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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 24/9/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XIII - Ushuaia, Viernes 24 de Septiembre de 2004 - Nº 1887
"1904 - 2004 Centenario de la Presencia Argentina Ininterrumpida en el Sector Antártico"
Nº 1887
AÑO XIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Mario Jorge Colazo Gobernador
Dn. Hugo Omar Coccaro Vicegobernador
Sr. Alejandro Daniel VERNET
Dr. Marcelo Román MORANDI
Sra. Myriam Beatriz FRANCISQUINI
Sr. Jorge Enrique PASSERINI
Ministro Coordinador de Gabinete
Ministro de la Producción
Ministro de Desarrollo Social
Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr. Vicente FILOSA
Ing. Hugo Luis ASNARD
Sra. Karina Alejandra PACE
Sra. Ana Rosa LAZOS
Ministro de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Turismo y Medio Ambiente
Secretaria General de Gobierno
Lic. Juan Manuel ROMANO
Prof. Walter Sergio DANGELO
Sr. Pablo Javier GOMEZ
Sra. Ana María del Carmen CORDOBA
Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministro de Educación y Cultura
Ministro de la Juventud y Deportes
Secretaria de Relaciones Institucionales y con la Comunidad
Ing. Jorge Alberto Francisco ANDINO
Dr. Daniel Humberto NOVOA
Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE
Sra. Marisa Luz DUME
Ministro de Hidrocarburos, Energía y Minería
Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretaria de Relaciones Internacionales y Programas Especiales
Ushuaia, Viernes 24 de Septiembre de 2004
DECRETO N 3234
10-09-04
VISTO la Ley Provincial N 175; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se estableció la prohibición de fumar en dependencias de los tres Poderes del Estado Provincial, Organismos Constitucionales, de Control, Autárquicos, Descentralizados y mixtos, con atención o no del público.
Que el tabaquismo constituye actualmente una epidemia de la mayor repercusión sanitaria, social y económica, contra la que los países integrantes de la Organización Mundial de la Salud, entre ellos el nuestro, han comprometido su mayor esfuerzo.
Que entre las múltiples estrategias indicadas figura la de generar espacios libres de tabaco, así como las de preservar la salud y los derechos de los no fumadores, alentar la abstención tabáquica, promover hábitos de vida saludables alejados del tabaco, etc.
Que en nuestra Provincia la adicción al tabaco adquiere una especial relevancia como generadora de enfermedad o muerte, que tenderá a acentuarse con el gradual envejecimiento de la población, favorecido por la permanencia en lugares cerrados en virtud de las características meteorológicas que nos obligan.
Que es un deber del estado preser-
var la salud de la población, y alentar el cambio de aquellos hábitos perjudiciales para la salud.
Que corresponde en la medida de lo posible, atender el derecho individual a la libre elección, preservando la salud de los no fumadores y de aquellos que desean abandonar la adicción.
Que habiéndose promulgado la mencionada Ley, procede su reglamentación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Aprobar la reglamentación de la Ley Provincial N
175, que como Anexo I, forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 3356
17-09-04
ARTICULO 1- A partir del día de
la fecha, reasumen sus funciones el suscripto y el señor Vicegobernador de la Provincia, Dn. Hugo Omar COCCARO.
ARTICULO 2- De forma.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Vicente FILOSA
DECRETO N 3359
COLAZO
Enzo FILOSA
DECRETO N 3357
17-09-04
ARTICULO 1- Comunicar su traslado el día 18 de septiembre de 2.004 a la ciudad de Puerto Williains - República de Chile, acompañado por funcionarios del Gabinete Provincial que se detallan en el Anexo I del presente.
ARTICULO 2- Dejar en ejercicio del Poder Ejecutivo al señor Presidente de la Legislatura Provincial, Dn. Hugo Omar COCCARO, a partir de la fecha indicada en el artículo 1.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Vicente FILOSA
DECRETO N 3358
20-09-04
ARTICULO 1- A partir del día dieciocho 18 de septiembre de 2004, reasumen sus funciones el suscripto y funcionarios del Gabinete Provincial detallados en el Anexo I del Decreto Provincial N 3357/04.
20-09-04
VISTO la decisión del Gobierno Provincial de iniciar las gestiones de ingreso a operatorias de crédito financiadas por Organismos Internacionales en el marco de fomento a la inversión productiva de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que entre las políticas encaradas por la presente gestión, resultan prioritarias aquellas destinadas a obtener financiamiento para promover el desarrollo y la modernización productiva, en condiciones que permitan fomentar inversiones en actividades como el turismo, la pesca y la acuicultura, la explotación forestal y de otros recursos renovables, las actividades extractivas y su industrialización, y aquellas vinculadas con el desarrollo económico sustentable.
Que estas gestiones fueron iniciadas por el suscripto en oportunidad de la Asamblea Anual de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, llevada a cabo en la ciudad de Lima, Perú, formulando los requerimientos para acceder a la
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"