Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIII - Ushuaia, Lunes 19 de Enero de 2004 - Nº 1784
TRO DE MANIFESTACIONES, a nombre de la empresa MINERA
TERRAFERTIL FUEGUINA
S.R.L., el yacimiento de mineral de Turba denominado "TURBERA LA
JULY", ubicado sobre las cercanías de la Ruta Complementaria N 16, a aproximadamente 13.20 Km. De la Ruta Nacional N 3, conforme lo prescripto por los artículos 51, 52
y 53 del Código de Minería.
ARTICULO 2- PUBLÍQUENSE
edictos en legal forma en el "Boletín Oficial", por tres 3 veces en el término de quince 15 días arts. 53, C.M. y notifíquese al propietario superficiario.
ARTICULO 3- DENTRO del plazo de cien 100 días, contados desde el día siguiente al del registro, el descubridor tendrá hecha la labor legal que ponga de manifiesto el criadero, la que comunicará por escrito en la forma que prescriben los artículos 68 del Código de Minería.
ARTICULO 4- DENTRO de los treinta días 30 días de comunicada la realización de la labor legal, el registrador deberá solicitar mensura y demarcación de pertenencias en la forma indicada por los artículos 81
y 82 del Código de Minería, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Minería.
ARTICULO 5- DENTRO del plazo de un 1 año, contando a partir de la fecha de la petición de mensura que prescribe el artículo 81 del Código de Minería, y esté o no mensurada la mina, el concesionario deberá presentar a la autoridad minera una estimación del plan y monto de las inversiones de capital fijo que se proponga a efectuar Art. 217, C.M..
ARTICULO 6- NOTIFIQUESE
formalmente por CEDULA.
ARTICULO 7- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 169

30-12-03

ARTICULO 1- Autorizar a La empresa SEINCO S.A. con domicilio en Staiyakin 2652 de la Ciudad de Ushuaia, como transportista de residuos patológicos.
ARTICULO 2- Inscribir al vehículo Tipo Furgoneta, Marca RENAULT, Modelo EXPRESS RL, Dominio CZH-785, como transporte de residuos patológicos.
ARTICULO 3- Él responsable de la empresa deberá mantener actualizados los datos y requerimientos establecidos en la Ley Provincial 105 y los exigidos por la Autoridad de Aplicación atentos de mantener la vigencia de la presente Resolución ARTICULO 3- De forma.
HAVELKA
RESOL. N 170

30-12-03

ARTÍCULO 1- EXCEPTUAR
de la prohibición establecida por
Ley Provincial 101, para realizar cría en semicautiverio de la especie Lama guanicoe "guanaco", al Señor Carlos ANDINO.
ARTÍCULO 2- AUTORIZAR al Señor Carlos ANDINO para realizar la captura de cuarenta 40
chulengos dentro del predio de su propiedad, ubicado en la Parcela Rural 196 R-Sección T-Macizo 3000 del Departamento Río Grande, a fin de comenzar con la primera etapa del proyecto de cría en semicautiverio.
ARTÍCULO 3- Los responsables del proyecto deberán cumplir con lo establecido en el Anexo I de la Resolución S.A. y D.S. N
82/2003.
ARTÍCULO 4- Logrado el plantel básico para la producción futura y previa evaluación por parte de esta autoridad de aplicación, el establecimiento deberá tramitar la correspondiente inscripción el Registro Provincial de Criaderos Comerciales de la Fauna Silvestre y Animales de Granja, según Resolución S.R.N. y A.H. N
309/97.
ARTÍCULO 5- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 171

30-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 67 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales al señor Rubén Oscar Cerone, D.N.I. N 10.757.905, con domicilio en calle Minkiol N
161 de a localidad de Río Grande.
ARTICULO 2- La presente inscripción sólo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 172

30-12-03

ARTICULO 1- Aceptar en el marco del Decreto Provincial N
503/01 los productos forestales entregados por el obrajero forestal Eliseo Levín, según documentación obrante a fojas 45 y 46.
ARTICULO 2- Compensar al obrajero forestal Eliseo Levín el monto de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON
TRES CENTAVOS $ 873,03, la deuda remanente de igual importe.
ARTICULO 3- Dar por cancelada la deuda forestal consolidada del obrajero forestal Eliseo Levín, de PESOS DIECINUEVE MIL

