Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/01/2009 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
NOTA N 22: Para los ítems 5.1.1, 5.1.3, 5.1.4, 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, sólo se considerarán años completos.
NOTA N 23: Las comisiones o delegaciones se refieren al mandato conferido por escrito a una o más personas por una entidad gremial profesional o sindical para representarlos en determinados ámbitos con atribuciones específicas, en un lapso determinado, para intervenir en asuntos oficiales relacionados con la salud.
6. ANTECEDENTES DOCENTES
3
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 13 de enero de 2009
Máximo 35 puntos
que el postulante se desempeñó en las Zonas de Promoción antes conocidas como Zonas Desfavorables determinadas por las autoridades provinciales.
prestaciones o de la organización, sus costos, su aceptación social etc.
Actividades Interdisciplinarias: Son aquellas que realizan miembros del Equipo de Salud, en trabajo interactivo, tendientes a lograr objetivos de trascendencia para la salud, en temas asistenciales o sanitarios, que producen una optimización de las
Actividades directamente relacionadas con la Prevención Primaria, programadas oficialmente: Conjunto de Actividades Programadas que realizan integrantes del Equipo de Salud, teniendo como objetivo la promoción y protección de la salud, anticipándose a la enfermedad y sus riesgos conociendo su historia natural e interactuando con las personas y su ambiente. Para ser consideradas como tal el programa respectivo deberá contar con la aprobación de la Junta de Calificación o de Autoridades Sanitarias de nivel de Director o Equivalente. El Tribunal de Concurso determinará la pertinencia del programa en este ítem.
PODER EJECUTIVO
ANEXO ÚNICO
Desempeño en el Interior Provincial: Período de tiempo en que el postulante se desempeñó en Establecimientos de Salud Provincial y municipales, asentados en localidades del interior provincial.
AL DECRETO Nº 1961
DECRETO Nº 1961
Córdoba, 23 de Diciembre de 2008
Nota N 24: No se otorgará puntaje a las Adscripciones o Agregaciones ad-honorem docentes.
7. OTROS FACTORES DE VALORACION
Máximo 100 puntos.
VISTO: el Expediente Nro. 0011-041772/2008 del Registro del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en el trámite de referencia el señor Jefe del Servicio Penitenciario de Córdoba, propicia la promoción de Oficiales Subalternos y Personal Subalterno de esa Institución a partir del 01 de Enero de 2009, de conformidad a lo informado por la Junta de Calificaciones convocada a tal fin.
Que la propuesta de ascensos del personal de que se trata, ha sido considerado por la Junta de Calificaciones para Oficiales Jefes y Subalternos, convocada mediante Disposición Nro. 605/
08 de fecha 17 de Octubre del año en curso, conforme se detalla en Actas Nro. 71 y 55 cuyas copias autenticadas corren agregadas en las presentes actuaciones.
Que lo solicitado encuadra en lo previsto por los Artículos 42, 50, 51 incisos 3 y 4 y 122 de la Ley de Personal Penitenciario Nro.
8231, y concordantes con los Artículos 24 inciso c y d del Reglamento del Régimen de Calificaciones Decreto Nro. 4816/82.
NOTA N 25: El rubro otros factores de valoración expresa aspectos relevantes del perfil del postulante en la profesión o actividad. Esta valoración será sumada al puntaje que se obtenga en los rubros 2, 3, 4 y 6.
Nota Nº 26: El desempeño simultáneo en más de un Comité Hospitalario, no son sumables.
NOTA N 27: Definiciones de los ítems comprendidos en el rubro Otros Factores de Valoración.
NOTA N 28: Los ítems 8.3. y 8.4. no son sumables. Cuando el antecedente responda a ambos conceptos se adjudicará al ítem que merezca mayor puntaje.
Nota N 29: Para acreditar puntaje, en todos los ítems del rubro Otros Factores de Valoración, se deberá presentar la certificación correspondiente de haber desempeñado la función, con membrete el organismo correspondiente, firmado por autoridad competente, y sellos del firmante y de la institución. Las Resoluciones o Notas de estilo de designación, no servirán como antecedentes válidos.
DEFINICIONES DE LOS ÍTEM COMPRENDIDOS EN EL
RUBRO OTROS FACTORES DE VALORACIÓN:
Desempeño en Organismos Públicos Provinciales: Período de tiempo en que el postulante de desempeñó en Dependencias Provinciales, ejerciendo la Profesión o Actividad que se concursa.
Desempeño en Organismos Públicos no Provinciales:
Período de tiempo en que el postulante se desempeñó en Organismos Nacionales, Municipales, de Obras Sociales o de otras provincias ejerciendo la profesión o actividad que se concursa.
Desempeño en Zonas de Promoción: Período de tiempo en
Que el Jefe del Servicio Penitenciario manifiesta que los ascensos propiciados responden a la necesaria movilidad de los cuadros.
Que obra Visto Bueno del Secretario de Organización y Gestión Penitenciaria.
