Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLV - Nº 183
CORDOBA, R.A. MARTES 25 DE SETIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E LV E

ARTICULO 1 AUTORIZAR a la Empresa SADIC S.R.L, a sustituir el Fondo de Reparo retenido de la referida obra: CONSTRUCCION NUEVO
EDIFICIO PARA LA NUEVA LEGISLATURA PROVINCIAL, A EMPLAZARSE EN EL PREDIO UBICADO FRENTE AL CENTRO CIVICO DEL BICENTENARIO, GOBERNADOR JUAN B. BUSTOS, EN LA INTERSECCION
DE LAS CALLES ROSARIO DE SANTA FE AVDA. 24 DE SEPTIEMBRE
Y AVDA. COSTANERA DR. RAMON BAUTISTA MESTRE BARRIO GENERAL PAZ LOCALIDAD CORDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL
PROVINCIA DE CORDOBA, por Póliza de Seguro de Caución en Garantía de sustitución de Fondo de Reparo N 841.950 y Anexo 99 fs. 3/6, expedi-

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL TESORERÍA Y
CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N 29
Córdoba, 31 de julio de 2018
VISTO: El Expte.: 0045-016054/2012 en el que Elsa Graciela CHIAPPERO
DE MACCARI solicita: 1 el pago de actualización e intereses moratorios sobre el inmueble que individualiza adquirido por la Provincia mediante expropiación; 2 el reembolso del pago de Impuestos; 3 compensación por la pérdida económica por el no uso del inmueble, y 4 la entrega de la Escritura y el Plano de mensura del bien inmueble.
Y CONSIDERANDO
Que dicha petición lo es en relación al inmueble adquirido por la Provincia de Córdoba mediante Convenio de Avenimiento, aprobado por Decreto 1908/16.
Que dicho convenio obra en copia auténtica a fs. 36 y 37. En la Cláusula Segunda del citado convenio se pactó el precio con carácter de suma total, única y definitiva, y en la Cláusula Cuarta convino que el pago se efectivizaría una vez dictado el instrumento legal aceptando el avenimiento.
Que el convenio citado fue aceptado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto 1908/16 de fecha 29 de diciembre de 2016 copia auténtica a fs. 78
a 81.
Que, en relación al reclamo de intereses, según consta en fs. 97, el pago fue realizado mediante transferencia bancaria el día 30 de agosto de 2017
Que el Código Civil y Comercial de la Nación establece en su Art. 899
Inc. C, que si se extiende recibo por el pago de la prestación principal, sin los accesorios del crédito, y no se hace reserva, éstos quedan extinguidos.
Que, en el caso de autos, la reclamante cobró por Medio Electrónico de Pagos, recibiendo el pago en su cuenta bancaria. Ello implicó la falta de recibo escrito en el cual pudiera hacer reserva de intereses.
Que, por lo tanto, no se puede presumir su conformidad con el pago y su renuncia a la percepción de intereses.
Que, en consecuencia, se adeudan los intereses entre el momento pactado para el pago y su efectivización. En cuanto a la tasa a aplicar, será del 6% anual, conforme lo estipula el Decreto 9218/80.
Que, respecto a la actualización monetaria, no corresponde hacer luBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

da por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES $ 5.000.000.-, hasta cubrir dicho mongo y consecuentemente FACULTAR a División Certificaciones para proceder conforme lo dispuesto por el Ar. 107 del Decreto Nº 4758/77 debiéndose reservar en el Área que corresponda, el original de la Póliza aludida. ARTICULO 2: PROTOCOLICESE, Notifiquese, Publiquese en el Boletin Oficial , dese copia a División Certificaciones y previa intervención la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta A.C.I.F S.E.M PASE al Area de Inspecciones y Certificaciones a sus efectos.
FDO: DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA

gar a tal solicitud, toda vez que a partir del 01/04/1991 la Ley 23.928 y su Decreto Reglamentario 529/91 consagran la inadmisibilidad de toda actualización monetaria, indexación de precios, variación de costos o repotenciación de deudas, aun habiendo mora del deudor, derogando todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a ello art. 7.
Que, en relación al resto de las peticiones, es decir a la solicitud de reembolso de pagos de impuestos, compensación por la pérdida económica por el no uso de la propiedad expropiada y la solicitud de entrega de la Escritura y Plano de mensura, esta Tesorería no tiene competencia para entender en estas cuestiones, puesto que la misma se encuentra limitada a lo relativo a intereses moratorios, conforme a lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 7850.
Por ello, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 7850, con fundamento en el artículo 13 de la Ley 6394 y Decreto 1908/16, y atento al Informe 34/17 de la División Asuntos Legales y a la Nota de Pedido 2018/000040, EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:

I DISPONER el pago de intereses a favor de Elsa Graciela CHIAPPERO DE MACCARI sobre el monto abonado por la compra de inmueble por avenimiento según convenio aprobado por Decreto 1908/16 y, en consecuencia, ordenar el pago de la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS CON SETENTA Y UN CENTAVOS $ 771,71 en concepto de intereses sobre saldo de capital al momento del pago, calculados al 17 de Julio de 2018.
II IMPUTAR el egreso que demanda el cumplimiento de la presente Resolución a Jurisdicción 1.70 -Gastos Generales de la AdministraciónPrograma 712-000 / 5.99.00.00 del P.V.

III AUTORIZAR al Servicio Administrativo a reconocer y abonar las
diferencias que pudieren surgir hasta la fecha de efectivo pago.

IV PROTOCOLICESE, elévese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, hágase saber, dése copia y archívese.
FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO

ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2018 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/09/2018

Page count5

Edition count4191

First edition01/02/2006

Last issue01/08/2024

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