Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/06/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.
ARTÍCULO 6º.- Otórgase al agente mencionado en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656.
ARTICULO 7º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15.
ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente forma:
Artículo 2º a: Fin/Fun. 1-3-0 Programático 01-03-00 Inc. 6 P.P. 2 P.p. 1 P. Sp. 0 Ap. 0 F.Fin. 11-0 - U.E. 02-18-2-1-5-00 Institucional 1-1-1-01-03-000 UER. 3.
Artículo 6º a: Fin/Fun. 3-4-3 Programático 26-00-00 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 7 P. Sp. 1 F.Fin. 1-1-0 U.E. 08-00-0-2-3-12 Institucional 1-1-1-01-06-000 UER. 10.
ARTÍCULO 9º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.
Sll/
DISTEFANO
ARROYO
DECRETO Nº 977 14-05-2018
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de marzo de 2019, la renuncia presentada por la agente MARÍA
ANDREA TAPIA Legajo Nº 11.165/1 - CUIL 27-12992118-3 al cargo de JEFE DE DEPARTAMENTO
C.F. 1-31-00-01 Nº de Orden 4550, en la División Programa de Inclusión Social Infanto Juvenil U.E 1200-3-1-0-02 - a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Fin/Fun. 3-2-0 Programático 30-00-00 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 7 P. Sp. 1 F.Fin. 1-1-0 - U.E. 12-00-31-0-02 Institucional 1-1-1-01-09-000 UER. 9.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO
SOCIAL.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.
Sll/
LENIZ
ARROYO
DECRETO Nº 978 14-05-2018
ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente ELBA MARIA BARONE Legajo Nº 20.354/1 CUIL. 27-14147027-8 COCINERO - C.F. 07-10-70-02 48 horas semanales - Nº de Orden 1501:
DE: U.E. 12-00-0-3-1-01 - Institucional: 1-1-1-01-09-000 Programático: 31-00-00 UER: 9 Fin/Fun. 3-20 DIVISION RESIDENCIA PARA MAYORES EVA PERON.
A: U.E. 12-00-3-1-1-04 Institucional: 1-1-1-01-09-000 Programático: 30-00-00 UER: 9 Fin/Fun.
3-2-0 DIVISION CASAS DEL NIÑO Y CENTROS RECREATIVOS - CENTENARIO, dándosele por finalizado el pago de la Bonificación por Lugar de Internación y mantener el pago del Fondo Compensador que viene percibiendo.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente ELBA MARIA BARONE - Legajo Nº 20.354/1 CUIL. 2714147027-8, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Atención Especial de Menores, del TREINTA Y CINCO POR CIENTO 35%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a:
Para Art. 2º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 7 Ap.2ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO
SOCIAL
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
LENIZ
ARROYO
DECRETO Nº 979 14-05-2018
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de junio de 2018, la renuncia presentada por el agente MIGUEL
ÁNGEL BAIUNCO, Legajo Nº 12.063/2 CUIL 20-07637320-6 al cargo de JEFE DE DEPARTAMENTO
C.F. 1-31-00-01 - Nº de Orden 7725 - en el Departamento Control Obras Proyectos Especiales - U.E. 0300-0-6-1-00, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 01 de junio de 2018, de la suma de PESOS
CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS
$ 51.872,53, a valores vigentes al mes de abril de 2.018, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.
ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con el beneficiario tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.

16

About this edition

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/06/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date12/06/2018

Page count97

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2018>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930