Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 8 de abril de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXIX - Nº 65
CORDOBA, R.A. MARTES 8 DE ABRIL DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

UCACHA - DEPARTAMENTO JUÁREZ CELMAN

Constituyen la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 9

tuciones de la localidad de Ucacha.

Córdoba, 25 de Febrero de 2008

Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14
de la Ley 9235 y la Resolución Nº 151/
06 del entonces Ministerio de Seguridad.

VISTO: El Expediente Nº 0524030649/07 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Ucacha, Departamento Juárez Celman, Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 30 de Noviembre de 2007, por vecinos e insti-

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción Delegaciones Regionales - Interior -, en el Registro creado al efecto.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Gobierno bajo el Nº 008/2008,
ARTÍCULO 1º.- TENGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Ucacha, Departamento Juárez Celman, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS al señor Augusto Tamagnini M.I. Nº 23.213.768 y al señor Gerardo Bordese M.I. Nº 13.803.891 como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRIBASE en el Registro pertinente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 407
Córdoba, 13 de diciembre de 2008
Expediente Nº 0045-014182/07
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00798/07 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 12 - DEPARTAMENTOS:
JUÁREZ CELMAN - GENERAL SAN MARTÍN y conse-

cuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 12, por la suma de $
877.564,87.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, que el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
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RESOLUCIÓN GENERAL Nº 03/2008
Córdoba, 27/02/08
Y VISTA: La Orden de Servicio N 12/2005 mediante la cual se aprueba el Reglamento para la adquisición y contratación de bienes y servicios del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, en base a la normativa que rige la materia, Ley Nº 7631 de Contabilidad Presupuesto y Administración Pública Provincial y Decreto 1882/80
Régimen de Contrataciones.
Y CONSIDERANDO:
I Que el Reglamento, reviste las características de un manual de procedimiento, contemplando en lo sustancial: a el trámite a seguir; b los procedimientos de selección del proveedor y; c los mecanismos de autorización y adjudicación de las compras y contrataciones de Organismo.
II Que con fecha 11 de Febrero de 2008 la Gerencia General eleva propuesta al Directorio propiciando se modifique el numeral 7 del Anexo Único del Reglamento de marras en lo atinente a la escala a tener en cuenta para determinar los distintos procedimientos de selección compra directa, concurso de precios y licitación, la que se establece en base a una específica cantidad de índices cuyo valor resulta actualizado periódicamente por la Ley de Presupuesto de la Provincia actualmente Ley Nº 9441. Ello, a los fines de propender a una mayor agilidad y eficiencia en los procedimientos relativos a compras y contrataciones de bienes y servicios.
III Que específicamente, la Gerencia General propone que los procedimientos de selección se determinen del modo siguiente: 1
compra directa: a caja chica, hasta Índice 0,2 con autorización del Gerente del Área; b con cotejo de tres 3 presupuestos, desde Índice 0,2 hasta Índice 2, con autorización del Gerente General; c con cotejo de tres 3 presupuestos, desde Índice 2 hasta Índice 5, con autorización del Presidente o Vicepresidente del Directorio; 2
concurso de precios: a sin obligación de publicación, desde Índice 5
hasta Índice 20, por Resolución del Presidente; b con obligación de publicación, desde Índice 20 hasta Índice 40, con Resolución del Directorio; 3 licitación: más de Índice 40, con Resolución del Directorio.
IV Así las cosas, no se advierten obstáculos para modificar el punto en cuestión, toda vez que los términos y el alcance de la modificación promovida en autos no implica menoscabo alguno a los principios de concurrencia, igualdad y publicidad que deben orientar las contrataciones en el ámbito público, a la vez que resulta similar a la normativa provincial que rige la materia.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/04/2008

Page count5

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