Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/5/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 9.525

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a la construcción de un edificio escolar para el funcionamiento del Instituto Superior de Formación Docente Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros.
Artículo 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva con la participación necesaria de los Ministerios de Infraestructura y de Educación, Ciencia y Tecnología, a avocarse a la confección del mencionado Proyecto.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Periodo Legislativo, a diez días del mes de abril del año dos mil catorce. Proyecto presentado por los Bloques Justicialista Juan Domingo Perón e Hipólito Yrigoyen.
Sergio Guillermo Casas - Presidente - Cámara de Diputados Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo DECRETO N 801
La Rioja, 05 de mayo de 2014
Visto: el Expte. Código A1 N 03587-6/14, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 9.525, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 9.525, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia, con fecha 10 de abril de 2014.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología y por el señor Ministro de Infraestructura.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Bosetti, H.G., M.I. - Flores, R.W., M.E.C. y T.

DECRETOS
DECRETO Nº 732
La Rioja, 21 de abril de 2014
Visto: el Expediente Código A1-07246-5-11
Expropiación Ley Nº 9.016, mediante la cual se dispone la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación tres inmuebles ubicados en el barrio 25 de Mayo N de la ciudad Capital de La Rioja, departamento Capital de esta Provincia, y, Considerando:
Que a Fs. 6 y 7 luce Ley Nº 9.016 que declara la utilidad publica y sujeto a expropiación de urgencia, tres 3 inmuebles
Martes 27 de mayo de 2014

ubicados en el barrios 25 de Mayo N de la cuidad Capital de La Rioja, departamento Capital, la cual fuera sancionada con fecha 16 de junio de 2011, publicada en el Boletín Oficial N 10.908
con fecha 06 de setiembre de 2011.
Que el Plano de Mensura del inmueble definido en la Ley de Expropiación, se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el Tomo 89 - Folio 33, con fecha 17 de febrero de 2014.
Que a Fs. 55, 56 y 57 ha tomado intervención la Dirección General de Catastro informando la Valuación Fiscal de los inmuebles afectados.
Que de acuerdo al informe emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble, la parcela objeto de expropiación se encuentra registrada bajo los siguientes Dominios: Dominio: 379
- Folio 300 - Año 1938 - Dominio: 1383 - Folio 3516/17 - Año 1956, Titular Dominial: Rosa Romero de Alem, registrando numerosas marginales de ventas, planos, no pudiendo determinar remanentes.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art.
126º de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA
DECRETA:
Artículo 1º.- Exprópiese los inmuebles que se detalla y que fueran declarados de utilidad pública por Ley 9.016, ubicados en el barrio 25 de Mayo N de la cuidad capital de La Rioja, departamento Capital de esta Provincia: Dominio: 379 - Folio 300
- Año 1938 - Dominio: 1383 - Folio 3516/17 - Año 1956, Titular Dominial: Rosa Romero de Alem, registrando numerosas marginales de ventas, planos, no pudiendo determinar remanentes.
Fracción I: Nomenclatura Catastral: Departamento 01Sección D - Manzana 208 - Parcela g. Superficie: 8.640,47 m2
- Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición Nº 019821 de fecha 08 de mayo de 2013 e inscripto en Registro de la Propiedad en Tomo: 89 - Folio: 33. Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.510,00 debe deducirse un monto de $
8.770,49 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según Fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.
Fracción II: Nomenclatura Catastral: Departamento 01 Sección D - Manzana 214 - Parcela g.
Superficie: 8.611,86 m2. Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición Nº 019821 de fecha 08
de mayo de 2013 e inscripto en Registro de la Propiedad en Tomo 89 - Folio 33. Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.293,00 debe deducirse un monto de $ 8.747,00 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.
Fracción III: Nomenclatura Catastral: Departamento 01
- Sección D - Manzana 215 - Parcela 11. Superficie: 8.611,86
m2. Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición Nº 019821 de fecha 08 de mayo de 2013 e inscripto en Registro de la Propiedad en Tomo 89 - Folio 33.
Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.103,40 debe deducirse un monto de $ 8.720,00 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.
Artículo 2º.- Establécese como monto indemnizatorio provisorio a efectos de la expropiación de urgencia la valuación fiscal informada por los organismos competentes esto es la suma de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con Tres Centavos 169.668,03.
Artículo 3º.- Consígnese judicialmente el monto de la valuación fiscal, es decir la suma de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con Tres Centavos $
169.668,03 ello atento lo expresado en el Artículo 2º.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/5/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date27/05/2014

Page count16

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First edition02/01/1998

Last issue18/06/2024

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