Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLV - Nº 168
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 5 DE SETIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Tributario Provincial, destacando que los cálculos oportunamente practicados se efectuaron con el archivo provisto por la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas, versión V3.

Que se ha incorporado en autos Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria Nº 1, suscripta entre el señor Director General de Obras de la Secretaría de Arquitectura y el Presidente de la Empresa INGENIAR
S.A. por la que se acuerda la Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos verificadas en el mes de febrero de 2018, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2018/000505, que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N 276/2018 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Nº 223/216 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, atento a que se ha verificado una variación en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al cinco por ciento 5% respecto a los valores contractuales vigentes.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que al darse el supuesto previsto en el artículo 18 del Decreto 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y contempladas las demás previsiones de dicha normativa para los cálculos efectuados, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evidenciado en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona, debiendo la Secretaría de Arquitectura solicitar oportunamente la integración de la garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que existe una modificación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, las previsiones del artículo 8º del Decreto Nº 30/2018, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N
276/2018 y en uso de sus atribuciones,
MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N 2158
Córdoba, 28 de Agosto de 2018.VISTO: El Decreto N 849/2005 B.O. 23-11-2005, la Resolución N
237/2005 del Ministerio de Finanzas B.O. 19-10-2005 y la nota de octubre de 2016 del Ministro de Gobierno en la que encarga a la Dirección General de Rentas devolver las diferencias cobradas como Multas de Tránsito en el marco de la Encomienda de Servicios de fecha 1 de octubre de 2009
para la cobranza de las Acreencias No Tributarias generadas a favor del Ministerio de Gobierno;
Y CONSIDERANDO: QUE por medio del Decreto mencionado se crea, el Fondo de Consolidación y Gestión de Recupero y Cobro de Acreencias BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nº 1 por las variaciones de costos verificadas en el mes de febrero de 2018 en el DESARROLLO DEL PROYECTO DE INGENIERÍA DE DETALLES DE ESTRUCTURA E INSTALACIÓN SANITARIA y la ejecución de la obra: AMPLIACIÓN Y REFUNCIONALIZACIÓN DEL ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA EX D2, UBICADO EN PASAJE
SANTA CATALINA Nº 66 BARRIO CENTRO LOCALIDAD DE CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL, por la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta y Dos Mil Trescientos Treinta y Nueve con Veinticuatro Centavos $ 432.339,24, suscripta con fecha 29 de mayo de 2018, entre el señor Director General de Obras de la Secretaría de Arquitectura, Ingeniero José Antonio MAIOCCO y el señor Presidente de la Empresa INGENIAR S.A., Ingeniero Alberto Moisés HAQUIM, contratista de la obra, que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta y Dos Mil Trescientos Treinta y Nueve con Veinticuatro Centavos $ 432.339,24, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2018/000505, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506011, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo la Empresa INGENIAR S.A., de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO

ANEXO

no Tributarias del Estado Provincial y se dispuso que todos los Organismos y Dependencias del Sector Público Provincial no Financiero deberán encomendar al Fondo la gestión de saneamiento, cobro y recupero de las Acreencias No Tributarias a favor del Estado Provincial.
QUE el Ministro de Finanzas, a través de la Resolución citada, designó responsable de dicho Fondo a la Dirección General de Rentas.
QUE el Ministro de Gobierno suscribió una Encomienda de Servicios de fecha 1º de octubre de 2009 para la cobranza de las Multas de Tránsito aplicadas por la Autoridad de Control y generadas a favor del Ministerio de Gobierno.

QUE a través de la Resolución N 31/2016, de fecha 07 de julio de 2016
de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, se reajustaron los valores de las Unidades Fijas dispuestas mediante resoluciones de dicha Dirección, entre enero de 2015 y mayo de 2016, a raíz de haberse detectado un error material entre los mencionados valores.
QUE a causa de dicho reajuste se han producido diferencias en las multas cobradas a través de la gestión de Dirección General de Rentas.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2018 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/09/2018

Page count8

Edition count4190

First edition01/02/2006

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