Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, Abril de 2009.-

SUPLEMENTO

Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministro de Salud.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- C. L. Uría.

En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes de abril del año 2009, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, Dr. Alcides Pinazo D.N.I.
N 4.537.008, en adelante EL CONTRATANTE; y la Srta. Rocío de las Nieves Hernández DNI. N 30.391.667 en adelante LA CONTRATADA, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA CONTRATADA, se desempeñará como Administrativa, en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., de la localidad de Comallo, quedando subordinado a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.
SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley L N 1844, sueldo anual complementario, salario familiar y demás que pudieren corresponder; equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial a los fines de eventuales incrementos salariales. Dicha remuneración estará sujeta a los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan, debiendo cumplir 30 horas semanales.

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TERCERA: LA CONTRATADA queda sometida a las disposiciones de la Ley L N 3.487 y supletoriamente a la Ley L N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia. Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este organismo. El contratado queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir de la firma del Decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2009.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aún cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicarlo fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.
SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca N 250 de la ciudad de Viedma, y LA CONTRATADA, en calle Dr. Carlos Nehim s/nº, barrio Bella Vista, Casa N 5, de la localidad de Comallo, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse; pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date30/04/2009

Page count102

Edition count1923

First edition03/01/2002

Last issue25/07/2024

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