Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 08 de mayo de 2009

BOLETIN OFICIAL

Pág. 5

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 8.484 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 12 de marzo de 2009.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Deportes, Juventud y Solidaridad.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.

Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 8.485 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 12 de marzo de 2009.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Tierras y Hábitat Social.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. Ceballos, I., S.D.J. y S.

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Puy Soria, A.A., S.T. y H.S.

LEY N 8.485

LEY Nº 8.490

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1.- Elimínanse del listado contenido en el Anexo I de la Ley Nº 7.991, a las personas cuyos nombres, documentos y orden en la nómina se detallan a continuación:
ANEXO I
Nómina Barrio Los Dorados Sur 04
13
58
62
64
65
76
77
81
89
92

Almonacid, Lucía Camacho, Silvia A
Ormeño, Cristina del Valle Ormeño, Francisco Javier Ormeño, María Margarita Ormeño, Nancy Marina Rearte, Griselda Daniela Rearte, Lucía Nora Rodríguez, Francisca del C.
Torrejón, Fanny Vera, Verónica de los Andes
D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº D.N.I. Nº
10.293.836
17.745.204
24.527.749
23.307.822
23.307.081
23.307.801
23.241.264
28.564.712
06.137.733
26.215.496
26.065.101

Artículo 2.- Modificase el Anexo I de la Ley Nº 7.991, Nº de orden 23, el que quedará redactado como sigue:
23

Páez, Raúl Alfredo Aróstica, Alejandra Dayana
D.N.I. Nº D.N.I. Nº
34.524.702
36.708.355

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 124 Período Legislativo, a doce días del mes de marzo del año dos mil nueve. Proyecto presentado por el diputado Pedro Enrique Molina.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo DECRETO Nº 366
La Rioja, 27 de marzo de 2009
Visto: el Expediente Código A1 Nº 01156-5/09, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley Nº 8.485 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
Artículo 1.- Apruébase el Convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, representada por su titular Ing. José Francisco López; la Subsecretaría de Obras Públicas de la Nación, representada por su titular, Ing. Abel Claudio Fatala; y el Gobierno de la provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder Herrera, suscripto en la ciudad de Buenos Aires, a los doce días del mes de noviembre de 2008.
Artículo 2.- El texto del Convenio Marco forma parte de la presente ley como Anexo.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 124 Período Legislativo, a diecinueve días del mes de marzo del año dos mil nueve. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo ANEXO

Convenio Marco Entre la Secretaría de Obras Públicas en adelante la Secretaría dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representada en este acto por su titular, Ingeniero José Francisco López, la Subsecretaría de Obras Públicas en adelante la Subsecretaría, organismo dependiente de la Secretaría, representada por su titular, Ingeniero Abel Claudio Fatala, ambas con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 250, piso 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por una parte, y por la otra la Provincia de La Rioja en adelante la Provincia, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder Herrera, con domicilio en la calle 25 de Mayo y San Nicolás de Bari de la ciudad de La Rioja, provincia de La Rioja, acuerdan celebrar el presente convenio marco, sujeto a las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera: La Secretaría, la Subsecretaría y la Provincia declaran que es de interés de las partes el desarrollo de la obra denominada Repavimentación y Pavimentaciones Urbanas -Segunda Etapa - Provincia de La Rioja, en adelante la Obra ubicada en la provincia anteriormente mencionada.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/5/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date08/05/2009

Page count24

Edition count2476

First edition02/01/1998

Last issue18/06/2024

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