Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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SUPLEMENTO

Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.
-SÉPTIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
Por estar de perfecto acuerdo las partes firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 171
Viedma, 14 de abril de 2009.
Visto: el Expediente N 055.222-DRHYC-09, del registro del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Traspaso a Contrato de Locación de Servicios -mediante excepción al Artículo 2 de la Ley H N 3.238- de la Sra. Ana María Ruiz DNI N 24.169.743, Categoría 09, Agrupamiento Profesional, quien se desempeñará en el Programa Fortalecimiento Familiar, de la localidad de Viedma, dependiente de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Social del Ministerio de Familia, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2009;
Que la Sra. Ana María Ruiz DNI N 24.169.743, cumple con los requisitos de ingreso establecidos en el Artículo 3 de la Ley L N 3.487 y los Artículos 14 y 15, Capítulo VI, Anexo II de la Ley L N 1.844;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, mediante Acta N 16/08, Punto 01, autoriza por excepción a contratar a la citada agente;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley L N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N
90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica del postulado, exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Familia, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 00388/09;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Apruébese, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Sr. Ministro de Familia, Dn. Alfredo Daniel Pega DNI
N 12.711.465 y la Sra. Ana María Ruiz DNI N 24.169.743, Categoría 09, Agrupamiento Profesional, quien se desempeñará en el Programa Fortalecimiento Familiar, de la localidad de Viedma, dependiente de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Social del Ministerio de Familia, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2009.Art. 2.- Comprométase el gasto que demande la presente erogación a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 19, Programa 01.00.00.01, dependiente del Ministerio de Familia.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Familia.Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Sr. Ministro de Familia, Dn. Alfredo Daniel Pega DNI N 12.711.465 con domicilio en calle Belgrano y Buenos Aires de la ciudad de Viedma, por una parte y el/la señor/a Ruiz Ana María DNI. N 24.169.743, con domicilio en Río Ñirihuau 1856, Bº Los Fresnos, de la ciudad de Viedma, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará servicios bajo relación de dependencia en el Programa Familiar, de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Social del Ministerio de Familia, en la localidad de Viedma, desempeñándose como Profesional, con un régimen de seis 6 horas diarias y un total de treinta 30 horas semanales.SEGUNDA: La retribución a favor de EL CONTRATADO, será equivalente al básico de una Categoría 09, Agrupamiento Profesional, de la Ley L N 1.844, de acuerdo a los montos establecidos para el Régimen Retributivo Transitorio con los adicionales, bonificaciones y asignaciones familiares que pudieran corresponderle.-

Viedma, Abril de 2009.-

TERCERA: La vigencia del contrato regirá a partir de la fecha de aprobación del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2009.CUARTA: La retribución de EL CONTRATADO estará sujeta a los descuentos de Ley correspondientes.QUINTA: EL CONTRATADO quedará sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarías y métodos de trabajos que establezca el Contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, ni a la carrera Administrativa que establecen las normas legales vigentes para los empleados públicos provinciales.
SEXTA: Cada una de las partes, podrán rescindir el presente Contrato, dando aviso fehaciente de la finalización del mismo con treinta 30 días consecutivos de anticipación, sin que esto implique para el Ministerio de Familia reconocimiento de indemnización alguna.SÉPTIMA: EL CONTRATADO pondrá en conocimiento del Ministerio de Familia, de toda ocupación, empleo actividad profesional que haya ejercido o ejerza aún en caso de encontrarse en uso de licencia de cualquier tipo o percepción de jubilación, pensión o retiro por parte del Estado Nacional, Municipal, Empresas del Estado y/u Organismos Descentralizados.OCTAVA: Para todos los efectos judiciales emergentes en este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados up-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la provincia de Río Negro con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad se firman tres 03 ejemplares de un mismo tenor y a una solo efecto, quedando el original en poder de la Secretaría de Familia, el duplicado para el Contratado y el triplicado para ser agregado al Expediente N
055.222- DRHYC-09, en la ciudad de Viedma capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de 2009.oOo DECRETO Nº 178
Viedma, 15 de abril de 2009.
Visto: el Expediente N 115.485-G-2006, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios, con la Srta. Rocío de las Nieves Hernández D.N.I. N 30.391.667 - Cuil N 2730391667-4, para desempeñar funciones en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Comallo, Jurisdicción N 71
Programa N 17.00.00.05;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la Srta. Rocío de las Nieves Hernández, fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley L N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Ley H N
2881 y Ley H N 4299;
Que la aptitud psicofísica del postulante, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, el día 19 de septiembre de 2008, de acuerdo a fotocopias certificadas obrantes a fojas 42 y 43;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N 02319-08;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Sr. Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Dr. Alcides Pinazo DNI. N 4.537.008 y la Srta. Rocío de las Nieves Hernández D.N.I. N 30.391.667 - Cuil N 27-30391667-4, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2009, para cumplir tareas administrativas en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Comallo, el que como Anexo forma parte integrante, del presente Decreto.Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo, de la Ley L N
1844.Art. 3.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., impútese la suma total de pesos veinticinco mil setecientos cuarenta y seis con sesenta y dos centavos $ 25.746,62, a la Jurisdicción N 71 - Programa N 17.00.00.05.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date30/04/2009

Page count102

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Last issue25/07/2024

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