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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/8/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2014 - AÑO DE HOMENAJE AL ALMIRANTE GUILLERMO BROWN, EN EL BICENTENARIO DEL COMBATE NAVAL DE MONTEVIDEO
AÑO XXIII -
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Ushuaia, Viernes 01 de Agosto de 2014 - Nº 3345
Nº 3345
AÑO XXIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Lic. Sergio Daniel ARAQUE
Ministro Jefe de Gabinete Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Farm. Andrés Germán ARIAS
Abg. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Viernes 01 de Agosto de 2014
DECRETO N 1561
08-07-14 dos por una infraestructura tecnológica común, mediante el empleo VISTO el expediente N 1861 SG/ de soluciones integrales, comunes, 2014 del registro de esta Gobernacompatibles y coordinadas.
ción; y Que una de las herramientas desarrolladas en ese marco, es la Firma CONSIDERANDO:
Digital, la cual asegura la,autoría, Que mediante el mismo tramita la autenticidad e integridad de los doreglamentación de la Ley Provincumentos digitales luego de su suscial N 955 por la cual se implecripción, creando un entorno elecmenta la Firma Digital en la Protrónico confiable.
vincia de Tierra del Fuego, AntártiQue el Poder Ejecutivo Provincial da e Islas del Altántico Sur.
se encuentra impulsando una agenQue a través de la Ley Provincial da de Modernización del Estado con N 633, la Provincia adhirió a la Ley el objeto de fortalecer el servicio a Nacional N 25.506 de Firma los ciudadanos, proponiéndose para Digital.
ello impulsar iniciativas para acerQue para el fortalecimiento y mocar el Estado a las personas de dernización de la gestión pública, manera más fácil, agilizando el acresulta necesario incorporar receso a la información y la particicursos tecnológicos que faciliten pación ciudadana.
la relación del Estado con el ciuQue la Secretaría Legal y Técnica dadano, destinatario natural de su ha tomado intervención emitiendo obrar.
Informe S.L. y T. N 1255/14.
Que las tecnologías de la informaQue por lo expuesto resulta conveción y las comunicaciones TICs niente proceder a la reglamentación facilitan el manejo de significativos de la citada Ley; a los fines de su volúmenes de información soportaimplementación.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente instrumento legal, en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ARTÍCULO 4.- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
RIOS
Gustavo A. ZANONE
DECRETO N 1689 28-07-14
ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, señor Eduardo Alberto DANDREA, D.N.I. N 16.419.167, a partir del día primero 1 de agosto de 2014.
ARTÍCULO 2.- Agradecer al señor Eduardo Alberto DANDREA
los importantes servicios prestados.
ARTÍCULO 3.- De forma.
ARTÍCULO 1.- Aprobar la reglamentación de la Ley Provincial N
955 por la cual se implementa la Firma Digital en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, cuyo texto se adjunta como Anexo I que forma parte del presente acto. Ello, por los motivos expuestos precedentemente.
RIOS
ARTÍCULO 2.- Aprobar el GlosaSergio D. ARAQUE
rio obrante en el Anexo II y que forma parte integrante del presente.
DECRETO N 1690 28-07-14
ARTÍCULO 3.- La presente reglamentación comenzará a regir a ARTÍCULO 1.- Desígnese Presi-
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"