Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/01/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 13
CORDOBA, R.A. JUEVES 18 DE ENERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

orden nacional, que podrán ser autorizados por resolución del ERSeP.
Como indicativo de la situación que se atraviesa, la Ley N 10.957, declara: la Emergencia del Sistema de Transporte Público Interurbano de Pasajeros , lo que indica lo que puedan significar variables como el precio del combustible entre otros.
Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley Nº 8835
Carta del Ciudadano se convocó a Audiencia Pública mediante Resolución General ERSeP Nº 148/2023, que por mayoría resolvió: Artículo 1:
CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 16 de enero de 2024, a las 10:00 hs., a desarrollarse en modalidad digital remota conforme se determina en el Anexo de la Presentea los fines del tratamiento del siguiente objeto: Procedimiento Especial para la determinación tarifaria de los servicios públicos bajo regulación y control del ERSeP: Aguas Cordobesas S.A., prestadoras de los servicios de Agua Potable y Desages Cloacales de la Provincia de Córdoba, Caminos de las Sierras S.A, prestadores de Transporte Interurbano de Pasajeros de la Provincia de Córdoba, Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC, y prestadores del servicio de Energía Eléctrica de la provincia de Córdoba; ello en los términos que se expresan en los considerandos.
Que la referida audiencia, se realizó mediante el uso de la plataforma virtual zoom, en el día y horario previsto, en un todo de acuerdo con las previsiones legales contenidas en el Reglamento General de Audiencias Públicas Web, aprobado por Resolución ERSeP Nº 60/2019, según la documental incorporada a saber: a Constancia de publicación en el boletín oficial de la convocatoria a Audiencia Pública orden N 4; b Constancias de difusión mediante avisos en diarios de circulación provincial y del interior orden N
5; c Solicitudes de inscripción de participantes expositores y oyentes orden N 68 y 72 respectivamente ; d Acta de Cierre de Audiencia Pública Orden N 74; e Informe elevado al Directorio en los términos del artículo 17 del citado reglamento dando cuenta del resultado de la misma orden 75; f Listado de participantes en calidad de oyentes y expositores; gTrascripción de todo lo actuado y de las manifestaciones vertidas.

