Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/06/2007
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro
Viedma, 11 de Junio del 2007
Nº 4523
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,80
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVIII
EDICION DE 36 PAGINAS
SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 36
LEY
LEY Nº 4194
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Objeto: Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación las parcelas designadas catastralmente: 04-1-C-C10-01, Parcela A Superficie:
10 ha 93 a 25 ca y 04-1-B-B10-01, Parcela B Superficie:
3 ha 72 a 70 ca ubicadas en la ciudad de Allen, todo ello de acuerdo al croquis de localización y planos que forman parte del anexo 1 de la Ordenanza n 079/06 del Concejo Deliberante de la ciudad de Allen y de la presente.
Artículo 2.- Destino: Las tierras identificadas en el artículo anterior serán subdivididas en parcelas mediante la mensura de fraccionamiento correspondiente y destinadas a satisfacer las necesidades sociales de acceso a la vivienda a familias carentes de recursos, priorizando la adjudicación de las mismas a sus actuales ocupantes.
Artículo 3.- Sujeto expropiante: Será sujeto expropiante la Municipalidad de la ciudad de Allen, a cuyo cargo estarán todos los gastos que demande la presente.
Artículo 4.- Régimen: La expropiación de la que trata, esta ley, se realizará en la forma prevista por el Régimen General de Expropiaciones de la provincia ley n 1.115 y de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Deliberante de la ciudad de Allen en la Ordenanza Municipal n 079/06 C.D.
Artículo 5.- De forma.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los quince días del mes de marzo del año dos mil siete.
Leg. Jorge Raúl Pascual, Vicepresidente 1º a/c de la Presidencia.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.
Viedma, 22 de mayo del 2007.
Se promulga de conformidad al Artículo 144º de la Constitución Provincial.
Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil ciento noventa y cuatro 4194.
Dr. Fabio R. R. Rey, Secretario Legal, Técnico y Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.