Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/10/2013 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CÓRDOBA, 30 de octubre de 2013

B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXXV - Nº 189

productores agropecuarios. Instalar bocas de expendio propios para venta al público. Comercializar, comprar, vender, elaborar, depositar, importar, exportar, industrializar, distribuir alimentos, productos y subproductos derivados de la carne, ya sea bovina, porcina, avícola, equina, pesquera, como también los productos relativos a su industria frigorífica, la explotación de la actividad agrícola ganadera y forestal en general, y la industrialización de sus productos. Realizar la explotación comercial de la rama gastronómica y productos vinculados con la alimentación: la importación y exportación de elementos relacionados a la actividad enunciada. b Financieras y de Inversión: Mediante el aporte y la inversión de capitales en empresas o sociedades constituidas o a constituirse; la participación en otras sociedades por acciones y la adquisición, enajenación o transferencia y administración en su provecho o de terceros, de títulos, acciones, debentures, facturas, remitos y valores mobiliarios en general, nacionales y extranjeros, títulos, bonos y papeles de crédito de cualquier tipo o modalidad, creados o a crearse; toma y otorgamiento de toda clase de créditos, con o sin garantía real; emisión de debentures, obligaciones negociables, papeles de comercio y bonos; otorgamiento de avales y garantías; todo ello con exclusión de las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras o que requieran el concurso del ahorro público. A tales efectos tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Podrá asimismo en los términos del objeto enunciado, celebrar contratos con el estado nacional, provincial o municipalidades, entes públicos y/o privados y efectuar todos los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de aquel, operar con toda clase de bancos públicos o privados, nacionales o extranjeros. A tal fin podrá también constituir fideicomisos y actuar en calidad de fiduciaria, inclusive en fideicomisos financieros previa autorización de la Comisión Nacional de Valores. Capital: El capital es de pesos cien mil $ 100.000, representado por mil acciones ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a 1 voto por acción de valor nominal de pesos cien $
100 cada una, que se suscriben de acuerdo al siguiente detalle:
Juan Manuel Martinez suscribe quinientas 500 acciones ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a 1 voto por acción de valor nominal de pesos cien $ 100 cada una, lo que representa pesos cincuenta mil $ 50.000; Juliana Cabalen suscribe quinientas 500 acciones ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a 1 voto por acción de valor nominal de pesos cien $ 100 cada una, lo que representa pesos cincuenta mil $ 50.000.Administración:
La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros titulares que fije la asamblea ordinaria entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cuatro 4, con mandato por 3 tres ejercicios; podrá designarse igual o mayor número de suplentes por el mismo término para llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección, lo que será obligatorio si se prescinde de la sindicatura. Todos podrán ser reelectos indefinidamente. Cuando el número lo permita, la asamblea asignara los cargos de presidente y vicepresidente, éste remplaza a aquél en caso de ausencia o impedimento. Designación de Autoridades: Se designa para integrar el Directorio como Presidente al Señor Juan Manuel Martinez dni nº 27.671.049 y como Director Suplente a la Sra.
Juliana Cabalen, DNI Nº. 29.255.537. Representación Legal y el uso de la firma social: El Directorio tiene las más amplias facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, incluidas aquellas para las cuales se requieren poderes especiales según el Art. 1881 del Código Civil en lo aplicable y el art. 9 del Dcto. 5965/63 pudiendo realizar toda clase de actos vinculados con el objeto social y que coadyuven a su consecución, entre ellos establecer agencias, sucursales u otras especies de representaciones dentro o fuera del País, operar con todos los bancos e instituciones de crédito oficiales o privadas, otorgar poderes judiciales o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue convenientes. La representación legal y el uso de la firma social estarán a cargo del presidente. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad en caso de corresponder estará a cargo de un síndico titular y un suplente con mandato por un ejercicio, siendo reelegibles indefinidamente; deberán reunir las condiciones y tendrán los derechos y obligaciones establecidos en la ley societaria sociedad. Mientras la sociedad no esté incluida en el Art.299 de la ley 19550, podrá prescindirse de la sindicatura, lo que resolverá la asamblea ordinaria en cada caso, adquiriendo los socios los derechos acordados por el Art. 55 de la misma ley. Según acta constitutiva, se prescinde de la
