Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/01/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 4 de Enero de 2016

1

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CIII - T OMO DCXIII - Nº 1

SECCIÓN

AÑO CIII - TOMO DCXIII - Nº 1
CORDOBA, R.A., LUNES 4 DE ENERO DE 2016

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

http boletinoficial.cba.gov.ar E-mail: boe@cba.gov.ar
PODER

DIRECCIÓN GENERAL DE

EJECUTIVO

RENTAS

Decreto N 1957

Resolución General N 2060

Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Córdoba, 17 de Diciembre de 2015

VISTO: El Decreto N 1791 del 10 de diciembre de 2015 por el que se aprueba la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal se dispuso la liquidación de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional, siendo la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo su continuadora.
Que en ese marco y atento el carácter de entidad autárquica con personalidad jurídica pública y capacidad de actuación en los ámbitos público y privado, corresponde en esta instancia designar al funcionario que lleve adelante el proceso de disolución y liquidación.
Que el Cr. Oscar Farieri reúne los requisitos necesarios de capacidad e idoneidad para el desarrollo de la función de liquidador.
Que asimismo será el Ministro de Finanzas será el encargado de designar los organismos a los que se le transmitirán los bienes de la Agencia que no hayan sido asignados a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- DESÍGNASE al Contador Oscar Alberto Farieri D.NI. N 13.370.716 liquidador "ad honorem" de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional.
Artículo 2.- El Ministerio de Finanzas designará el o los organismos y/o dependencias del Sector Público Provincial a los que se les trasmitirán los bienes inmuebles, muebles y demás activos y pasivos -en el caso de corresponderque no hayan sido asumidos y/o transferidos a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo y efectuará las adecuaciones presupuestarias y contables que la liquidación implique.
Artículo 3.- A los efectos de la disolución y liquidación de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional, serán de aplicación en todos aquellos aspectos no contemplados especialmente en la legislación provincial o que no resulten incompatibles con ella y con el carácter de entidad autárquica con capacidad jurídica de derecho público, las disposiciones de la Ley N 19.550.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo y por los señores
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

SECRETARIA

DE

ALEJANDRA VIGO
EQUIDAD Y PROMOCIÓN

DEL

EMPLEO

OSVALDO E. GIORDANO
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1975
Córdoba, 17 de Diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir del día diez de diciembre de dos mil quince a la señora Inés María ZINNY M.I. N
24.885.183, como Directora General de Coordinación de Salas Cunas, dependiente de la Secretaría de Equidad, de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2.- FACÚLTASE al Señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Córdoba, 29 de Diciembre de 2015.VISTO: El diseño del Formulario F-119 REV. 00 bajo sus tres modalidades IMPUESTO INMOBILIARIO - RÉGIMEN DE
LOTEOS, IMPUESTO INMOBILIARIO - GRUPOS
PARCELARIOS e IMPUESTO INMOBILIARIO - ADICIONAL
RURAL, Y CONSIDERANDO:
QUE mediante la Resolución General N 1865/2012 B.O. 2609-2012 se realizó el reordenamiento de los formularios utilizados por esta Dirección General.
QUE con la mencionada resolución se derogó el Formulario F276 IMPUESTO INMOBILIARIO - RÉGIMEN DE LOTEOS
utilizado para emitir la liquidación de deuda a vencer de los Regímenes de Loteo y Grupos Parcelarios, y del Impuesto Inmobiliario Adicional, según corresponda.
QUE resulta necesario aprobar el formulario descripto precedentemente con la nueva numeración conforme a la RECODIFICACIÓN DE LOS FORMULARIOS POR TIPO DE
TRIBUTO establecido en el Artículo 2º de la mencionada Resolución General.
QUE el Formulario mencionado se ajusta a los requerimientos del Sector operativo respectivo.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- APROBAR el diseño del Formulario F-119
REV. 00 bajo sus tres modalidades IMPUESTO INMOBILIARIO
- RÉGIMEN DE LOTEOS, IMPUESTO INMOBILIARIO GRUPOS PARCELARIOS E IMPUESTO INMOBILIARIO ADICIONAL RURAL, que se adjunta a la presente, el cual será utilizado para emitir la liquidación de deuda a vencer de los Regímenes de Loteo y Grupos Parcelarios, y del Impuesto Inmobiliario Adicional.
ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
ANEXO
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/01/2016 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date04/01/2016

Page count2

Edition count4169

First edition01/02/2006

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