Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/10/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 13 de Octubre del 2005
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General Extraordinaria que trató dicha reforma se realizó con fecha 13 de diciembre de 2003 y aprobada por Resolución 98/2004, ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827/04 y reglamentarios.
Por ello, La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, la reforma de los Arts. 19 y 20 del Estatuto Social de la asociación civil denominada Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Río Negro, con domicilio en General Roca, Departamento del mismo nombre, de esta Provincia, en la forma de foja catorce 14 del expediente aludido.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 629
Viedma, 4 de octubre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 3874-IGPJ-2005, mediante el cual la asociación civil denominada Colegio Médico de General Roca, con personería otorgada por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 170, de fecha 25 de febrero de 1970, solicita la aprobación del nuevo texto del Estatuto Social; y CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General Extraordinaria que trató el nuevo texto del Estatuto Social se realizó con fecha 26 de abril del 2004 ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827/04 y reglamentarios.
Por ello, La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, el nuevo texto del Estatuto Social de la asociación civil denominada Colegio Médico de General Roca, con domicilio en General Roca, Departamento del mismo nombre de esta Provincia, tratado y aprobado en asamblea de fecha 26 de abril del 2004.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 632
Viedma, 4 de octubre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 4204-IGPJ-2005, mediante el cual la fundación denominada Fundación Principito, solicita la concesión de la personería jurídica;
y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por las Leyes Nº 19836, Nº 3.827/04 y su Decreto Reglamentario, y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Por ello.
La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada Fundación Principito, constituida y con domicilio en San Carlos de Bariloche, Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 2 de diciembre de 2004, y apruébase su estatuto social obrante de foja siete vuelta 7 vta. a doce 12 y de catorce 14 a catorce vuelta 14 vta. del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Noventa y Cuatro Nº 2.094.

BOLETIN OFICIAL N 4350
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 633
Viedma, 4 de octubre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 4287-IGPJ-2005, mediante el cual la fundación denominada Fundación Pro Desarrollo Patagonia, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por las Leyes Nº 19836, Nº 3.827/04 y su Decreto Reglamentario, y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Por ello.
La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada Fundación Pro Desarrollo Patagonia, constituida y con domicilio en Cipolletti, Departamento General Roca, de esta Provincia, el día 30 de mayo del 2005 y apruébase su estatuto social obrante de fojas siete 7 a quince 15 y de veintiséis 26 a veintisiete 27 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Noventa y Cinco Nº 2.095.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 634
Viedma, 4 de octubre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 4335-IGPJ-2005, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil de Ayuda a Niños, Abuelos y Escuelas Rurales de Río Negro y Neuquén, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827/04
y su Decreto Reglamentario, y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Por ello.
La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada Asociación Civil de Ayuda a Niños, Abuelos y Escuelas Rurales de Río Negro y Neuquén, constituida y con domicilio en Cipolletti, Departamento General Roca, de esta Provincia, el día 11 de setiembre de 2004, y apruébase su estatuto social obrante de foja cinco 5 a trece 13 y veintiséis 26 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Noventa y Cuatro Nº 2.094.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 635
Viedma, 5 de octubre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 4359-IGPJ-2005, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación de Lucha Contra el Cáncer, solicita la concesión de la personería jurídica; y
3 CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827/04 y su Decreto Reglamentario, y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Por ello.
La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada Asociación de Lucha Contra el Cáncer, constituida y con domicilio en Villa Regina, Departamento General Roca, de esta Provincia, el día 11 de julio del 2005, y apruébase su Estatuto Social obrante de foja seis 6 a ocho vuelta 8 vta. y diecinueve 19 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Noventa y Seis Nº 2.096.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 644
Viedma, 6 de octubre del 2005.
Visto, la Resolución Nº 618 de fecha 29 de setiembre del 2005, mediante la cual se declara eficaz asamblea y reformas al estatuto social de la asociación civil denominada Club Atlético Social y Deportivo Darwin;
y CONSIDERANDO:
Que en dicha resolución se menciona por error involuntario asamblea extraordinaria, correspondiendo Ordinaria, conforme convocatoria autorizada.
Por ello, La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Déjase sin efecto la Resolución Nº 618, de fecha 29 de setiembre del 2005.
Art. 2º - Declarar Eficaz, a los efectos administrativos, la asamblea general ordinaria de fecha 4 de julio del 2003 y la reforma del Art. 30 del estatuto social de la asociación civil denominada Club Atlético Social y Deportivo Darwin, con domicilio en Darwin, Departamento Avellaneda, de esta Provincia, en la forma de foja treinta y cuatro 34 a treinta y seis 36
del expediente aludido.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL
DE AGUAS
Resolución Nº 1465
Viedma, 26 de setiembre del 2005.
Visto, el Expte. Nº 130615-DRSS-05, del registro de este Organismo, y CONSIDERANDO:
Que la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Lamarque Ltda. como concesionaria del servicio público de provisión de agua potable se encuentra bajo el control y regulación del Departamento Provincial de Aguas, conforme lo preceptuado por las Leyes Nros. 3183 y 3185;
Que el 28 de octubre de 2001 la citada Cooperativa dio inicio a la obra del Plan Director de Desages Cloacales de la citada localidad con la colaboración del Departamento y contando con el financiamiento a través del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/10/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date12/10/2005

Page count16

Edition count1920

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Last issue15/07/2024

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