Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/02/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Que el dictado de la presente encuentra sustento legal en lo dispuesto en las Leyes J N 3183, J N 3185
y J N 3284;
Por ello, El Intendente General de Recursos Hídricos a/c de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar a Audiencia Pública con el objeto de analizar la Segunda Revisión Ordinaria de Tarifas correspondiente a la concesión del servicio público de agua potable y desages cloacales en la Provincia de Río Negro otorgada a la Empresa Aguas Rionegrinas S.A. mediante contrato de fecha 28/07/98.
Artículo 2.- Fijar como fecha de realización de la misma el día 2 de marzo de 2010, a las 10:00 horas y lugar de realización de la misma la sede de cine del Club Sportsman, sito en calle Tello y Avenida San Martín de la localidad de Choele Choel, Provincia de Río Negro.
Artículo 3.- Dar aviso de la presente mediante las publicaciones pertinentes en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el plazo de cinco 5 días, y en los Diarios Río Negro, El Cordillerano y Noticias de la Costa durante dos 2 días.
Artículo 4.- El Concesionario deberá dar difusión a la convocatoria como mínimo en diez 10 emisoras de radiodifusión de distintas localidades de la provincia.
Artículo 5.- La documentación podrá ser consultada en las oficinas de A.R.S.A., que ha continuación se detallan, de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 13:00 horas: a Viedma: Alvaro Barros N 524, b S. Antonio Oeste: Libertad N 2437, c Sierra Grande:
Ricardo Balbín N 415, d Valcheta: H. Irigoyen S/N, e Los Menucos: La Pampa S/N, f Maquinchao:
Sarmiento S/N, g S. C. de Bariloche: 12 de Octubre N
1395, h El Bolsón: Echeverría y Brown, i Catriel: España N 460, j Cinco Saltos: Sarmiento N 152, k Cipolletti:
Menguelle N 456, 1 Fernández Oro: Roca N 377, ll Allen: T. Orell N 173, m General Roca: Don Bosco N
1669, n Ing. L. Huergo: San Martín N 654, ñ Choele Choel: Kennedy y Jabalí, o Río Colorado: Roca N
471.
Artículo 6.- El expediente podrá ser consultado en la sede central del Departamento Provincial de Aguas sito en calle San Martín N 249 de la ciudad de Viedma.
Artículo 7.- Los interesados en participar en la Audiencia Pública, conforme lo autoriza el artículo 13
de la Ley J N 3284, podrán inscribirse hasta 72 horas antes de la fecha prevista para realización de la audiencia en el Registro que al efecto llevará la Dirección General de Regulación de Saneamiento de este Organismo. en la sede central del Departamento Provincial de Aguas, sito en calle San Martín N 249 de la ciudad de Viedma, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00
horas. Quienes deseen participar como representantes de una persona jurídica deberán acreditar su mandato de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 de la Ley J N 3284.
Conjuntamente con la inscripción los interesados deberán presentar un resumen, de no más de una carilla, en el que planteen los lineamientos fundamentales de su posición.
Artículo 8.- La Audiencia Pública será presidida por el Sr. Superintendente General del Departamento Provincial de Aguas.
Artículo 9.- Invitar a participar de la audiencia a los Señores:
a Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
b Secretario de Empresas Públicas.
c Presidente de la Legislatura de Río Negro e integrantes del Poder Legislativo.
d Presidente e integrantes de la Comisión Especial de Aprovechamiento de los Recursos Hídricos de la Legislatura Provincial.
e Intendentes y Concejales Municipales.
f Fiscal de Estado.
g Defensor del Pueblo.

BOLETIN OFICIAL N 4799
Artículo 10.- Designar a la Dirección General de Regulación de Saneamiento como responsable de proponer y ejecutar todos los actos necesarios para el adecuado funcionamiento de la audiencia.
Artículo 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese, cumplido, archívese.
Ing. Daniel Alberto Petri, Intendente Gral. de Recursos Hídricos a/c de la Superintendencia Gral. de Aguas - D.P.A.

