Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/02/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Febrero de 2010
Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 061
Viedma, 20 de enero de 2010.
Visto el Expediente N 145572-UEP-09, del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, el Decreto N 805/06 y su Decreto Rectificatorio N
1310/06; y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente N 76345-UEP-05 se tramitó el Acuerdo de Institucionalización de la Unidad de Coordinación Provincial del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social, suscripto entre este organismo, representado por el Sr. Presidente Honorario del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, Dr. Juan Carlos Nadalich y el Sr.
Gobernador de la Provincia de Río Negro, Dr. Miguel Angel Saiz, aprobado mediante Decreto N 805/06;
Que mediante la citada norma se crea la Unidad de Coordinación Provincial UCP del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social, estableciéndose sus funciones y competencias;
Que la concreta institucionalización del Sistema en la Provincia permite establecer un nexo coordinador del intercambio de información registrada en poder de los estamentos nacionales, provinciales y municipales;
Que para realizar tareas de intercambio de información con los distintos Municipios de la Provincia, se aprobó mediante Resolución N 1002 de fecha 04 de agosto del 2009 obrante a fojas 46/47 del Expediente 145572-UEP-09, el Modelo de Acuerdo a suscribirse con los respectivos Ejidos Municipales;
Que la presente se encuadra legalmente en las facultades conferidas mediante los Artículos 10 y 16
del Decreto N 805/06;
Que habiéndose incorporado modificaciones al Modelo de Acuerdo Marco de Adhesión mencionado anteriormente, se hace necesario aprobar dichas modificaciones;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora Provincial de Financiamiento Externo, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y Fiscalía de Estado a fojas 119 vuelta, Por ello, El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar la modificación al Modelo de Acuerdo Instrumental a suscribir entre el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS
Central, SINTyS UCP y Ejecutivos Municipales, cuyo objeto es coordinar el intercambio de información entre las bases de datos dichos entes, el cual como anexo N I se agrega y pasa a formar parte de la presente Resolución.Art. 2.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.- Mirta Mabel Duré, a/c.
Dirección General.

ACUERDO MARCO DE ADHESIÓN
AL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN
NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS
Entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, en el marco de las actividades de la Dirección Nacional Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS, en adelante el SINTyS, representado en este acto por la Sra. Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional, Dra. María Matilde Morales por una parte; y la Municipalidad de de la Provincia de Río Negro adelante el MUNICIPIO, representada por el Sr. Intendente por la otra parte;
Visto, el Acuerdo Marco de Adhesión al SINTyS
de la Provincia de Río Negro, de fecha 15 de junio de 2001; el Acuerdo de Institucionalización de la Unidad
BOLETIN OFICIAL N 4803
Coordinadora Provincial del SINTyS, de fecha 7 de junio de 2006; y los Decretos Provinciales N 1090 de fecha 25 de agosto de 2005, y N 805 de fecha 20 de julio de 2006; celebran el presente Acuerdo Marco de Adhesión del Municipio de al SINTyS, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan.
Participa también de este acto, el Sr. Coordinador Ejecutivo de la Unidad Coordinadora Provincial del SINTyS -en adelante UCP-SINTyS-, Sr. Guillermo Raimundo Dominici, designado en su cargo mediante Decreto Provincial N 445 de fecha 28 de diciembre de 2007:
PRIMERA: El MUNICIPIO adhiere al SINTyS, y se compromete a tomar las medidas necesarias para realizar el intercambio de información, a través de la UCPSINTyS, con las jurisdicciones, organismos y entidades nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipios adheridos al SINTyS.
SEGUNDA: El SINTyS, a través de la UCP-SINTyS, establecerá las pautas y estándares y aquellos procedimientos que permitan la realización del intercambio de información mencionado en la cláusula precedente.
TERCERA: El MUNICIPIO se compromete a crear y establecer los mecanismos necesarios, con el objeto de permitir el intercambio, conectividad y disponibilidad de los datos registrados y a registrarse en sus distintas bases de datos, relacionados con personas físicas y jurídicas entre sus propias dependencias, en los términos de la Cláusula Primera. En este marco, el MUNICIPIO establecerá en todas sus bases de datos, para todo tipo de trámite relacionado con personas físicas y jurídicas, la obligatoriedad del uso y registración del CUIT/CUIL/CDI.
CUARTA: El SINTyS y la UCP-SINTyS, sin perjuicio de la asistencia técnica prevista en el presente, brindará al MUNICIPIO aquella asistencia que resulte necesaria para dar cumplimiento a lo acordado, cuyo alcance y contenido será determinado a partir de la suscripción de las Actas Complementarias previstas en la Cláusula Décimo Séptima de este Acuerdo.
QUINTA: El MUNICIPIO se compromete a determinar el área del gobierno municipal, con su correspondiente asignación de recursos físicos, económicos y humanos, que se hará cargo de la ejecución y dirección del presente Acuerdo Marco.
Asimismo, el MUNICIPIO asume el compromiso de designar un Coordinador Municipal y los referentes en el área social y fiscal, quienes deberán tener perfiles técnicos acordes con las tareas a desarrollar.
SEXTA: El SINTyS, a través de la UCP-SINTyS, integrará al Sistema la información obrante en las bases remitidas por el MUNICIPIO, previa homogeneización y depuración de los datos; y procederá, si correspondiere, a la apropiación de Cuit; encontrándose en condiciones de ser intercambiada con las demás bases de los responsables de las jurisdicciones, organismos y entidades con finalidad legítima para el acceso a los datos de que se trate; asimismo, el MUNICIPIO podrá requerir informes particulares al SINTyS, a través de la UCPSINTyS.
SÉPTIMA: Toda información que la UCP-SINTyS
remita al MUNICIPIO, a pedido de éste, llevará en todos los casos un código de acceso que será informado al funcionario responsable del área o a quien éste autorice expresamente y bajo su responsabilidad. El MUNICIPIO
deberá indicar con carácter previo al envio por parte de la UCP-SINTyS, el uso que hará de los datos resultantes del intercambio de información, comprometiéndose a no utilizar los datos que requieran para fines distintos a aquellos que motivaron su obtención. El MUNICIPIO
asumirá su responsabilidad por la utilización de estos datos.
OCTAVA: Las partes se comprometen a que las actividades acordadas en virtud del presente Acuerdo se realizarán a partir de la interconexión en línea, con la asistencia técnica del SINTyS y de acuerdo a la tecnología disponible, que pueda desarrollarse y adquirirse en el futuro.

