Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/5/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"
AÑO"2010
XIX - AÑO
- Ushuaia, Viernes 21 de Mayo de 2010 - Nº 2721

1
Nº 2721

AÑO XIX

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU

Sr.RubénAlbertoBAHNTJE

M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS

Lic.AmandaRuthDELCORRO

MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO

Sr.SergioDanielALVAREZ

Dr.MarceloOscarECHAZU

Prof.AndreaMaríaCERVANTES

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra.LilianaGracielaPRELI

Dra.EleonoraLucíaDEMAIO

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA

Dr.NicolásJuanLUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 21 de mayo de 2010
DECRETO N 1244

11-05-10 mínima, a percibir y cumplimentar por los profesionales médicos, ARTICULO 1- A partir del día odontólogos, bioquímicos, psicótres 03 de Mayo de 2010, reasulogos, kinesiólogos y obstétricas, me sus funciones el señor Secretatodos dependientes del Ministerio rio de Ingresos Públicos y Coordide Salud.
nación Fiscal, Dr. Cristian MauriQue dado la especificidad de la tacio DURRIEU.
rea desempeñada por los profesioARTÍCULO 2- De forma.
nales Farmacéuticos, corresponde su inclusión en el Decreto del VisRIOS to, Artículo 1, incisos a y b, en Rubén A. BAHNTJE los términos y condiciones reglados para los profesionales odonDECRETO N 1246 12-05-10 tólogos, bioquímicos, psicólogos, kinesiólogos y obstétricas, depenVISTO el Decreto Provincial N dientes del Ministerio de Salud.
3044/09; y Que justifica tal inclusión los riesgos que pudieran afectar a los proCONSIDERANDO:
fesionales antes mencionados, los Que mediante el mismo se modifique quedan claramente plasmados có, a partir del primero 1 de eneen la Ley Nacional N 26524, mero de 2010, el Anexo I, Punto XII - diante la cual se modifica el CódiMALA PRAXIS - del Decreto Progo Penal en sus artículos 200 a vincial N 2677/06, estableciendo 204 quinquies, en la Ley Nacional el monto del adicional mala praxis N 17565, su Decreto Reglameny la acreditación del comprobante tario N 7123/68 y su modificadel pago de la prima, la vigencia del toria Ley Nacional N 26567 y, seguro y la suma indemnizatoria consecuentemente, en eventuales
11-05-10 DECRETO N 1245

ARTICULO 1- Destacar en Comisión de Servicios a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Lic.
Amanda Ruth DEL CORRO, a partir del día once 11 de mayo de 2.010; por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2- Autorizar la extensión de una orden de pasaje oficial vía aérea por los tramos USHUAIA - BUENOS AIRES USHUAIA, y la liquidación y pago de los viáticos correspondientes, a favor de la citada funcionaria.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
RIOS
Sergio D. ALVAREZ

demandas por mala praxis, que el Gobierno Provincial en su calidad de responsable solidario, debiera responder.
Que corresponde emitir el instrumento legal pertinente, a los fines de incluir, en la normativa vigente, a los profesionales Farmacéuticos, dependientes del Ministerio de Salud.
Que se cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E T A:
ARTICULO 1- Incluir, a partir del primero 1 de mayo de 2010, en el Decreto Provincial N 3044/

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/5/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date21/05/2010

Page count48

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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