Resolución Nº 126
Expediente Nº 34014-DGRS-10
Viedma, 21 de Enero de 2010.
Visto el expediente de referencia del registro de este Organismo, por el cual se tramita la solicitud de la Comisión Vecinal de Fomento Barrio San Luis de los Leones de Dina Huapi, para la Primera Revisión Ordinaria del Régimen Tarifario, y CONSIDERANDO:
Que conforme surge del artículo 41 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable del Barrio San Luis de los Leones, el actual régimen aplicable reviste carácter transitorio hasta tanto se apruebe el nuevo régimen en los términos establecidos en los artículos 32 y 36 del Marco Regulatorio del sector, aprobado por la Ley J N 3183;
Que a fs. 3 a 125, el Concesionario presenta el Estudio de Revisión Tarifaria del Período 2010-2014, tendiente a mantener el equilibrio económico-financiero del contrato vigente;
Que este Organismo, en su función de Ente Regulador, considera que el procedimiento para la revisión tarifaria se encuentra debidamente habilitado;
Que para ello, y con carácter previo a la emisión de la decisión administrativa pertinente, es menester cumplir con lo dispuesto en la Ley Provincial J N 3284
la cual prevé el mecanismo de Audiencia Pública respecto de ciertas cuestiones que tienen significativa trascendencia por abarcar a una pluralidad general de usuarios;
Que la Resolución N 922/05 a fs. 126 a 128
establece en el ámbito del Departamento Provincial de Aguas la realización de Audiencias Públicas para Cooperativas y Juntas Vecinales para debatir aspectos que hagan al servicio por ellas prestado, en especial las modificaciones tarifarias contempladas en los respectivos contratos de concesión;
Que el dictado de la presente encuentra sustento legal en lo dispuesto en las Leyes J N 3183, J N 3185
yJ N 3284;
Por ello, El Intendente General de Recursos Hídricos a/c de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar a Audiencia Pública con el objeto de analizar la Primer Revisión Tarifaria correspondiente a la concesión del servicio público de agua potable, otorgada a la Junta Vecinal de Fomento del Barrio San Luis de los Leones, mediante contrato de fecha 17/02/06.
Artículo 2.- Fijar como fecha de realización de la misma el día 17 de marzo de 2010 a las 17:00 horas y lugar de realización de la misma el salón en calle Los Robles N 459 del Barrio San Luis de los Leones.
Artículo 3.- Dar aviso de la presente mediante las publicaciones pertinentes en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Diario Río Negro y en El Cordillerano durante dos 2 días.
Artículo 4. El Concesionario remitirá la invitación a todos los usuarios del área concesionada en forma conjunta con la factura del período anterior a la realización de la Audiencia y deberá dar difusión a la convocatoria por un medio radial local.
Artículo 5.- La documentación podrá ser consultada en la sede calle Los Nogales N 1.080 del Barrio San Luis de los Leones, durante los día lunes, miércoles y viernes en el horario de 16:00 a 20:00 horas y en las Oficinas de la Delegación Regional Zona
Viedma, 01 de Febrero de 2010
Andina del Departamento Provincial de Aguas, sito en la calle Sáenz Peña N 31 de San Carlos de Bariloche, de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 horas.
Artículo 6.- Los interesados en participar en la Audiencia Pública, conforme lo autoriza el artículo 13
de la Ley J N 3284, podrán registrarse hasta el 16 de marzo de 2010 a las 12:00 horas en la Delegación Regional Zona Andina DPA.
Artículo 7.- La Audiencia Pública será presidida por el Sr. Superintendente General del Departamento Provincial de Aguas.
Artículo 8.- Cursar invitación para participar en la Audiencia Pública a la Defensoría del Pueblo de Río Negro, al Sr. Intendente Municipal y al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Dina Huapi.
Artículo 9.- Designar a la Dirección General de Regulación de Saneamiento como responsable de proponer y ejecutar todos los actos necesarios para el adecuado funcionamiento de la audiencia.
Artículo 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Daniel Alberto Petri, Intendente Gral. de Recursos Hídricos a/c de la Superintendencia Gral. de Aguas - D.P.A.
oOo Provincia de Río Negro INSTITUTO DE DESARROLLO
DEL VALLE INFERIOR
IDEVI
COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA
Resolución Nº 213
Viedma, 30 de Octubre de 2009.
Visto: La Actuación N 81.136-I-04 del Registro de este Instituto, y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se tramitó la solicitud formalizada por el Señor Domingo Humberto CARRIZO D.N.I. N
16.256.929 con quien por Resolución N 272 del 20 de septiembre de 2.004 se aprobó el Convenio de adjudicación del Lote 07 de la Manzana 480 B de San Javier, propiedad del IDEVI, de quinientos sesenta y cuatro metros cuadrados 564 m2 de superficie;
Que por cláusula primera de dicho Convenio el Sr.
CARRIZO se obligó a la construcción de una vivienda familiar y por cláusula segunda a abonar un determinado precio, todo en el plazo de dos 2 años, vencidos en octubre de 2.006;
Que por cláusula quinta se pactó que en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas, se producirá la mora de pleno derecho del adjudicataria, facultando al IDEVI a dar por terminado el convenio, exigiendo la inmediata restitución de la tierra, sin que el adjudicatario pueda exigir el pago del valor monetario ni de las mejoras incorporadas al predio, las que quedarían de propiedad del IDEVI;
Que transcurridos tres años del vencimiento del plazo convenido, el adjudicatario no ha construido nada y el Lote se encuentra en franco estado de abandono sin cerco de cerramiento y sin servicios disponibles conectados;
Que en consecuencia el precitado incurrió en incumplimiento de las cláusulas tercera, cuarta, quinta y concordantes del Convenio de Adjudicación suscripto, además en el Artículo 8 del Reglamento de Adjudicación de Lotes que se comprometió a observar, causales para que el IDEVI resuelva la caducidad y exigirle la restitución del predio;
Que previamente se la intimó en tal sentido, otorgándosele un plazo de cinco 5 días hábiles para que haga el descargo que haga a sus derechos;
Que vencido dicho plazo el Señor Domingo Humberto CARRIZO no formalizó la presentación de su descargo, habilitando al IDEVI a dar por terminado el Convenio exigiéndole la restitución de la tierra;
Que es necesario dictar el Acto Administrativo correspondiente, el cual ha sido intervenido jurídicamente por nuestra Asesora Legal;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/02/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/02/2010

Page count8

Edition count1926

First edition03/01/2002

Last issue05/08/2024

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