Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO
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Ushuaia, Miércoles 11dede2021
Agosto 2021
Ushuaia, Lunes 04 de Enero - Nºde 0000

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Nº 34926

modificatorio N 280/20, a partir del día diecisiete 17 de mayo del 2021, a favor del Director Provincial de Gestión Financiera, dependiente de la Tesorería General de la Provincia, del Ministerio de Finanzas Públicas, al Sr. Lucas de Finanzas Públicas, al Sr. Fernando Diego VÁZQUEZ, D.N.I. Nº 30.856.051. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Dirección General de Haberes a liquidar los importes que correspondan a favor del funcionario mencionado en el Artículo precedente, a partir de la fecha que en el mismo se indica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial Nº 62/12 y su modificatorio N 280/20.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, deberá ser afectado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4º.- Notificar al interesado, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
Firma: Lic. Agustín TITA
Res. M.J.G. Nº 376

01 de julio 2021

VISTO, el expediente electrónico MJG-E-41740-2021, del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota S/N, producido por el Auditor Contable Adjunto, dependiente la Auditoria Contable, del Ministerio de Finanzas Públicas, C.P. Hugo Orlando BARRIA MIRANDA, D.N.I. N 28.604.737, solicitó el usufructo de catorce 14 días del período de la Licencia Especial de Invierno correspondiente al año 2021, a partir del día diecinueve 19 de julio y hasta el primero 1 de agosto del 2021.
Que en orden 5 obra la intervención del señor Ministro de Finanzas Públicas.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Provincial N 1301 y los Decretos Provinciales N 798/18 y N 4490/19.
Por ello:
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder el usufructo de catorce 14 días del periodo de la Licencia Especial de Invierno correspondiente al año 2021, entre los días diecinueve 19 de julio y hasta el primero 1 de agosto del 2021, a favor del Auditor Contable Adjunto, dependiente la Auditoria Contable, del Ministerio de Finanzas Públicas, C.P. Hugo Orlando BARRIA MIRANDA, D.N.I. N 28.604.737. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.- Notificar al interesado con copia autenticada de la presente, comunicar a la Subsecretaría de Empleo Público, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
Firma: Lic. Agustín TITA
Res. M.J.G. Nº 377

02 de julio 2021

VISTO, el expediente electrónico MJG-E-35539-2021, del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO
Que mediante Resolución M.J.G. N 351/21 se autorizó el llamado a Licitación Pública N 03/21 RAF 101, que tramita la adquisición de materiales deportivos para los diferentes programas de escuelas deportivas provinciales y nacionales, seleccionados nacionales y gimnasios de alto rendimiento, dependientes de la Subsecretaría de Deporte y juventud, Ministerio Jefatura de Gabinete.
Que a través del artículo 4 de la Resolución mencionada, se autoriza a la Oficina Provincial de Contrataciones dependiente del Ministerio de Finanzas Publicas, a establecer las fechas y horas límites para la recepción de ofertas y aperturas de sobres.
Que mediante "Comunicado" las fechas y horas límites para la recepción y de apertura de sobres fueron establecidas para el día 14 de Julio 2021
a las 11.00 hs.
Que se solicitó la difusión del mencionado "Comunicado", dando cumplimiento a la reglamentación vigente, y habiendo recibido una notificación por parte de la Secretaría de Comunicación Digital y Medios, se ha detectado que no se publicó en los medios gráficos de mayor circulación de la provincia, incumpliendo con lo establecido en el Art. 34 de la Ley Provincial N 1015.
Que atento a lo expuesto, corresponde emitir la Circular Aclaratoria N 01 modificando las fechas y horas límites para la recepción de ofertas y aperturas de sobres.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley Provincial Nº 1301 y Decreto Provincial N 4490/19.
Por ello:
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
RESUELVE:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/8/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date11/08/2021

Page count81

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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