Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 27/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVIII -

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
ARTICULO 1º- La Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur adhiere a la Ley nacional 26.363, de Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, conforme la invitación establecida en el artículo 38 de la misma.
ARTICULO 2º- Modifíquese el artículo 29 de la Ley provincial 376, por el siguiente texto:
Artículo 2º- Es autoridad competente para entender en la aplicación de la Ley adherida:
a El Organo de Transporte de la Provincia en todo lo atinente a la planificación y regulación de la actividad pública y privada de transporte de mercaderías y personas en el ámbito de jurisdicción provincial;
b las municipalidades o comunas en las rutas o calles que se encuentren dentro de los respectivos ejidos municipales o comunales;
c la Dirección Provincial de Vialidad, en lo que establece la propia Ley de creación de la misma;
d la Policía Provincial en todas las rutas provinciales -excepto las rutas o calles nacionalesy/o calles que se encuentren dentro de los respectivos ejidos municipales o comunales;
e la Gendarmería Nacional Argentina en todas las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional o sometidos a su jurisdicción..
ARTICULO 3º- Serán Autoridades de Aplicación de la presente ley las designadas por el artículo 2º de la Ley provincial 376, con sus modificaciones y disposiciones reglamentarias y complementarias.
ARTICULO 4º- Créase el Consejo Provincial de Seguridad Vial en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Coordinación General y Justicia; que será presidido por el Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia, y serán integrantes del mismo un 1 legislador provincial designado por la Legislatura Provincial y los titulares de los siguientes Organismos y Reparticiones: Consejo Provincial de Educación, Gendarmería Nacional, Policía de la Provincia, Vialidad Nacional, Vialidad Provincial, Organo
Ushuaia, Miércoles 27 de Mayo de 2009 - Nº 2576

de Tránsito y Transporte y los intendentes de cada Municipio y Comuna de la Provincia.
Las funciones del Consejo serán las establecidas en los artículos 7º y 91, incisos 3, 4, 5, 6 y 7 inclusive, de la Ley nacional 24.449, más aquellas que atendiendo al espíritu de la ley se determine en el reglamento interno que dicho Consejo dictará para su funcionamiento.
ARTICULO 5º- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a firmar los convenios de aplicación, en el marco del artículo 20 de la ley nacional 26.363, como así también aquellos que surjan desde el Consejo Provincial de Seguridad Vial.
ARTICULO 6º- Invítase a los municipios y comuna de la Provincia a adherir a la presente norma.
ARTICULO 7º- El Poder Ejecutivo Provincial procederá a su reglamentación dentro de los ciento veinte 120 días posteriores a la promulgación de la presente ley.
ARTICULO 8º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 16 DE ABRIL DE
2009.

RAIMBAULT
---0--Sancionada por la Legislatura Provincial el día 16 de Abril de 2009.Promulgada de Hecho el día 19 de Mayo de 2009.REGISTRADA BAJO EL Nº 782
Ushuaia, 19 de Mayo de 2009.RIOS
Daniel R. LEPEZ MACIAS
DECRETO Nº 861

20-05-09

ARTÍCULO 1º- Desígnese Subsecretario de Asuntos Penitenciarios y Patronato de Liberados, dependiente del Ministerio de Gobierno, Coordinación General y Justicia al señor Hugo Ernesto ZORAIDE, D.N.I. Nº 16.078.081 a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 2º- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias en vigencia.
ARTÍCULO 3º- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU

20-05-09 Que por el mismo tramita la ejecución de la Obra: COMISARIA
VISTO el Expediente N 12512- RIO PIPO - USHUAIA, LicitaEC-08 del registro de esta Goberción Pública Nº 04/09.
nación; y Que según las cláusulas especiales obrante en el Pliego de LicitaCONSIDERANDO:
ción, los trabajos consisten en la Que mediante el mismo tramita el construcción de un nuevo edificonvenio suscripto entre la Provincio Policial en la ciudad de Ushucia de Tierra del Fuego, Antártida e aia, en un todo de acuerdo a las Islas del Atlántico Sur, representacláusulas y especificaciones conda por el Sr. Roberto Crocianelli en tenidas en el presente pliego y su calidad de Ministro de Econodemás documentación contracmía y el Sr. Ramiro Sandoval en su tual.
calidad de Presidente del Banco Que a fs. 184, obra Resolución Provincia de Tierra del Fuego, soM.O. y S.P. Nº 105/09 de fecha bre líneas de crédito para la reacti- 06/03/09, mediante la cual se aprovación del emprendimiento y crebó la documentación, se autorizó cimiento económico, líneas Crece el gasto y el llamado a Licitación Familia y Crece P.y.M.E.
Pública Nº 04/09, con un presuQue dicho Convenio ha sido regispuesto oficial de PESOS UN MItrado bajo el número 13739, resulLLON CUATROCIENTOS SEtando procedente su ratificación. SENTA MIL QUINIENTOS $
Que la suscripta se encuentra fa- 1.460.500,00 y un plazo de ejecultada para dictar el presente acto cución de DOSCIENTOS CUAadministrativo en virtud de lo disRENTA 240 días corridos.
puesto por el artículo 135º de la Que a fs. 197 obra el Acta de AperConstitución Provincial.
tura de Ofertas de fecha 19/03/09, de la cual se desprende que se prePor ello:
sentaron DOS 2 oferentes.
LA GOBERNADORA DE LA Que de fs. 908 a fs 912 obra InforPROVINCIA DE TIERRA DEL me Nº 106/09 de fecha 14/04/09 de FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS la Comisión de Preadjudicación del DEL ATLANTICO SUR
M.O.Y S.P. por la cual considera D E C R ETA:
que la oferta presentada por la Empresa ARQUEROS FRANCISCO
ARTÍCULO 1º- Ratifíquese en toJAVIER & ASOCIADOS, por la dos sus términos el Convenio sussuma de PESOS UN MILLON
cripto entre la Provincia de Tierra CUATROCIENTOS CINCUENdel Fuego, Antártida e Islas del TA Y UN MIL SETECIENTOS
Atlántico Sur, representada por el NOVENTA Y UNO CON SESENSr. Roberto Crocianelli en su caliTA Y OCHO CENTAVOS $
dad de Ministro de Economía y el 1.451.791,68, con un Anticipo FiSr. Ramiro Sandoval en su calidad nanciero del QUINCE POR CIENde Presidente del Banco Provincia TO 15% resulta la más convede Tierra del Fuego, sobre líneas niente a los intereses de la Provinde crédito para la reactivación del cia.
emprendimiento y crecimiento Que ha tomado intervención a fs.
económico, líneas Crece Familia y 913, el Sr. Ministro de Obras y Crece P.yM.E. registrado bajo el Servicios Públicos.
número 13739 el que forma parte Que a fs. 73 obra partida presuintegrante del presente, por las rapuestaria para encarar el gasto de zones expuestas en los consideranla presente.
dos.
Que la presente tramitación se enARTÍCULO 2º- De forma.
cuadra en los alcances de la Ley 13.064 de Obras Públicas, DecreRIOS tos y Resoluciones ReglamentaRoberto L. CROCIANELLI rias, como así también del Jurisdiccional de Contrataciones que DECRETO Nº 863
20-05-09 reglamenta el Decreto Provincial Nº 2 162/08 - Anexo II.
VISTO el Expediente Nº 733/MO/ Que la suscripta se encuentra fa09 del Registro de esta Gobernacultada para dictar el presente acto ción, y administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la CONSIDERANDO:
Constitución Provincial DECRETO Nº 862

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 27/5/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date27/05/2009

Page count48

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