Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/7/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 31 de Julio de 2009

BOLETIN OFICIAL

do el ejercicio. Toda comunicación o citación a los socios deberá hacerse por un medio fehaciente y se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 159 último párrafo de la Ley 19.550. Séptima: El ejercicio comercial social cierra el día 31 de mayo de cada año, a cuya fecha se realizará el Inventario, Balance General, Estado de Resultados y demás documentos ajustados a las normas legales vigentes, que se considerarán aprobados si transcurridos treinta 30 días desde la fecha de puesta a disposición de cada socio, no se formularan observaciones por escrito. Octava: De las utilidades líquidas y realizadas se destinará:
A El 5% al Fondo de Reserva Legal hasta alcanzar el 20% del capital social; B El importe que se establezca para retribución de los Socios Gerentes, y C El remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción al capital integrado. Novena: El socio que desee ceder sus cuotas a terceros extraños a la sociedad o no, deberá tener la aprobación de socios que posean la totalidad de las cuotas sociales. En caso de fallecimiento o incapacidad declarada de un socio, su derecho Habiente o representante legal, deberá unificar personería y optar por incorporarse a la sociedad con la aprobación de los restantes socios a retirarse de la sociedad en forma a convenirse entre las partes en el término de 60 días. Décima: La sociedad se disuelve por las causas del Artículo 94 de la Ley 19550. La liquidación será practicada por el Socio Gerente o por la persona que designe el mismo al efecto. Decimaprimera: La constitución de la presente sociedad, no impide ni enerva el derecho de cada socio de atender sus profesiones o negocios particulares. Los socios se obligan a no ejercer por su cuenta o en sociedad, salvo autorización expresa de los otros socios, actividades afines o que compitan con la sociedad, mientras formen parte de la misma.
Decimasegunda: Toda modificación al presente contrato social que implique: A El aumento de capital con modificación de la composición societaria; B La transferencia de cuotas de capital por más del 50% del capital social, o cualquiera fuere el porcentaje si modificara el cómputo de las mayorías; C El cambio del elenco social por la incorporación de nuevos socios en una cantidad que supere los porcentajes señalados en el
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inciso anterior, o cualquiera que fuesen los mismos, cuando pudiesen alterar el control de la sociedad; D La transformación, fusión, escisión, disolución o liquidación total o parcial de la sociedad, deberá efectuarse por unanimidad absoluta. Decimatercera: Todas las divergencias o cuestiones que llegaran a suscitarse entre los socios, en relación de la interpretación del presente contrato, de la disolución y/o liquidación de la sociedad, serán sometidas a un solo árbitro, amigable componedor que se designará por acuerdo de partes divergentes en su oportunidad. El fallo que éste pronuncie, no impedirá el planteo de la cuestión en sede judicial. En este acto los socios deciden: A Establecer la sede social en Mitre 660, 6º Piso, Of. "C" de la ciudad de San Carlos de Bariloche. B Autorizar al Contador Víctor Enrique Heck y/o al Dr. Miguel Alberto Reto para realizar los trámites que integren este acto constitutivo hasta su inscripción en el Registro Público de Comercio. Igualmente se los faculta para aceptar cuando lo considere procedente, las observaciones que efectuaren las autoridades intervinientes en la tramitación y para interponer en su caso, los recursos que el Artículo 169 de la Ley 19.550 y el Código Procesal preveen, como así también a acompañar y desglosar documentación, depositar y retirar los fondos a que se refiere el Artículo 149 de la Ley 19.550, publicar edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y/o en cualquier otra jurisdicción, abonar los sellados que correspondan y realizar cualquier otro trámite ante el Banco Patagonia S.A. y/o cualquier otro organismo nacional, provincial o municipal. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los un días del mes de junio de 2003. Otras Inscripciones: Con fecha 19/05/
2004 fue autorizado el cambio de denominación de "SOUTH MEDICAL GROUP S.R.L." a "S.G.V.
MEDICAL S.R.L procediéndose a su inscripción bajo el N 2372, Legajo 342 de la Inspección Regional de Personas Jurídicas de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro. Con fecha 23/06/2005 se inscribió la cesión de cuotas por la que la Sra. Patricia Alejandra Semidubersky, D.N.I. 16.492.534, cedió a la Sra.
Juana Bronislava Ziembowicz, D.N.I. 93.799.665, cuarenta 40 cuotas iguales de pesos cien

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/7/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date31/07/2009

Page count36

Edition count1319

First edition12/01/2001

Last issue12/07/2024

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