Asimismo, obran incorporadas en autos notas presentadas por los prestadores, a saber: a nota de fecha 29 de diciembre de 2023 presentada por la prestadora Aguas Cordobesas S.A. bajo sticker N 210463211158823, b nota de fecha 20 de diciembre de 2023 presentada por EPEC con anterioridad al dictado de la Resolución de convocatoria a Audiencia Pública obrante en el orden N 10, c Nota de fecha 10 de enero de 2024 presentada por EPEC, con detalle de los puntos a plantear en la Audiencia Pública llevada a cabo con fecha 16 de enero de 2024 y d nota de fecha 20 de diciembre de 2023 presentada por FACE y FECESCOR con anterioridad al dictado de la Resolución de convocatoria a Audiencia Pública. Que del citado informe y de la desgrabación surge que se inscribieron a los fines de participar en la audiencia 13 participantes en calidad de expositores, y 38 en el carácter de oyentes conforme surge del listado de participantes incorporado en el expediente de tratamiento.
De ese total, hicieron sólo uso de la palabra en calidad de expositores 9 participantes a saber:
1 El Cr. Lucas González, responsable del Área de Costos y Tarifas del ERSeP, manifestó en su presentación: la última publicación del índice de inflación es Dic/23 y fue un 25,5%, con lo que la inflación ha
revisan los costos de las prestatarias, y su correspondiente reconocimiento en la Tarifa. Procedió a explicitar el procedimiento a aplicarse y señaló al respecto que el citado mecanismo: Es de carácter facultativo para las diferentes prestadoras de los servicios; 2 Efectuada la solicitud en el marco normativo de las distintas concesiones y marco normativos, se produce una sustanciación interna para que, finalmente, el Directorio del ERSeP
establezca la nueva tarifa. 3 La actualización tendrá como TOPE el Índice de Precios al Consumidor del Relevamiento de Expectativas de Mercado REM publicado por el BCRA, y/o el Índice de Precios al Consumidor IPC
restrospectivo para mayor previsibilidad de los usuarios. 4 Anualmente se llevará a cabo una Audiencia Pública tendientes a la revisión de los costos e índices reales de publicación oficial para todos los servicios objeto de regulación. Si aquellos fueren superiores a los índices del REM o IPC utilizados deberán tomarse estos como tope y deberá convocarse indefectiblemente a Audiencia Pública. 5 En todos los casos previstos legalmente de constitución obligatoria de Mesa de estudios tarifarios, el procedimiento se respetará. En aquellos casos en que no se encuentre expresamente prevista en la norma, la Mesa de se celebrará de manera previa a la respectiva revisión Anual. 6 Queda excluido del presente procedimiento lo referido al sistema de Pass-Through en los servicios donde el costo se establezca por fuera de la jurisdicción de la prestataria, modalidad que actualmente se aplica a la prestación del servicio de energía eléctrica 2 El Cr. Héctor Randanne en representación de Aguas Cordobesas S.A. quien articuló su presentación en 4 temas centrales a saber: 1 Antecedentes. 2 Quiebre del equilibrio económico financiero del contrato de concesión por alta inflación. 3 Detalle de las inquietudes generadas a raíz de la Resolución ERSeP N 148/2023. 4 Propuesta de esquema de actualización de emergencia elaborada por ACSA
3 La Sra. Elisa Isabel Sheggia, en representación de la Cooperativa Sudeste Ltda. quien efectuó su presentación manifestando el porcentaje global de ajuste requerido el que asciende a un 156,67%. Refirió, asimismo, que al coexistir el régimen medido y el catastral, la aplicación del reajuste por este método provocaría distintos resultados, en razón de lo cual solicita un incremento considerable 50% en el valor del m3 precio mayorista aplicable a las INDUSTRIAS. Propone además un aumento del 20%
del precio mayorista del m3 en las escalas del 0 al 10 y desde allí aumentar en forma escalonada en la categoría residencial en todos los zonales. Continuó sosteniendo que resulta necesario elevar el porcentaje del valor del servicio de cloacas en un 70% respecto al valor del agua.
4 También en representación de la Cooperativa Sudeste Ltda. expuso el Sr. Roberto Rodríguez manifestando la situación que atraviesa la Cooperativa por la actual situación económica por todos conocida. Refirió en detalle el incremento de los costos de productos químicos, energía eléctrica, materiales e insumos, combustibles y personal que hacen que la prestadora que representa se encuentra en situación de deuda, razón por la cual solicita el otorgamiento de un reajuste tarifario urgente a efectos de paliar la situación.
5 En este orden expuso en su calidad de Legislador Provincial
Dante Rossi quien primeramente refirió a la cuestión normativa en torno a los derechos de los usuarios en la ley 8835 carta del ciudadano para protegerlo en la asimetría entre ellos y las prestadoras de los servicios.
Para este caso en particular ha señalado la particular situación económica
superado el 210% anual siendo este el dato anual más alto desde 1990. La última publicación del REM es de Dic/23 y prevé una inflación del 252,5%
anual y un Tipo de cambio de $1.779,9 por dólar. Siguiendo esta línea señaló: En tal sentido, y a los fines de compatibilizar la sostenibilidad de los servicios públicos Regulados por este ERSEP, con la dinámica de ajustes y los tiempos lógicos de procesos administrativos, se propone este mecanismo más ágil para disminuir el plazo entre el momento en que se
que atraviesa el país y el impacto de esa crisis en Córdoba que hace que los precios y los aumentos de la inflación sean elevados y en ese contexto estimó que hay que incrementar y favorecer la participación para los ciudadanos respecto de los procedimientos de aumento de las tarifas. Dijo que hay que dar más participación, seguir con el mismo procedimiento, hacer un aumento de los costos que corresponda obviamente nadie está en contra que frente a la escalada inflacionaria se tengan que aumentar los
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/01/2024 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date18/01/2024

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Edition count4173

First edition01/02/2006

Last issue05/07/2024

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