Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/4/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 20 de abril de 2010

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Considerando:

Considerando:

Que mediante el acto administrativo citado se excluyó de la norma general establecida por el Decreto Nº 2.310/90, al personal de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, y se autorizó a prestar servicios bajo la modalidad de mayor disponibilidad horaria.
Que tal medida obedeció a la necesidad de contar con el personal del Organismo, a más de las tareas habituales y específicas de competencia, la implementación del sistema de recursos humanos Adelia que prolonga fuera del horario habitual de trabajo las tareas de los mismos.
Que mediante sus Artículos 4º y 5º, se establecieron las modificaciones que se deben cumplimentar para la percepción de los servicios prestados.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva modificar dichas condiciones por lo que procede modificar los mencionados artículos e incorporar otras que permitan el mejor desempeño de los agentes públicos.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
Que a través de la misma solicita una ayuda financiera con cargo de oportuna restitución conforme se acuerde, por la suma de Pesos Cincuenta Mil $ 50.000,00, para ser destinados a la continuidad de la ampliación del emprendimiento turístico Torres del Cerro Apart, localizado en la ciudad de Chilecito.
Que, atento a la naturaleza del pedido formulado y el destino que se le dará a los recursos es propósito hacer lugar a lo solicitado por el señor Seárez para lo cual resulta menester disponer de la suma y por el concepto antes mencionado, la que será efectivizada en carácter de préstamo y retornado al Tesoro General de la Provincia conforme se convenga.
Que, en este sentido, corresponde instruir al Ministerio de Hacienda a convenir con el peticionante, los términos para la devolución de los recursos en cuestión, la que deberá debidamente garantizada.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícanse, a partir del 01 de diciembre de 2009, los textos de los Artículos 4º y 5º del Decreto Nº 551/06, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
Artículo 2º.- Por cada jornada de mayor disponibilidad horaria efectivamente cumplida, entendiéndose por tal la prestación de servicios durante un mínimo de dos 2 horas diarias posteriores al horario habitual de trabajo, el agente autorizado tendrá derecho a percibir la suma bruta de Pesos Veinte $ 20,00.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda, a liquidar y abonar los servicios que cumplan los agentes de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, previa autorización de dicho Ministerio, de conformidad con lo dispuesto por el presente acto administrativo. Para ello el titular de la Dirección General antes citada deberá remitir la nómina de agentes y las jornadas cumplidas bajo la modalidad autorizada, de acuerdo a necesidades de servicio, con un total por agente que no deberá superar las veinte 20 jornadas mensuales.
Artículo 4º.- Facúltase excepcionalmente al Ministerio de Hacienda a autorizar en forma expresa y fehaciente para que el personal de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes cumpla servicios en jornadas que superen las dos horas autorizadas como máximo por el Artículo 4º del Decreto Nº 551/06, modificado. Los servicios cumplidos en estas condiciones se abonarán incrementando en forma proporcional el importe determinado por jornada, a las horas efectivamente cumplidas en exceso, sin que ello implique de modo alguno superar el cupo máximo mensual autorizado por el Artículo 3º del citado acto administrativo.
Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Destínase la suma de Pesos Cincuenta Mil $ 50.000,00, a efectos de asistir financieramente en calidad de préstamo al señor Carlos Ramón Searez, DNI Nº 8.015.621, con domicilio en Santa Rosa Nº 880 de la ciudad de Chilecito, de conformidad con los antecedentes contenidos en Expte.
F14- Nº 0953-2-09 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior por la Dirección General de Obligaciones a cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago a nombre del titular de dicho organismo, por la suma y concepto ya expresados, para su entrega a favor del señor Carlos Ramón Searez, DNI Nº 8.015.621, con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.
Artículo 3º- Instrúyese al Ministerio de Hacienda para convenir con el señor Carlos Ramón Searez, DNI Nº 8.015.621, los términos de la devolución de la suma indicada en el Artículo 1º, la que deberá estar debidamente garantizada.
Artículo 4º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi M.A., S.H.
RESOLUCIONES AÑO 2009
RESOLUCION M.P. y D.L. Nº 397
La Rioja, 03 de setiembre de 2009

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

Visto: la Resolución del Ministerio de Producción y Desarrollo Local Nº 249/08, mediante la cual se crea el Programa FERYA 2008; y
La Rioja, 30 de diciembre de 2009

Considerando:

DECRETO Nº 1.771

Visto: el Expediente F14- Nº 00953-2-Año 2009, que contiene la presentación realizada por el señor Carlos Ramón Searez, DNI Nº 8.015.621; y
Que dicho programa fue creado con el objeto de fortalecer a Emprendedores Riojanos y Artesanos, estableciendo redes de comercialización sólidas que

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/4/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date20/04/2010

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First edition02/01/1998

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