CUATROCIENTOS TRES CON
CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 19.403, 51, según el correspondiente Convenio.
ARTICULO 4- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 173

30-12-03

ARTICULO 1- Aceptar en el marco del Decreto Provincial N
503/01 los productos forestales entregados por el obrajero forestal Maderera Cardozo Hnos., según documentación obrante a fojas 33 a 36.
ARTICULO 2- Compensar al obrajero forestal Maderera Cardozo Hnos. el monto de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y U N C E N TAV O S $
7.877,71, la deuda remanente de igual importe.
ARTICULO 3- Dar por cancelada la deuda forestal consolidada del obrajero forestal Maderera Cardozo Hnos., de a PESOS
NUEVE MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y DOS CON
OCHENTA Y SEIS CENTAVOS
$ 9.552,86, según el correspondiente Convenio.
ARTICULO 4- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 174

30-12-03

ARTICULO 1- Aceptar en el marco del Decreto Provincial N 503/01
los productos forestales entregados por el obrajero forestal Manuel Belver Ruvira "Aserradero Isla Grande", según documentación obrante a fojas 51.
ARTICULO 2- Compensar al obrajero forestal Manuel Belver Ruvira "Aserradero Isla Grande", el monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON
SESENTA Y SEIS CENTAVOS $
1.946,66, la deuda remanente de igual importe.
ARTICULO 3- Dar por cancelada la deuda forestal consolidada del obrajero forestal Manuel Belver Ruvira "Aserradero Isla Grande", de PESOS
VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON
VEINTINUEVE CENTAVOS $
24.724,29, según el correspondiente Convenio.
ARTICULO 4- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

los productos forestales entregados por el obrajero forestal Maderera Lago S.R.L., según documentación obrante de fojas 57 a 61.
ARTICULO 2- Compensar al obrajero forestal Maderera Lago S.R.L., el monto de PESOS SIETE MIL
CIENTO TRES CON CUARENTA
Y DOS CENTAVOS $ 7.103,42, la deuda remanente de igual importe..
ARTICULO 3- Dar por cancelada la deuda forestal consolidada del obrajero forestal Maderera Lago S.R.L., de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON
ONCE CENTAVOS $ 11.83 1,1 l, según el correspondiente Convenio.
ARTICULO 4- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 176

30-12-03

ARTICULO 1- Aceptar en el marco del Decreto Provincial N 503/01

30-12-03

ARTICULO 1- Otorgar con arreglo al Artículo 9, inciso a, de la Ley Provincial N 145, un permiso anual al Pequeño Productor Forestal Pablo Villena, matrícula N 24 para el aprovechamiento de hasta UN MIL
METROS CUBICOS 1.000 M3 de leña, QUINIENTOS METROS
CUBICOS 500 m3 de postes y hasta UN MIL METROS CUBICOS 1.000 m3 de madera rolliza para aserrío, abarcando una superficie aproximada de tres 3 ha, en el Cuartel Forestal Río Ginebra, según se indica en el plano que en fotocopia autenticada se adjunta a la presente como Anexo I.
ARTICULO 2- Las tareas de aprovechamiento deberán ajustarse a las normas que se adjuntan a la presente como Anexo II.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
HAVELKA
RESOL. N 177

30-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matricula N 64 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales al señor Luis Diosnel Fregosini, DNI
N 12.311.78 1 con domicilio en Ruta Nac. N 3 km 2936 de la localidad de Tolhuin.
ARTICULO 2- La presente inscripción solo faculta al Pequeño Productor Forestal a operar exclusivamente en zona que le asigne la Autoridad Forestal y su permanencia en el mencionado registro está además, sujeta a la disponibilidad de materia prima.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

HAVELKA
RESOL. N 175

7

HAVELKA
RESOL. N 178

30-12-03

ARTICULO 1- Inscribir bajo Matrícula N 66 del Registro Provincial

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date19/01/2004

Page count20

Edition count3738

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Last issue23/01/2024

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