Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/9/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 03 de Septiembre de 2.010

BOLETIN OFICIAL

- Espacios públicos de base física o virtual.
- Articulación y redes de trayectos educativos en los diferentes niveles y modalidades.
- Ámbitos urbanos, suburbanos, rurales, contextos de encierro domiciliarios y virtuales.
e Administración del Sistema y gobierno escolar:
- Armonización con legislación existente.
- Niveles de gobierno y responsabilidad.
- Órganos de gobiernos y administración del Sistema.
- Participación en el gobierno y la administración de sus actores y representantes.
- Consejeros escolares.
- Planeamiento educativo.
- Gestión pública y privada.
- Administración de la infraestructura escolar.
f Contenidos generales realtivos a diversidad cultural, religiosa, ideológica, étnica, etc.
Este temario será adecuado en una guía temática a fin de facilitar la participación popular.
COMISIÓN ORGANIZADORA
Artículo 5º: La organización del Foro Educativo Provincial está a cargo de una Comisión Organizadora compuesta por:
a La presidenta de la Honorable Legislatura Provincial.
b Los integrantes de la Comisión de educación, Cultura, Ciencia y Tecnología Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial, y los presidentes de los Bloques constituidos en la Cámara.
c La presidenta y los cinco 5 miembros del Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial del Educación.
d El Secretario de Estado de Educación, Cultura y Deporte de la Provincia, y e Un 1 representante designado por el Poder Ejecutivo Provincial.

PAGINA 3

Artículo 6º: Serán autoridades de la Comisión Organizadora:
a La presidenta de la Honorable Legislatura Provincial.
b La presidenta de la Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial, quien se desempeñará como presidenta alterna.
c Un 1 vicepresidente primero y un 1
vicepresidente segundo, elegidos entre los integrantes de la Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial.
d El secretario de la Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial, quien se desempeñará como secretario, y e Dos 2 prosecretarías, designadas por la Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial.
Artículo 7º: La Comisión Organizadora adoptará sus decisiones por simple mayoría de los miembros de la misma.
Artículo 8º: Son funciones de la Comisión Organizadora:
a Definir la metodología a aplicar para asegurar la participación de todos los sectores, sin parcialidades ni exclusiones.
b Elaborar pautas de organización, funcionamiento, y documentación soporte para los debates.
c Establecer la metodología de trabajo para el desarrollo del temario, que permita su análisis sistemático e integral.
d Designar un equipo de especialistas, debiendo respetarse en su conformación lo establecido en la Ley 2608.
e Elevar al Congreso Educativo Provincial el Documento Base que elabora el equipo de especialistas.
Artículo 9º: La Comisión Organizadora contará con un órgano ejecutivo presidido por la presidenta de la Comisión D de la Honorable Legislatura Provincial y asistido para el cumplimiento de sus funciones por el equipo de especialistas designado en el inciso d del artículo precedente-, y la Secretaría de la Honorable Cámara.
Artículo 10º: Son funciones del órgano ejecutivo:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/9/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date03/09/2010

Page count48

Edition count1319

First edition12/01/2001

Last issue12/07/2024

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