Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2011 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 20 de Mayo sde 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLVI - Nº 95
CORDOBA, R.A., VIERNES 20 DE MAYO DE 2011

OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J, P. Demócrata Cristiano, P. Acc. Popular, U.Ce.De, P.A.I.S, Mov. Nuevo País y P. Acc. Por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL Y COMUNAL
para el día 10/07/2011" Expte. L 11/2011.
LAS CALLES - Dpto. San Alberto - Y OTROS AUTO NUMERO: DOSCIENTOS TRECE - Córdoba, diecisiete de mayo de dos mil once.- Y
VISTOS: Estos autos caratulados LAS CALLES - Dpto. San Alberto - Y OTROS - Alianza UNIÓN
POR CÓRDOBA P.J, P. Demócrata Cristiano, P. Acc. Popular, U.Ce.De, P.A.I.S, Mov. Nuevo País y P. Acc. Por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL
MUNICIPAL Y COMUNAL para el día 10/07/2011" Expte. L 11/2011. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparece ante este Juzgado Electoral el Dr. Domingo A. Carbonetti h, apoderado del Partido Justicialista y solicita se inscriba y reconozca a la Alianza UNIÓN POR CORDOBA", formalizada entre el partido Justicialista y las agrupaciones Partido Demócrata Cristiano, Partido Acción Popular, Unión del Centro Democrático, Movimiento Nuevo País, Política Abierta para la Integridad Social P.A.I.S, Partido Acción por la República, para las elecciones municipales y comunales a llevarse a cabo en distintas localidades de la Provincia de Córdoba el próximo 10 de julio del corriente año. Que a fs. 28/29 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, los nombres de las personas responsables tanto económico financiero como político de campaña, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas. Y CONSIDERANDO: I. Que los firmantes del Acta Constitutiva de la Alianza "Unión por Córdoba" son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 concordante con el art.
2 inc. 8 de la Ley N 8643, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales.
Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: el Acta Constitutiva de la Alianza fs. 02/04; Plataforma Electoral fs. 02 vta/03u1; Planilla Anexa con los designados como apoderados, responsables políticos de campaña y responsables económicos financieros fs. 04; Acta Nº 7 de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del "Partido Justicialista" fs. 05/06;
Acta Nº 184 de la Convención Provincial del "Partido Acción Popular" fs. 07/08; Acta de fecha once de mayo del cte. de la Asamblea Provincial del Partido "Acción por la República" fs. 10; Acta Nº 28 del Comité Central fs.11 y Acta Nº 160 de la Convención Provincial del Partido "Unión del Centro Democrático" que delega las facultades de realizar alianzas al Comité Central obrantes en autos caratulados "LAS ACEQUIASDpto. Río Cuartoy OTROS - Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA
- FRENTE PARA LA VICTORIA P.J., P. de la Victoria, P. Demócrata Cristiano, Mov. de Acc. Vecinal, P. Acc. Popular, U.Ce.De., P. Acc. para el Cambio, P. Humanista, P. Frente Grande S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL y COMUNAL para el día 26/6/2011"
Expte. "L" 07/11 fs. 23/24; Actas de fecha veintinueve de abril del dos mil once fs. 13/14 y del dieciséis de mayo del dos mil once fs. 27 de la Junta Provincial del "Partido Demócrata Cristiano";
Acta Nº 53 del Congreso Provincial del partido "Política Abierta para la Integridad Social - P.A.I.S"
obrante en autos caratulados "OLIVARES DE SAN NICOLÁS - Dpto. Ischilín - y OTROS - Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J, P. Demócrata Cristiano, P. Acción Popular, U.Ce.De, P.A.I.S, Mov.
Nuevo País y P. Acción por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA
ELECTORAL MUNICIPAL Y COMUNAL para el día 03/07/2011" Expte. "O" 05/11 fs. 16/17; Acta Nº 8 del Congreso Provincial del Partido "Movimiento Nuevo País" obrante en autos caratulados "OLIVARES DE SAN NICOLÁS - Dpto. Ischilín - y OTROS - Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J, P. Demócrata Cristiano, P. Acción Popular, U.Ce.De, P.A.I.S, Mov. Nuevo País y P. Acción por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL Y
COMUNAL para el día 03/07/2011" Expte. "O" 05/11 fs. 19.- III. Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01 de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital
Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C 12/03. Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR
