Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIII - Ushuaia, Lunes 19 de Enero de 2004 - Nº 1784

dole saber que no podrá disponer ni hacer uso, en lo sucesivo, de dicha turbera.
ARTICULO 4- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 160

16-12-03

ARTICULO 1- Caducar las presentes actuaciones mediante las cuales tramita el Registro de Manifestación de Turba, a favor del Sr. Andrés Alberto ALONSO, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 90 de la Ley Provincial 141, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2- Ordenar el archivo de las presentes actuaciones, ello conforme a los considerandos precedentes.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, con entrega de copias autenticadas de la presente, haciéndole saber que no podrá disponer ni hacer uso, en lo sucesivo, de dicha turbera.
ARTICULO 4- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 161

16-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 60 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales a la empresa ARROBA S.R.L., con domicilio en calle Houssay N 795 de la localidad de Río Grande.
ARTICULO 2- La presente inscripción sólo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 162

17-12-03

ARTICULO 1- Aprobar el Informe de Impacto Ambiental presentado por Minera Terrafertil Fueguina S.R.L., referente a un proyecto de explotación de un yacimiento de turba denominado Turbera "Valen-Martu", ubicado en las cercanías de la Ruta Complementaria N16, a aproximadamente 13.2 Km. de la Ruta Nacional N 3.
ARTICULO 2- Exigir al solicitante la presentación de un informe bianual conteniendo los resultados de las acciones de protección ambiental ejecutadas, como también los hechos nuevos que se hubieran producido, a fin de que la Autoridad de Aplicación actualice el presente acto administrativo que reviste carácter de Decla-

ración de Impacto Ambiental, tal lo establecido por el Artículo 11
de la Ley Nacional N 24.585 de Protección Ambiental para la Actividad Minera.
ARTICULO 3- Exigir al solicitante el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental propuesto, de las medidas de mitigación ambiental detalladas en el Informe de Impacto Ambiental y las que como Anexo I forman parte integrante de la presente, exigencias que revisten carácter de obligaciones emergentes de esta Declaración de Impacto Ambiental.
ARTICULO 4- Hacer saber al solicitante que esta Resolución, en carácter de Declaración de Impacto Ambiental, constituye una aceptación de los efectos sobre el ambiente de esta explotación, tratándose la misma de una actividad extractiva de un recurso no renovable.
ARTICULO 5- Notificar al solicitante de los alcances de los Artículos 12, 13 y 18 de Protección Ambiental para la Actividad Minera.
ARTICULO 6- Gírese copia de la presenta Resolución a la Subdirección de Geología y Minería, dependiente de la Subsecretaria de Recursos Naturales.
ARTICULO 7- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 163

17-12-03

ARTICULO 1- Aprobar el Informe de Impacto Ambiental presentado por Minera Terrafertil Fueguina S.R.L., referente a un proyecto de explotación de un yacimiento de turba denominado "Turbera La July", ubicado en las cercanías de la Ruta Complementaria N 16, a aproximadamente 13.2 Km. de la Ruta Nacional N
3.
ARTICULO 2- Exigir al solicitante la presentación de un informe bianual conteniendo los resultados de las: acciones de protección ambiental ejecutadas, como también los hechos nuevos que se hubieran producido, a fin de que la Autoridad de Aplicación actualice el presente acto administrativo que reviste carácter de Declaración de Impacto Ambiental, tal lo establecido por el Artículo 11
de la Ley Nacional N 24.585 de Protección Ambiental para la Actividad Minera.
ARTICULO 3- Exigir al solicitante el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental propuesto, de las medidas de mitigación ambiental detalladas en el Informe de Impacto Ambiental y las que como Anexo I forman parte integrante de la presente, exigencias que revisten carácter de obligaciones emergentes de esta Declaración de Impacto Ambiental.

ARTICULO 4- Hacer saber al solicitante que esta Resolución, en carácter de Declaración de Impacto Ambiental, constituye una aceptación de los efectos sobre el ambiente de esta explotación, tratándose la misma de una actividad extractiva de un recurso no renovable.
ARTICULO 5- Notificar al solicitante de los alcances de los Artículos 12, 13 y 18 de Protección Ambiental para la Actividad Minera.
ARTICULO 6- Gírese copia de la presenta Resolución a la Subdirección de Geología y Minería, dependiente de la Subsecretaría de Recursos Naturales.
ARTICULO 7- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 164

18-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 61 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales al señor Emilio Segundo FERNANDEZ., con domicilio en calle Lfller N 661 de la localidad de Río Grande.
ARTICULO 2- La presente inscripción sólo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 165

18-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 63 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales al señor Lidia Ester ECHEVERRIA, con domicilio en calle Lfller N 661 Edificio 22
Dep. 14 de la localidad de Río Grande.
ARTICULO 2- La presente inscripción sólo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 166

18-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 62 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales al señor Víctor Fernando DELGADO, con domicilio en calle Patagonia N 571 de la loca-

lidad de Río Grande.
ARTICULO 2- La presente inscripción sólo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado; comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 167

18-12-03

ARTICULO 1- REGISTRESE
por Escribanía de Minas en el REGISTRO DE MANIFESTACIONES, a nombre del MINERA TERRAFERTIL FUEGUINA SRL, el yacimiento de mineral de Turba denominado "TURBERA
VALENMARTU", ubicado en las cercanías de la Ruta Complementaria N 16, a aproximadamente 13.20 Km. De la Ruta nacional N
3 camino de Aguas Blancas, conforme lo prescripto por los artículos 51, 52 y 53 del Código de Minería.
ARTICULO 2- PUBLÍQUENSE
edictos en legal forma en el "Boletín Oficial", por tres 3 veces en el término de quince 15 días arts. 53, C.M. y notifíquese al propietario superficiario.
ARTICULO 3- DENTRO del plazo de cien 100 días, contados desde el día siguiente al del registro, el descubridor tendrá hecha la labor legal que ponga de manifiesto el criadero, la que comunicará por escritoen la forma que prescriben los artícu-los 68
del Código de Minería.
ARTICULO 4- DENTRO de los treinta días 30 días de comunicada la realización de la labor legal, el registrador deberá solicitar mensura y demarcación de pertenencias en la forma indicada por los artículos 81 y 82 del Código de Minería, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Minería.
ARTICULO 5- DENTRO del plazo de un 1 año, contando a partir de la fecha de la petición de mensura que prescribe el artículo 81 del Código de Minería, y esté o no mensurada la mina, el concesionario deberá presentar a la autoridad minera una estimación del plan y monto de las inversiones de capital fijo que se proponga a efectuar Art. 217, C.M..
ARTICULO 6- NOTIFIQUESE
formalmente por CEDULA.
ARTICULO 7- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 168

16-12-03

ARTICULO 1- REGISTRESE por Escribanía de Minas en el REGIS-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date19/01/2004

Page count20

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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