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NOVENA: El MUNICIPIO se compromete a que la información que integre al Sistema sea cierta, adecuada y pertinente y que haya sido obtenida de conformidad con sus competencias específicas y las normas que lo autorizan a obtenerlo. En el marco de tal compromiso, el MUNICIPIO, en su carácter de responsable de las bases de datos a integrar, debe adoptar las medidas que resulten necesarias para asegurar el respeto a los derechos de los titulares de los datos personales, de conformidad a lo prescripto por el régimen de protección de datos personales.
DÉCIMA: El MUNICIPIO se compromete a remitir al SINTyS, por medio de la UCP-SINTyS, la información necesaria a fin de ponderar los resultados que hubieren surgido a partir de los servicios de intercambio de información realizados.
DECIMOPRIMERA: El SINTyS podrá transferir los datos recibidos del MUNICIPIO, si éste ha expresado que el dato ha sido obtenido bajo consentimiento del titular de los datos, o bien si, no mediando el consentimiento, se trata de alguno de los siguientes supuestos: 1 la transferencia o cesión de los datos tiene como causa una obligación legal; 2 los datos provienen de fuentes de acceso público irrestricto; 3
la transferencia se realiza entre dependencias de los órganos del Estado en forma directa, en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias.
DECIMOSEGUNDA: Las partes acuerdan otorgar a todos los datos, que en virtud del presente Acuerdo Marco se procesen, el carácter de confidenciales. Por ello, toda persona que intervenga en el tratamiento de los mismos está obligada a guardar secreto, del que sólo podrá ser relevado mediante resolución judicial, o cuando medien razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública. El SINTyS manifiesta que todos sus agentes han firmado un compromiso interno de confidencialidad de acuerdo a lo establecido en la presente cláusula.
Por su parte el MUNICIPIO se compromete a que todos los agentes que intervengan en el tratamiento de los datos, objeto de este acuerdo, firmen un compromiso interno de confidencialidad a los mismos efectos descriptos en el párrafo anterior. Los obligados al mantenimiento del secreto no quedarán relevados aunque finalicen su relación con el titular del archivo de datos respectivo.
DECIMOTERCERA: En el marco de lo dispuesto en la cláusula precedente, cada una de las partes será responsable por los actos o hechos de sus dependientes, consultores o agentes, que sean contrarios a lo prescripto en el régimen de protección de datos personales.
DECIMOCUARTA: Las partes se comprometen a brindar sus mejores esfuerzos para colaborar recíprocamente en el cumplimiento de las finalidades plasmadas en el Decreto N 812/98 ratificada por Ley N 25.345 y el Decreto N 78/07, orientadas a mejorar el cumplimiento tributario y la inversión social.
DECIMOQUINTA: En el Anexo individualizado con la letra A, se indica la información obrante en las bases de datos disponibles que el MUNICIPIO se compromete a integrar al SINTyS, a través de la UCPSINTyS, desde la firma del presente Acuerdo, sin perjuicio de las que posteriormente se incorporen por intermedio de los correspondientes actas complementarias, y a mantenerlas actualizadas mensualmente.
DECIMOSEXTA: El MUNICIPIO se compromete a arbitrar los medios y mecanismos necesarios para la sustentabilidad en el tiempo de las acciones emprendidas a través del SINTyS y de la UCP-SINTyS, aún luego de finalizada la asistencia técnica a que hace referencia la Cláusula Cuarta, a fin de asegurar la continuidad del intercambio de la información y la actualización periódica y sistemática de los datos integrados al Sistema.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/02/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date15/02/2010

Page count14

Edition count1926

First edition03/01/2002

Last issue05/08/2024

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