CÓRDOBA" para las elecciones del día 10 de julio del corriente año en las localidades de Las Calles Dpto. San Alberto; Ambul Dpto. San Alberto, Berrotaran Dpto. Río Cuarto, Rafael
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar García Dpto. Santa María y Colonia Vignaud Dpto. San Justo; integrada por los Partidos Partido Justicialista, "Partido Demócrata Cristiano", Acción Popular, "Unión del Centro Democrático", "Movimiento Nuevo País", "Política Abierta para la Integridad Social", "Partido Acción por la República"
asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintinueve A529 del correspondiente Registro. Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero de Las Calles los Sres. Juan Lorenzo GAYNOR, Juan Lorenzo GAYNOR
y Mauro Eduardo OVIEDO respectivamente; de Ambul los Sres. Miguel Ángel BENEGAS, Miguel Ángel BENEGAS y Raúl Alejandro CUELLO respectivamente, de Berrotaran los Sres. Jorge Eduardo CHIALVETTO, Jorge Eduardo CHIALVETTO y Jorge José BATTAGLIA respectivamente; de Rafael García los Sres. Juan Franco GOMEZ, Juan Franco GOMEZ y Edgar Alberto MAIQUE
respectivamente y de Colonia Vignaud los Sres. José María PRATO, José María PRATO y Eladio Antonio POSSETTO respectivamente. II. Protocolícese, Notifíquese y Publíquese.- Fdo: Marta Elena Vidal, Juez Electoral Provincial. Ante mi: Alejandro J. Villada, Secretario Electoral.
N 11945 - s/c.Alianza FRENTE PARA LA VICTORIA
P. De la Victoria; P. Frente Grande y Acc. Para el Cambio S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 10/
07/2011" Expte. "B" 04/11
BERROTARÁN - Dpto. Río Cuarto AUTO NÚMERO: DOSCIENTOS ONCE - Córdoba, diecisiete de mayo de dos mil once.Y
VISTOS: Estos autos caratulados "BERROTARÁN - Dpto. Río Cuarto - Alianza FRENTE PARA LA
VICTORIA P. De la Victoria; P. Frente Grande y Acc. Para el Cambio S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 10/07/2011" Expte. "B" 04/11. DE
LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparecen ante este Juzgado Electoral los Sres. Ignacio Basélica apoderado del Partido de la Victoria", David Antonio Domínguez apoderado del "Partido Frente Grande" y Marcelo Gabriel Urreta apoderado del partido "Acción Para El Cambio" solicitan se inscriba y reconozca a la Alianza FRENTE PARA LA VICTORIA", formalizada entre los partidos mencionados, para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Berrotarán Dpto. Río Cuarto el próximo 10 de julio del corriente año. Que a fs. 11/12 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas; la designación como responsable político de campaña al Sr. José Ángel Storello M.I. 06.654.987 y como responsable económico financiero al Sr. Pablo Rodríguez M.I. 20.630.658. Y CONSIDERANDO: I.- Que los peticionantes son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II.- Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643 y el art. 11 inc. "a" de la Ley 9840, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva de la Alianza en donde consta la designación como responsable político de campaña al Sr. José Ángel Storello M.I. 06.654.987 y como responsable económico financiero al Sr. Pablo Rodríguez M.I. 20.630.658 fs. 02/03u1; Plataforma Electoral Común fs. u2070702;u3 Acta Nº 14 de fecha 10/05/2011 de la Mesa Provincial del Partido de la Victoria por la cual se aprueba la conformación de la presente alianza fs. 04; Actas de la Asamblea Provincial del Partido Frente Grande de fechas 19/03/2011 y 02/04/2011 por las que se delega facultad a la Mesa Provincial de dicho partido para celebrar alianzas electorales fs.05/07u4; Acta de la Mesa Provincial del Partido Frente Grande de fecha 06/05/2011 por la cual se aprueba la conformación de la presente alianza fs.08u5; Acta de la Convención Provincial del Partido Acción Para El Cambio de fecha 10/05/2011 por la que se aprueba la conformación de la presente alianza fs. 10. III.- Que a fs. 03
se designan apoderados comunes de la alianza a los señores Ignacio Basélica, David Antonio Domínguez y Marcelo Gabriel Urreta.- IV.- Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01
de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C 12/03.
Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I.Reconocer como Alianza Electoral MUNICIPAL para las próximas elecciones municipales a llevarse

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2011 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date20/05/2011

Page count3

Edition count4020

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Last issue29/07/2024

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