdo al detalle del Anexo II
que forma parte integral del presente en cuanto a Agrupamiento y fechas que allí se detallan, conforme a los Artículos 16 y 89 del Anexo II
de la Ley L N 1.844, con situación de revista en la Jurisdicción 52, Programa 11.00.00.01.
Expte. Nº 13.629-I-10.DECRETO Nº 1266.- 30-12-10.- Rectificando el Anexo III que forma parte integrante del Decreto N 1.872/05, de acuerdo al detalle que como Anexo I se agrega al presente Decreto.
Promover automáticamente a la categoría 17
al agente COSSANI, Raúl Humberto L.E. N
8.346.399, de acuerdo al detalle del Anexo II
que forma parte integral del presente en cuanto al Agrupamiento y fechas que allí se detallan, conforme a los Artículos 16 y 89 del Anexo II
de la Ley L N 1.844, con situación de revista en la Jurisdicción 52, Programa 11.00.00.01.
Expte. Nº 13.630-I-10.DECRETO Nº 1270.- 30-12-10.- Transfiriendo a partir de la firma del presente Decreto, con el correspondiente cargo presupuestario al Sr.
Mario MURCIA DNI N 14.742.627, Categoría 16, Agrupamiento Técnico, con situación de revista en la Jurisdicción 19, Programa 01, Actividad 01 de la Dirección General de Rendiciones de Cuentas y Gestión Municipal, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Institucional del Ministerio de Familia a la Dirección de Administración Agencia Río Negro Deportes y Recreación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, Jurisdicción 13, Programa 11, Actividad 01. Notifíquese a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo A.R.T. que a partir de la firma del presente Decreto el agente en cuestión comenzará a prestar funciones en

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/01/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date20/01/2011

Page count12

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First edition03/01/2002

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