Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/6/2009

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AÑO XVIII -

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Ushuaia, Lunes 08 de Abril de 2009 - Nº 2580

Nº 2580

AÑO XVIII

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU

Sr. Roberto Luis CROCIANELLI

Arq. Daniel Rubén LEPEZ MACIAS

Sr. Darío Rubén VARGAS

Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO

Lic. Silvia Cristina FOSSINI

Dr. Marcelo Oscar ECHAZU

Sr. Walter René LUCIANI

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA

Sra. Liliana Graciela PRELI

Dr. Eduardo Raúl OLIVERO

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA

Dr. Nicolás Juan LUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 08 de Abril de 2009
02-06-09 de conciencia, de religión, de asociación y de reunión; el derecho al VISTO la Ley Nacional N 26.495, sufragio universal en condiciones por la que se fijó la fecha para elede igualdad, incluyendo la realizagir legisladores federales para el día ción de elecciones periódicas, libres 28 de junio de 2009, lo dispuesto y justas; el derecho a la participapor la ley 26.215, llamada de ción política, incluida la igualdad Financiamiento de los Partidos de oportunidades de todos los ciudadanos para presentarse como Políticos.
Lo dispuesto por la Constitución candidatos; el derecho a institucioProvincial en su artículo 27, y nes de gobierno transparentes y el la Ley Provincial N 470 en su derecho de acceso, en condiciones de igualdad a la función pública.
artículo 4º; y Que los plexos constitucionales nacional y provincial describen exCONSIDERANDO:
presamente las garantías del ejerciQue se asume como misión rectora cio de derechos políticos, tanto las de Gobierno el desarrollo del derecondiciones de elegir a través del cho humano a la democracia, tosufragio universal, secreto y oblimando como elemento constitutigatorio como de ser elegido igualvo de tal el derecho al acceso a la dad de oportunidades para ser elevida pública, del que se entiende gidos ciudadanos de distinto sexo, derivan todos los demás.
reconocimiento de los partidos Que los demás derechos políticos políticos como fundamentales del tienden a su positivización, siendo sistema democrático expresión de ellos el respeto a la Que el sistema democrático que libertad de opinión, de expresión, nuestra Constitución garantiza, DECRETO Nº 939

obliga, además a los poderes públicos a involucrarse para que el derecho político no sea un enunciado formal, de manera tal que se traduzca en una real y efectiva igualdad de oportunidades, promoviendo las condiciones necesarias para ello y removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; ello es absolutamente indispensable para asegurar unas elecciones justas y verdaderamente democráticas.
Que en este marco es relevante la influencia de los medios de comunicación en general, de la televisión en particular, en tanto transmisores de mensajes y puesta a consideración del conocimiento público de los distintos candidatos que pretenden acceder a cargos electivos.
Que en ese marco es decisión del Ejecutivo Provincial remover, en el marco de sus competencias, uno de los principales obstáculos que impiden la igualdad real de oportu-

nidades para acceder a un cargo público, esto es, la las limitaciones económicas, con la idea de garantizar el pluralismo político entre todas las formaciones partidarias, de modo de buscar que la contienda electoral sea lo más justa posible.
Que debido a que no todas las formaciones políticas cuentan con los mismos ingresos, ni pueden por tanto, emplear el mismo esfuerzo económico en hacer llegar a los electores su mensaje y su programa, a través de la propaganda televisiva. Esta es la pauta propagandística mas costosas, por lo cual es de uso reducido a unos pocos partidos políticos.
Que si bien las disposiciones federales han permitido una presencia en los medios de comunicación, como espacios gratuitos cedidos a los Partidos, se entiende que esta distribución no llega a compensar lo desproporcionado del uso de recursos económicos para publicidad en el medio televisivo.

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/6/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date08/06/2009

Page count71

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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