Por ello, disposiciones legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Servicio Penitenciario de Córdoba bajo Nro. 1022/08, por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Justicia bajo Nro. 0388/08, y por Fiscalía de Estado bajo Nro. 1000/08, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- PROMUÉVESE a partir del 1º de Enero de 2009 a Oficiales Subalternos y Personal Subalterno del Servicio Penitenciario de Córdoba al cargo en cuya nómina se detalla en el Anexo Único, que compuesto de NUEVE 09 fojas forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Justicia y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Servicio Penitenciario de Córdoba, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. LUIS EUGENIO ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ASCENSOS:
Al grado de Adjutor Principal, quienes cesan como Adjutores:
APELLIDO Y NOMBRE
M.I.
CLASE
AFILIADO
CONTRERAS OSVALDO NICOLAS
18.330.585
1966
1-18.330.585
SANTUCHO HECTOR LUIS
18.258.552
1967
1-18.258.552
BUSTOS EDUARDO ALONSO
24.794.948
1976
1-24.794.948
BERTOLOTTI ALEJANDRO AGUSTIN
22.449.590
1972
1-22.449.590
RIVAROLA JORGE MANUEL
25.229.782
1976
1-25.229.782
VARAS FLAVIO RONAN
21.995.175
1971
1-21.995.175
LOPEZ HUGO ARIEL DALMACIO
24.942.766
1975
1-24.942.766
GUZMAN SERGIO ALEJANDRO
25.756.455
1977
1-25.756.455
BAUM MARCELO ALEJANDRO
26.001.279
1977
1-26.001.279
MARTINEZ ARIEL EDUARDO
25.688.954
1977
1-25.688.954
FLORES CRISTIAN ARIEL
26.370.063
1978
1-26.370.063
CONTRERA MARIA ROSA
26.490.438
1978
2-26.490.438
FARIAS NELSON OSCAR
26.739.918
1978
1-26.739.918
SESSA JUAN EDUARDO
27.078.603
1979
1-27.078.603
MEDINA VICTOR ORLANDO
24.089.689
1974
1-24.089.689
FLORES CARLOS GUSTAVO
22.538.457
1972
1-22.538.457
CHAVEZ MARCELO RICARDO
22.898.296
1973
1-22.898.296
ROMERO MARCOS ERNESTO ANTONIO
24.202.862
1975
1-24.202.862
SALAS JOSE DANIEL
22.775.637
1972
1-22.775.637
BADUNA MARTIN LEONARDO
27.078.655
1979
1-27.078.655
FERREYRA GRACIELA INES
27.920.783
1980
2-27.920.783
STERRANTINO VERONICA MARICEL
27.070.512
1978
2-27.070.512
LESCANO GUILLERMO MARTÍN
25.268.566
1976
1-25.268.566
FLORES MARIANGELES
23.315.981
1973
2-23.315.981
LUNA NATALIA NOELIA
27.360.497
1979
2-27.360.497
FERNANDEZ SERGIO OSCAR
18.018.312
1966
1-18.018.312
TULIAN SERGIO MIRCO
14.891.939
1961
1-14.891.939
GUTIERREZ GUSTAVO MANUEL
17.530.382
1965
1-17.530.382
OLIVO HUGO OSCAR
21.755.421
1970
1-21.755.421
TORRES JUAN CARLOS
16.280.126
1963
1-16.280.126
YABALE MARIA JOSE
22.747.369
1972
2-22.747.369
Al grado de Adjutor, quienes cesan como Subadjutores:
APELLIDO Y NOMBRE
M.I.
BLIND FABIAN ANIBAL
23.725.552
CLASE AFILIADO
1974
BENIQUE MARIO SEBASTIAN
26.579.357
1978
1-26.579.357
BUSTOS ENZO NICOLAS
23.719.527
1974
1-23.719.527
VILLADA GUSTAVO OSVALDO
22.449.306
1971
1-22.449.306
DEMOLIS FIGUEROA NADIA CARINA
28.270.262
1980
2-28.270.262
CORDOBA JUAN CARLOS
28.270.880
1980
1-28.270.880
GIGENA PAOLA ELIZABEHT
28.428.784
1980
2-28.428.784
MOYANO GUSTAVO LUCAS
30.270.686
1983
1-30.270.686
BARRERA JAVIER ALEJANDRO
26.905.270
1978
1-26.905.270
SOSA SERGIO RAUL
29.787.505
1982
1-29.787.505
OLIVA JUAN GABRIEL
30.382.429
1983
1-30.382.429
ALDAY GERARDO ARIEL
28.837.056
1981
1-28.837.056
VIRZI CARMONA MIGUEL ANGEL
30.122.132
1983
1-30.122.132
PERALTA LUIS PEDRO
30.122.560
1983
1-30.122.560
STOPPELLO HUGO DANIEL
30.240.997
1984
1-30.240.997
NIEVAS JUAN MARTIN
28.246.954
1981
1-28.246.954
GUTIERREZ MARCOS DAVID
29.446.557
1982
1-29.446.557
OLMEDO CIRO ARNALDO
27.034.396
1979
1-27.034.396
1-23.725.552
CONTINÚA EN PÁGINAS 4 A 6