Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/08/2014

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Lucas Rodríguez Gianneo DNI 25.112.838
Javier Andres Pousada DNI 24.371.978
Juan Marcelo Amoros DNI 23.438.838
Representante: Diego Rafael Vignolo CUIT 23-28102317-9
2 de marzo de 2014
- Panal Reggae $2000
Integrantes: Pablo Depaoli DNI 25.898.894
Carlos Luis Longui DNI 25.265.515
Patricio Ariel Ruiz DNI 30.946.335
Pablo Daniel Jaque DNI 29.314.602
Representante: Pablo Depaolo CUIT 23-25898894-9
2 de marzo de 2014
- Florencia Andrea Cosentino DNI 27.417.132
$2000
Representante: Florencia Andrea Cosentino CUIT 23-27417132-4
DECRETO 1491 04-06-2014 Expte 11704-1-2013 alc 01
ARTÍCULO 1: Convalídase la tácita contratación del artista Miguel Antonio Repiso DNI. 14.316.566
C.U.I.T. 20-14316566-4, reconocese Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante de legítimo abono y autorizase el pago de la factura nº 0001-00000453 por doce mil pesos $12.000 obrante a fs. 13
del Expediente nº 11704-1-2013 cpo.1; quien realizo dos presentaciones los días 27 y 28 de septiembre de 2013, como conferencista del ciclo Encuentros Cercanos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración.
ARTÍCULO 2: El egreso autorizado en el artículo precedente se imputará a la partida Disminución de Otras Cuentas a Pagar a Corto Plazo, conforme al siguiente detalle: Fin/Fun 9-9-0 Programa 94-00-00
Inc. 7 P.P. 6 P.p. 1 P.Sp. 0 F. Fin. 1-1-0 Institucional 1-1-1-01-05-000 UER 5 Importe: $ 12.000-.
En el ejercicio 2013, el gasto debió haber sido imputado según el siguiente detalle: Fin/Fun 3-4-5
Programa 16-00-00 Inc. 3 P.P. 4 P.p. 9 P.Sp. 0 F.Fin. 1-1-0 Institucional 1-1-1-01-11-000 UER 13 Importe $12.000-.
ARTÍCULO 3: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese e intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda y la Secretaría de Cultura.
LASERNA
PEREZ
PULTI
DECRETO 1492 04-06-2014 Expte 7180-5-2014 Alc 01
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Secretaría de Gobierno a implementar las modalidades prestacionales del Art.12, segunda parte, de la ley 11.757 como modo de incentivar el mérito en el cumplimiento de las funciones de los agentes afectados a sus dependencias.ARTÍCULO 2º.- La autorización precedente se corresponderá con lo establecido en los artículos 12 y 19
inciso c de la Ley 11.757, no pudiendo en ningún caso afectar o disminuir el actual status salarial de los agentes, ni implicar una erogación mayor por parte del Municipio que no tenga correlato con la recaudación y el ahorro de horas extras de los agentes afectados al sistema.ARTÍCULO 3º.- La Secretaría de Gobierno establecerá por Resolución los servicios en los cuales se implementará las modalidades prestacionales, el régimen especial de incentivos por mérito y el personal alcanzado por la misma.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que la adhesión por parte del personal interviniente es voluntaria.
ARTÍCULO 5º.- En el marco de las modalidades prestacionales y el régimen especial de incentivos por mérito, la Secretaría de Gobierno podrá establecer remuneraciones por resultados, que deberán liquidarse sobre bases objetivas fijadas mediante resolución y en las que deberá ponderarse, al menos, los siguientes parámetros:
a. La modalidad de trabajo multimodal.
b. El tiempo y la calidad de los servicios prestados.
c. El buen uso y mantenimiento de los equipos e instalaciones.
d. La disminución de los gastos de funcionamiento.
e. El mérito de cada agente.
f. Los aportes en ideas e innovación que en forma individual, grupal o colectiva propongan los agentes municipales, con el fin de mejorar un método o un proceso; en tanto su implementación arroje resultados beneficiosos.
g. El grado de satisfacción de los consumidores.
h. La reducción de los plazos en la realización del sumario y dictado del auto de imputación.
i. El incremento del porcentaje de acuerdos.
j. El grado de cumplimiento que se fijen para cada realización, tanto en escala de tiempo como en calidad.
ARTÍCULO 6º.- La remuneración por resultados que pudieren percibir los agentes como consecuencia de las modalidades prestacionales y el régimen especial de incentivos por mérito o productividad autorizados por el presente, tendrán carácter no remunerativo, no bonificable e incompatible con la realización de horas extras en cualquier dependencia municipal o Ente Descentralizado.ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Sr.
Secretario de Economía y Hacienda ARTÍCULO 8º.-. Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de la Función Pública y dése intervención a la Secretaría de Economía y Hacienda.
GARCIA
PEREZ
PULTI

DECRETO 1493 04-06-2014 Expte 510-7-2014 Cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Autorízase para el Ejercicio Financiero 2014 el siguiente importe a disponer, en concepto de Caja Chica, a la dependencia que a continuación se detalla:

21

About this edition

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/08/2014

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/08/2014

Page count52

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2014>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31