Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/12/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan
Boletín Oficial
LEY N 1535-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Apruébase el Convenio Específico al Convenio Marco de Colaboración ratificado por Decreto N 1659-MPeI-16 cuyo objeto radica en la ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en la localidad de Las Casuarinas del Departamento 25 de Mayo, celebrado entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan; suscripto a los 31 días del mes de Agosto de 2016, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1695MPeIde fecha 27 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1535-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY N 1536-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Apruébase el Convenio Específico al Convenio Marco de Colaboración ratificado por Decreto N 1659-MPeI-16, cuyo objeto consiste en la ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en los barrios: San Jorge y Pie de Palo del Departamento San Martín, celebrado entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan, suscripto a los 31 días del mes de Agosto de 2016,
San Juan, Martes 27 de Diciembre de 2016
ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1697-MPeIde fecha 27 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1536-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
LEY N 1537-H
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Impónese el nombre de Escuela Técnica de Capacitación Laboral Padre Nazareno Sinigaglia, a la Escuela Técnica de Capacitación Laboral N 11, ubicada en Ruta 279 s/n, localidad La Chimbera, Departamento 25 de Mayo, dependiente de la Dirección de Educación Secundaria Técnica y de Formación Profesional del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1537-H, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
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