Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/08/2014

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Dependencia
Importe
Distrito Descentralizado Chapadmalal
$ 11.000.-

ARTÍCULO 2º.- Desígnase como responsable del manejo de la Caja Chica autorizada en el Art. 1º del presente, al agente detallado a continuación:
Dependencia Apellido y Nombre Legajo Nº D.N.I.
14.067.131
Distrito Descentralizado Aguilar, Hugo Alberto 17381/1
Chapadmalal ARTICULO 3º.- Otorgase el beneficio de Fallo de Caja contemplado en la Ordenanza de Presupuesto vigente, al agente detallado en el Art. 2º del presente Decreto.
ARTICULO 4º.- Se deberá constituir la fianza prevista en el Art. 218º y concordantes de la Ley Orgánica Municipal y Art. 37º del Reglamento de Contabilidad respectivamente, como así también, contratar el seguro de fidelidad, cuyo costo estará a cargo del agente responsable de la caja chica.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, remítase una copia del presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos, intervenga la dependencia citada en el Artículo 1º, como así también, la Contaduría General, la Tesorería Municipal, la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de la Función Pública y el Departamento Liquidación de Haberes respectivamente.
PEREZ
PULTI
DECRETO 1502 04-06-2014 Expte 17280-6-2013 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Convalidase la asistencia a las ciudades de Florianópolis y San Pablo durante los días 27 a 31 de enero de 2014, realizada por el señor Renato Rossello Legajo nº 24716 - Secretario de Desarrollo Tecnológico y Mejora de la Administración, con motivo de la realización de un intercambio de políticas públicas.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago al señor Renato Rossello Leg. nº 24716, del importe correspondiente a los gastos de pasajes por la suma de Pesos Cinco Mil Seiscientos Cuatro con 65/100 $
5604.65.-, y viáticos por un valor de Pesos Seis Mil Doscientos Veintiséis con 73/100 $ 6226.73.-.
ARTÍCULO 3º.- El pago de las sumas indicadas en el artículo precedente, deberán imputarse presupuestariamente de la siguiente manera:
Jurisdicción Programático UE
Fte. Fin Partida Monto 111011500
01.00.00
17
110
3.7.1.0
5604.65
111011500
01.00.00
17
110
3.7.2.0
6226.73
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y por la Dirección de Administración efectuar las comunicaciones pertinentes, cumplido pase al Departamento Técnico de la Dirección de la Función Pública.
PEREZ
PULTI
DECRETO 1503 04-06-2014 Expte 6590-5-2014 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Autorizase el pago de la beca para la asistencia al CURSO ANTENISTA TORRISTA
dictado por la Asociación de Trabajadores Torristas Antenistas de la República Argentina con sede en la ciudad de Santa Fe, por el valor de Pesos Cuatro Mil Quinientos $4.500 al agente MONTOYA, JULIAN
Leg. 29017/1 quien reviste funciones en la Dirección de Informática y Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 2º.- Autorizase el pago de los viáticos correspondientes a cinco días de estadía por un valor de Pesos Seiscientos $600 y pasajes de ida y vuelta a la ciudad de Santa Fe por la cantidad de Pesos Mil Cuatrocientos $1.400.-.
ARTÍCULO 3º.- La concurrencia será obligatoria y a la terminación del curso deberá presentar el Certificado que acredite su aprobación. En el caso de abandonar, no aprobar o cesar en su relación de dependencia en el transcurso de los cinco años posteriores a su aprobación, el agente deberá devolver íntegramente el importe consignado en el artículo primero.
ARTÍCULO 4º.- El agente mencionado en el artículo 1º queda debidamente notificado de la obligatoriedad de dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo precedente con la sola notificación del presente Decreto.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º deberá ser imputado a la siguiente partida:
Fin
Progr
Inc.

Pda. Ppal.

Pda. Pcial.

Ffin
Instituc.

UER

Importe
130
01.00.00
3 4
5 110
1110105000
5 4.500.ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 2º deberá ser imputado a la siguiente partida:
Pasajes Fin
Progr
130
10000
Viáticos Fin
Progr
Inc.

Pda. Ppal.

Pda. Pcial.

Ffin
Instituc.

UER

Importe
3

7

1

110

111011500

17

$ 1.400.-

Inc.

Pda. Ppal.

Pda. Pcial.

Ffin
Instituc.

UER

Importe
130
10000
3 7
2 110
111011500
17
$ 600.ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Desarrollo Tecnológico y Mejora de la Administración y de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y para la formalización del respectivo compromiso, pago y posterior cumplimiento de las obligaciones, intervenga la Contaduría General.
PEREZ
ROSELLO
PULTI

22

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/08/2014

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/08/2014

Page count52

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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