Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/5/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIX -

09, Artículo 1, incisos a y b, a los profesionales Farmacéuticos, en los términos y condiciones reglados para los profesionales odontólogos, bioquímicos, psicólogos, kinesiólogos y obstétricas, todos dependientes del Ministerio de Salud. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Imputar el gasto que demande el presente al ejercicio económico y financiero correspondiente.
ARTICULO 3- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
María H. GRIECO
DECRETO N 1247

12-05-10

ARTICULO 1- Autorizar el traslado en comisión de servicios del señor Ministro de Economía, Sr.
Rubén Alberto BAHNTJE, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día 13 de mayo de 2010, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Autorizar la extensión de una orden de pasaje vía aérea por los tramos Ushuaia Buenos Aires - Ushuaia y la liquidación de los días de viáticos que correspondan, a favor del funcionario mencionado en el artículo 1.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la UGG 7300, Incisos 003 y 003 correspondientes al ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO N 1248

13-05-10

ARTÍCULO 1- Reconocer y autorizar la ausencia de la Provincia de la Sra, Subsecretaria de Salud Comunitaria, Dra. Nora Claudia GUASTINI, a partir del día 28 de abril del año en curso, por razones particulares.
ARTÍCULO 2- La citada funcionaria reasumió sus funciones el día 10 de mayo del año 2010.
ARTÍCULO 3- De forma.
RIOS
María H. GRIECO
DECRETO N 1249

13-05-10

Ushuaia, Viernes 21 de Mayo de 2010 - Nº 2721

Visto el Expediente N 002534-SG/ tificar la liquidación del mismo, 09 del registro de esta Gobernaconforme a la base de cálculo vición, y, gente para la Categoría 10 del Escalafón Seco.
CONSIDERANDO:
Que la suscripta se encuentra faQue mediante el mismo se tramita cultada para dictar el presente acto la inclusión delAdicional Título en administrativo en virtud de lo disla escala salarial del EscalafónAepuesto por el Artículo 135 de la ronáutico, creado por Decreto ProConstitución Provincial.
vincial N 208/07, y el cual comprende a todo el personal depenPor ello:
diente de la Dirección deAeronáuLA GOBERNADORA DE LA
tica que posea las habilitaciones PROVINCIA DE TIERRA DEL
pertinentes.
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
Que mediante Decreto Provincial DEL ATLÁNTICO SUR
N 608/09, se dispuso incorporar D E C R E T A:
el pago de dicho adicional en los haberes del personal del Escalafón ARTÍCULO 1- Derogar el ArtícuAeronáutico, ello en virtud de que lo 2 del Decreto Provincial N 608/
el mismo no se encuentra contem- 09, mediante el cual se estableció plado en el Decreto Provincial 208/ como base de cálculo para el pago 07 ni en la escala salarial aprobada del Adicional por Título al personal mediante Decreto Provincial N del Escalafón Aeronáutico, la base 2316/07.
de la categoría menor de dicho EsQue en el Artículo 2 del Decreto calafón, Personal de Rampa.
Provincial 608/09, se estableció ARTICULO 2- Establecer como como base de cálculo para la liquibase de cálculo para el pago del dación del adicional por título, la Adicional por Título al personal base de la categoría menor del Esdel Escalafón Aeronáutico, el Bácalafón Aeronáutico, Personal de sico de la Categoría 10 del EscalaRampa.
fón Seco, según escala vigente.
Que tomando como referencia esta ARTICULO 3- De forma.
base de cálculo, los agentes aeronáuticos obtenían una remuneraRIOS
ción inferior a la de la percibida por Rubén A. BAHNTJE
los agentes del Escalafón Seco, motivo por el cual se solicitó oportuDECRETO N 1250 13-05-10
namente la rectificación del mencionado Artículo.
ARTICULO 1- Destacar en coQue mediante Dictamen N 007/ misión de servicio a la agente Laura 10, la Dirección deAsuntos JurídiFabiana SANTAMARIA, legajo cos, dependiente de la Secretaría N 12022167/01, categoría 22 P.A.
General de Gobierno, indicó la ney T., a la CiudadAutónoma de Buecesidad de rectificar el Artículo 2 nos Aires, entre los días 13 de sepdel Decreto Provincial 608/09, ello tiembre al 14 de octubre del coa efectos de equiparar la liquidarriente año. Ello por los motivos ción del adicional por título del expuestos en los considerandos.
personal del Escalafón AeronáutiARTICULO 2- Establecer que la co, en relación al resto de laAdmipresente comisión de servicio no nistración Pública.
generará gasto de pasajes ni viátiQue a tal efecto, de acuerdo a lo cos al Estado Provincial.
informado por la Dirección de HaARTICULO 3- Notificar a la inberes a fojas 60, se sugiere estableteresada, comunicar a quienes cocer como base de cálculo para el rresponda, dar al Boletín Oficial de pago de este adicional, el Básico de la Provincia y archivar.
la categoría 10 del Escalafón Seco, debiéndose contemplar asimismo RIOS
el incremento del 15%, otorgado a María H. GRIECO
dicho escalafón mediante Decreto Provincial N 1102/10, corresponDECRETO N 1251 13-05-10
diente a la sumaActaAcuerdo 26/
04/2010.
VISTO el Expte. N 7780-SG/
Que a fin de brindar una equidad 2010, del registro de esta Goberen la percepción del Adicional por nación; y Título del personal del Escalafón Aeronáutico, resulta necesario recCONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Provincial N 528/10 se declara la emergencia informática y de comunicación en el ámbito de la Administración Pública Provincial, hasta tanto se restablezcan los circuitos y tramitaciones en su normal funcionamiento.
Que atento al análisis y control que requieren los diferentes sistemas de información de la administración central sumado a la falta de procesos y procedimientos sistémicos que requieren los mismos, deviene necesario la afectación de personal para su configuración e implementación, tendientes a normalizar la mencionada coyuntura.
Que en dicho contexto es potestad del Poder Ejecutivo Provincial arbitrar las medidas necesarias, implementando un mecanismo de módulos de extensión horaria destinado a los agentes involucrados en la configuración e implementación de los sistemas de la administración central, los que estarán a cargo de la Secretaría de Informática y Comunicaciones en virtud a lo expuesto en el Decreto Provincial N 528/10, Contrato de Locación de Obra registrado bajo N 13205
ratificado por Decreto Provincial N 923/08 y su Addenda registrada bajo N 14430, ratificada por Decreto Provincial N 1124/10.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDAE ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1- Establecer a partir del día de la Fecha un mecanismo de módulos de extensión horaria destinado a los agentes involucrados en la configuración e implementación de los sistemas de la administración central, los que estarán a cargo de la Secretaría de Informática y Comunicaciones en virtud a lo expuesto en el Decreto Provincial N 528/10, Contrato de Locación de Obra registrado bajo N 13205 ratificado por Decreto Provincial N 923/08 y su Addenda registrada bajo N 14430, ratificada por Decreto Provincial N
1124/10.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/5/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date21/05/2010

Page count48

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First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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