sindicatura. El ejercicio Social cierra el 31/12 de cada año.
Córdoba 25 de Octubre de 2013.
N 26914 - $ 759
ALCATERRA S.A.
Constitución de Sociedad 1 Instrumentos: Acta constitutiva de fecha 02/12/2011. Acta Rectificativa Ratificativa de fecha 09/05/2012. 2 Socios:
Guillermo Enrique Alonzo, D.N.I. 16.488.484, de nacionalidad argentino, de 48 años de edad, casado en primeras nupcias con la Sra. Daniela Alejandra Oviedo, D.N.I. 17.289.564, de profesión contador, y domiciliado en calle Costanera Kennedy N 43 de la ciudad de Río Ceballos, de esta Provincia de Córdoba;
y la Sra. Karen Angélica Elizalde, D.N.I. 17.657.381, de nacionalidad argentina, de 45 años de edad, casada en primeras nupcias con el Sr. Horacio René Cáceres, D.N.I. 16.488.490, de profesión abogada, y con domicilio en Avda. Fernando Fader N 3450, Torre Spilimbergo, 1 piso, Depto. B, de esta ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.3 Denominación: ALCATERRA
S.A.4 Sede y Domicilio: Avda. San Martín 4920, Río Ceballos, Provincia de Córdoba. 5 Plazo: 99 años contados desde la inscripción del estatuto social en el RPC. 6 Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, a la compra, venta, permuta, explotación, arrendamiento y/o administración de bienes inmuebles urbanos o rurales, efectuar urbanizaciones, loteos y fraccionamientos sujetos al cumplimiento de toda la normativa aplicable, sea nacional, provincial o municipal, realizar toda clase de mejoras de inmuebles propios o de terceros, quedando al efecto habilitada para realizar construcciones de todo tipo, pudiendo en definitiva realizar las operaciones e inversiones que sobre inmuebles autoricen las leyes y reglamentaciones vigentes al momento de su realización, incluso las comprendidas en las leyes de propiedad horizontal y de pre-horizontalidad, y operatorias llamadas cesiones o ventas de tiempos compartidos, u organización y administración de clubes de campo o Country Club, sujeto al estricto cumplimiento de toda la reglamentación que sea aplicable. Podrá constituir o actuar como fiduciante, fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria en el marco de la Ley N 24.441, concordantes y correlativas. A
tal fin, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este Estatuto Social. 7 Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos Doscientos Diecisiete Mil Cuatrocientos $217,400.00, dividido en DOS
MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ACCIONES 2174
ordinarias Clase B, nominativas no endosables, de pesos CIEN
$100 valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital se suscribe del siguiente modo: El Sr.
GUILLERMO ENRIQUE ALONZO suscribe la cantidad de MIL OCHENTA Y SIETE 1087 acciones ordinarias Clase B
de $100 valor nominal cada una, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción; y la Sra. KAREN
ANGÉLICA ELIZALDE suscribe la cantidad de MIL
OCHENTA Y SIETE 1087 acciones ordinarias Clase B de $100 valor nominal cada una, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. El capital social suscripto por los socios se integra parcialmente en especie, y parcialmente en dinero, conforme al siguiente detalle: i la integración en especie se efectúa con el aporte a ALCATERRA S.A. del inmueble que adquiriesen los señores socios en condominio, por partes iguales y para la sociedad ALCATERRA S.A., según consta en la Escritura Pública de venta de fecha 18 de Enero de 2011, otorgada por ante el Escribano Mario E. Moyano Centeno, Titular del Registro Número 200, pasada al Folio 32, Número Cuatro Sección A, manifestando los señores socios que el inmueble aportado lo es por el valor de su base imponible, la cual asciende a pesos Doscientos Diecisiete Mil Doscientos Veinticuatro $217,224.00; y ii el saldo de la cifra capital, esto es la suma de CIENTO SETENTA Y SEIS $176, es totalmente integrada en este acto en efectivo y en partes iguales por los señores socios, integrando el Sr. Socio GUILLERMO ENRIQUE
