Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/06/2007

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 7 de Junio del 2007

Nº 4522

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,80
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVIII
EDICION DE 50 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 50

Que las categorías consignadas en el Anexo I del presente Decreto, corresponden a las categorías en las que fueran reubicados cada agente de acuerdo a lo previsto en el Art. 5 del Decreto de Naturaleza Legislativa N 14/04 Ley Nº 3.959;
Que en el Anexo II del presente Decreto se detallan los Agentes que serán DECRETO Nº 483
incorporados a Planta Permanente reubicados al 31 de Diciembre de 2.006;
Viedma, 02 de mayo de 2007.Que el presente se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 3.966 y Visto, el Expte. N 106.181-S-05, los agregados por cuerda floja N 48.211-S-06, el Artículo 36 del Anexo II del Decreto N 1.640/05;
N 51.764-S-06, N 51.765-S-06, N 51.766-S-06, N 51.767-S-06, 51.769-S-06, del registro Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría del Ministerio de Salud, la Ley N 3.966, el Decreto Reglamentario N 1.640/05, y;
Legal de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, CONSIDERANDO:
Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de la del Estado, y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01108-07;
Administración Pública Provincial del personal temporario ingresado con anterioridad Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el al 30 de Noviembre de 2.003 y que presta servicios en el Hospital Area Programa Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
General Roca, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1 de la Ley N 3.966;
Por ello:
Que asimismo, la citada Ley fija las condiciones que debe reunir el personal El Gobernador de la Provincia de Río Negro temporario con vistas a su ingreso a la Planta Permanente de la Administración D E C R E T A:
Pública Provincial;
Artículo 1.- Reubicar a partir de las fechas y en las categorías que en cada Que el Decreto N 1.640/05 reglamenta los recaudos a cumplimentar para tornar caso se indica, al personal que figura en el Anexo I, que forma parte integrante del operativa la Ley;
presente Decreto.
Que los agentes que se detallan en el Anexo II del presente Decreto, han Art. 2.- Incorporar a partir de la fecha del presente Decreto a la Planta Permanente aprobado el examen previsto por la Resolución N 3.515/06 MS de llamado a de la Administración Pública Provincial a los Agentes con funciones en el Hospital proceso de evaluación, para determinar la idoneidad de los postulantes, en el Area Programa General Roca y que figuran en el Anexo II, que forma parte integrante marco del Artículo 13 del Anexo II del Decreto Reglamentario N 1.640/05;
del presente Decreto, en los Agrupamientos y Categorías que en cada caso se indica, Que los mismos reúnen todos los requisitos y condiciones exigidos por la Ley de acuerdo a lo normado por la Ley N 3.966 y su Decreto Reglamentario N 1.640/05.N 3.966;
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Familia, Que el Artículo 6 de la Ley N 3.966 y el Decreto Reglamentario N 1.640/05, a cargo del Despacho del Mtrio de Salud y de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.determinan que el Ingreso de los Agentes se realizará por la categoría mínima del Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y agrupamiento en el que cumplen efectivamente funciones, tomando en cuenta lo archivar.
previsto en el Artículo 5 del Decreto de Naturaleza Legislativa N 14/04 Ley N
3.959;
SAIZ.- A. D. Pega a/c Ministerio de Salud.- P. F. Verani.
ANEXO I AL DECRETO N 483
ORGANISMO: MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL AREA PROGRAMA: GENERAL ROCA

DECRETOS

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/06/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date07/06/2007

Page count50

Edition count1919

First edition03/01/2002

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2007>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930