Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2016 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 118
CORDOBA, R.A., JUEVES 16 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

EL MINISTRO DE FINANZAS

el Fondo Permanente citado.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley N 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 9 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N 398/16,
Resolución N 201
Córdoba, 15 de Junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0716-000186/2016 por el que se propicia la ampliación del Fondo Permanente C SECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DEL EMPLEO de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, creado por Resolución N 020/16 de este Ministerio, y la ampliación del límite para cada pago.

Y CONSIDERANDO:

Que el programa Capacitación atendido con el Fondo Permanente cuya ampliación se propicia requiere agilizar el circuito de pagos del ciclo de programas de capacitación para toda la Provincia previsto para este año.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley N 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-

Resolución N 202

R E S U E LV E :
Artículo 1 AMPLIAR el Fondo Permanente B SECRETARÍA DE
EQUIDAD de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, hasta la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL $ 3.500.0000, con límite para cada pago hasta diez 10 veces el valor del índice 1 fijado por el artículo 11 de la Ley N 10155 del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con una 1 foja útil, Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modificación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a Contaduría General de la Provincia y al Servicio Administrativo de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO: http goo.gl/cjI5yL

rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 9 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N 400/16, EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :
Artículo 1 AMPLIAR el Fondo Permanente C SECRETARÍA DE
PROMOCIÓN DEL EMPLEO de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, hasta la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL
$ 2.500.0000, con límite para cada pago hasta diez 10 veces el valor del índice 1 fijado por el artículo 11 de la Ley N 10155 del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con una 1 foja útil, Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modificación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a Contaduría General de la Provincia y al Servicio Administrativo de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO: http goo.gl/OLhlco
Córdoba, 15 de Junio de 2016

nente cuya ampliación se propicia responde a la necesidad de créditos de necesidad inmediata que requieren agilidad en su otorgamiento.

VISTO:El Expediente Nº 0716-000444/2016 por el que se propicia la ampliación del Fondo Permanente D BANCO DE LA GENTE de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, creado por Resolución N
023/16 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el programa Banco de la Gente atendido con el Fondo Perma-

Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley N 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2016 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/06/2016

Page count9

Edition count4194

First edition01/02/2006

Last issue06/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2016>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930