ALONZO la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO $88, e integrando la Sra. Socia KAREN ANGÉLICA ELIZALDE la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO $88. 8
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno 01 y un
Tercera Sección
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máximo de tres 03, electo/s por el término de tres ejercicios.
La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los Directores en su primera reunión deberán designar un Presidente y un Vicepresidente, en su caso, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. Si la sociedad prescindiera de la Sindicatura, la elección de director suplente será obligatoria.
En caso de ser colegiado, el Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. El presidente tiene doble voto en caso de empate. La asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Artículo 261 de la Ley N 19.550. En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 256, Ley 19.550, los Directores deberán prestar la siguiente garantía: depositar en la Sociedad en efectivo, o en títulos públicos, o en acciones de otra/s sociedad/es en una cantidad equivalente a la suma de Pesos Mil Quinientos 1.500. Este importe podrá ser actualizado por Asamblea Ordinaria. El Directorio tiene las mas amplias facultades para administrar, disponer de los bienes, conforme al Artículo 1881 del Código Civil, excepto el inciso 6
º y las establecidas en el Artículo 9º del Decreto Nº 5965/63, pudiendo celebrar toda clase de actos, entre ellos: establecer agencias, sucursales y otra especie de representación, dentro o fuera del país; operar con todos los bancos e instituciones de crédito oficiales o privadas; otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente. 9 Designación de Autoridades: Se designó Presidente al Sr. Guillermo Enrique Alonzo, D.N.I. 16.488.484, de 48 años de edad, de estado civil casado, de nacionalidad argentino, de profesión contador, y domiciliado en calle Costanera Kennedy número 43, de la Ciudad de Río Ceballos, de esta Provincia de Córdoba; y como Director Suplente a la Sra. Karen Angélica Elizalde, D.N.I. 17.657.381, de 45 años de edad, de estado civil casada, de nacionalidad argentina, de profesión abogada, y con domicilio en Avda.
Fernando Fader 3450, Torre Spilimbergo, 1 Piso, Depto. B, de esta Ciudad de Córdoba. 10 Representación Legal y Uso de la Firma Social: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en su caso, por ausencia o impedimento del Presidente. Todo ello sin perjuicio de los poderes generales o especiales que puedan otorgarse por decisión del Directorio. Para el uso de la firma social y giros de las cuentas corrientes de la sociedad ante entidades financieras, se requerirá la firma del Presidente. Para facilitar el giro de las cuentas corrientes de la sociedad ante entidades financieras, podrán firmar conjuntamente el apoderado especialmente designado al efecto. 11 Fiscalización:
De conformidad a lo dispuesto por el art. 284 segundo párrafo de la Ley N 19.550, la sociedad prescinde de la sindicatura, por lo que la fiscalización y el contralor de la misma compete directamente a los señores socios, en los términos y con la extensión que les confiere el art. 55 de la Ley citada. 12 Ejercicio Social: El Ejercicio Social cierra el 31 de Diciembre de cada año.
A esa fecha se confeccionan los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia.
N 27006 - $ 1139,55
MATEMYHEC SOCIEDAD ANONIMA
Edicto Rectificatorio Se rectifica edicto N 19282 de fecha 15/08/2013, donde por error involuntario se consigno como fecha del Acta Ratifícativa y Rectificativa el 10/05/2013 cuando la fecha correcta del Acta Ratificativa y Rectificativa es el 17/05/213, dejando salvado así dicho error.
N 26963 - $ 42
SUDOSILO S.A.
TRATAMIENTOS TÉRMICOS e Ing. DE SUPERFICIES
Elección de Autoridades De acuerdo a lo resuelto por Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas de Sudosilo S.A. de fecha 06/08/2013 se procedió a la elección de autoridades y distribución de cargos, quedando el Directorio constituido de la siguiente manera: Presidente:
Raúl Eduardo Domínguez, DNI 12.245.947, Vicepresidente:
Agustín Domínguez, DNI 31.647.433; Directores Suplentes:
María Luz Domínguez, DNI 32.739.142 y Mariano Domínguez,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/10/2013 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date30/10/2013

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Edition count3968

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Last issue02/07/2024

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