Boletín Oficial de la Región de Murcia del 21/9/2022
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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 219
Sábado, 21 de septiembre de 2019
4.º La autorización, la disposición o el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de los gastos a realizar por cuantía superior a 30.000 euros, con cargo a cualquiera de los programas presupuestarios de la Consejería.
b Direcciones Generales:
La autorización, la disposición o el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de los gastos a realizar por cuantía inferior a 30.000 euros y con cargo a los programas presupuestarios de las respectivas Direcciones Generales.
c Vicesecretaría:
La autorización, la disposición o el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de los gastos a realizar por cuantía inferior a 30.000 euros y con cargo a los programas presupuestarios de la Secretaría General.
2. Personal y régimen interior.
Secretaría General:
1.º Las facultades de propuesta relativas a puestos de trabajo y personal propio de la Consejería.
2.º La autorización de las nóminas, incluidas las gratificaciones por servicios extraordinarios, así como los actos de ejecución presupuestaria que conlleve.
3.º La aprobación del plan anual de vacaciones del departamento previas las propuestas formuladas por los titulares de los órganos directivos.
4.º La imposición de las sanciones disciplinarias que la legislación vigente atribuya al titular de la Consejería, en relación al personal de la misma.
3. Contratación y encargos a medios propios personificados.
a Secretaría General:
1.º El ejercicio de cuantas facultades y actuaciones confiera al órgano de contratación la normativa aplicable, excepto las relativas a los Acuerdos Marco, dictando todos los actos de ejecución presupuestaria que estén vinculados o sean consecuencia de dichas actuaciones, cualquiera que sea su imputación y programa presupuestario, y sin límite de cuantía, todo ello sin perjuicio de las competencias delegadas en los titulares de la Vicesecretaría y de las Direcciones Generales.
No obstante, quedan excluidas de esta delegación las siguientes actuaciones cuando el presupuesto base de licitación del contrato supere los 300.000 euros:
- El acuerdo de inicio, la aprobación del expediente y la autorización del gasto.
- La adjudicación y formalización del contrato, así como el compromiso del gasto.
- La modificación del contrato.
- La resolución del contrato.
Asimismo, queda excluida de esta delegación la modificación de los contratos cuando su importe, acumulado al del contrato originario, exceda de 300.000
euros.
NPE: A-210919-5703
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