Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 12/7/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XV - Ushuaia, Miércoles 12 de Julio de 2006 - Nº 2163
DECRETO N 2762

05-07-06

ARTICULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Dora Gladys ELGUERO, D.N.I. N 13.319.103, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004
febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T.
Nros. 1018/06 y 1509/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1509/06.
ARTÍCULO 3- Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1509/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2763

05-07-06

ARTÍCULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Graciela Andrea NAVARRO, D.N.I. N
16.617.166, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1479/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 10 18/06
y 1479/06.
ARTÍCULO 3- Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1479/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judi-

cial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24
de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2764

05-07-06

ARTÍCULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Lila Dominga AVILA, D.N.I. N 5.874.094, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004
febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T.
Nros. 1018/06 y 1515/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1515/06.
ARTÍCULO 3- Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1515/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24
de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2765

05-07-06

ARTÍCULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Ada Luisa BAIZ ALVAREZ D.N.I. N
13.104.687, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1510/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemen-

to REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 10 18/06
y 1510/06.
ARTÍCULO 3- Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1510/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24
de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2766

05-07-06

ARTÍCULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente María Fernanda VENA, D.N.I. N 14.844.966, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004
febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T.
Nros. 1018/06 y 1269/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1269/06.
ARTÍCULO 3- Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1269/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2767

05-07-06

ARTÍCULO 1- No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por el agente Ramón Alberto SOTELO, legajo N 10911812/00, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte del citado agente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales de-

vengadas por el período enero 2004
febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T.
Nros. 1018/06 y 1511/06.
ARTÍCULO 2- No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/06
y 1511/06.
ARTICULO 3- Notificar al agente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.L. y T. Nros.
1018/06 y 1511/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2768

05-07-06

ARTÍCULO 1- No hacer lugar al recurso de reconsideración deducido por el señor Omar Héctor ROBLEDO, DNI. N 14.766.464, contra el Decreto Provincial N 4434/05 mediante el cual se revocaron por razones de ilegitimidad las designaciones en planta transitoria y luego en planta permanente del mencionado, efectuadas por Decretos Provinciales N 2000/
03 y su rectificatorio N 3006/03 y N 1374/05 respectivamente, ello en virtud de los considerandos que anteceden y los motivos expuestos en el Dictamen S.L. y T. N 1638/06.
ARTÍCULO 2- Notificar al interesado con copia autenticada del presente y del Dictamen S.L. y T. N
1638/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva, dentro del plazo de los noventa 90 días hábiles judiciales, computados a partir de la notificación del presente, ello conforme los artículos 8, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTÍCULO 3- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2769

05-07-06

VISTO el expediente N 10358-SL/
06 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación del señor Fiscal de Estado adjunto mediante la cual somete a consideración del señor Gobernador la posibilidad de arribar a un acuerdo transaccional en el marco de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 12/7/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date12/07/2006

Page count57

Edition count3738

First edition02/01/2002

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