Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
LEYES
LEY N 1532-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Convenio Específico al Convenio Marco N 0054; ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1659-MPel-16, con el objeto de la ejecución de obras de infraestructura básica, y fortalecimiento comunitario, en el Departamento Zonda, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan; y la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, a los 31 días del mes de Agosto de 2016, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1677-MPel, en fecha 24 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1532-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY N 1533-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Aprobar el Convenio Específico al Convenio Marco N 0054; ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1659-MPeI-16, con el objeto de ejecutar obras de infraestructura básica, y fortalecimiento comunitario, en la Villa 9 de Julio del Departamento 9 de Julio, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan; y la Secretaría de Vivienda y Hábitat, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, a los 31 días del mes
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de Agosto de 2016, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1698-MPeI, en fecha 27 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1533-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY N 1534-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Apruébase el Convenio Específico al Convenio Marco N 0054, ratificado por Decreto N
1659-MPeI-16 cuyo objeto consiste en la ejecución de obras de Infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en la Villa Media Agua del Departamento Sarmiento, celebrado entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan; suscripto a los 31 días del mes de Agosto de 2016, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N1696-MPeIde fecha 27 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1534-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 13 de Diciembre de 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
San Juan, Martes 27 de Diciembre de 2016

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Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/12/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

CountryArgentina

Date27/12/2016

Page count12

Edition count1785

First edition17/05/2016

Last issue22/07/2024

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