Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/12/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Noviembre del 2006
DECRETO Nº 1406
Viedma, 13 de Octubre de 2006.Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado la Prórroga del Convenio entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria de la Señora Ana María FURTADO
agente del Poder Ejecutivo Agencia Río Negro Cultura - dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo Decreto N 105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar la Prórroga del Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo Provincial y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria de la Señora Ana María FURTADO D.N.I.
N 10.410.327 agente del Poder Ejecutivo Agencia Río Negro Cultura - dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98.Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 14 días del mes de febrero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 27 de Abril de 2005 con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1098/97 LRN, respecto de la Señora Ana María FURTADO DNI N 10.410.327, agente Planta Permanente Ley 1844 - Categoría 8 -Agrupamiento Administrativo, en la Subsecretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a fin de ser transferida temporariamente al Poder Legislativo, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente:
SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa a partir del 1 de Enero de 2006 y hasta el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo de las partes:

BOLETIN OFICIAL N 4468
TERCERA: El agente Ana María FURTADO, durante el período indicado precedentemente, prestará funciones en el Bloque de Legisladores ALIANZA
CONCERTACIÓN PARA EL DESARROLLO, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en el marco de la Ley 1844 y en la Ley 838:
CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Francisco Javier GONZALEZ, en su carácter de Secretario General de la Secretaría General de la Gobernación, de la provincia de Río Negro:
QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Ana María FURTADO:
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 1407
Viedma, 13 de Octubre de 2006.Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado la Prórroga del Convenio entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria del Señor Daniel Enrique BEREAU
agente del Poder Ejecutivo Secretaría de Medios de Comunicación - dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo Decreto N 105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar la Prórroga del Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del Sr.
Daniel Enrique BEREAU D.N.I. N 14.245.842 agente del Poder Ejecutivo Secretaría de Medios de Comunicación - dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98:
Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 17 días del mes de febrero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA

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LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO INDIVIDUAL, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 25 de Febrero de 2005 con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1098/97 LRN, respecto del Sr. Daniel Enrique BEREAU DNI N 14.245.842, agente de la Secretaria de Medios de Comunicación, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a fin de ser transferido temporariamente al Poder Legislativo, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa a partir del 1 de enero de 2006, por lo que su vencimiento operará automáticamente el 31 de diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente Daniel Enrique BEREAU, durante el período indicado precedentemente, prestará funciones en el Bloque de Legisladores del Partido Provincial Rionegrino, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en el marco de la Ley N 3487 y en la Ley N 838:
CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Francisco Javier GONZALEZ, en su carácter de Secretario General de la Secretaría General de la Gobernación, de la provincia de Río Negro.
QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Daniel Enrique BEREAU.En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 1408
Viedma, 13 de Octubre de 2006.Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado la Prórroga del Convenio entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria del Señor Raúl Manuel ARISMENDI agente del Poder Legislativo al Mercado Artesanal, dependiente del Ministerio de Familia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo Decreto N
105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar la Prórroga del Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del Señor Raúl Manuel ARISMENDI D.NA N 21.389.279 agente del Poder Legislativo, al Mercado Artesanal, dependiente del Ministerio de Familia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98.Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino, no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Familia.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/12/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/12/2006

Page count38

Edition count1917

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