Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/9/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 14 de setiembre de 2007

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

92

992

0

36
1 Total General
Destino
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificase el Artículo 4º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868, estimándose un incremento en las Fuentes y en las Aplicaciones Financieras en igual proporción, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2º.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establecido en el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Cayol, R.E., M.H. y O.P. - Guerra, R.A., S.H.
ANEXO

Administración Provincial Fuente Financiamiento Nivel Institucional Concepto Endeud. Púb. e Increm. de O/Pasivos Colocación de deuda interna a largo plazo Total
Administración Central 499.722,00

Organismo Descentralizado
Instituc. de Seg. Social
Total
499.722,00

499.722,00

499.722,00

499.722,00

499.722,00

Disminución del Patrimonio Disminución de Reservas Total General
Incrementos
FF

Ced
Sbconc.
0

0

670

499.722,00
499.722,00

Administración Central 499.722,00
499.722,00
499.722,00

Organismo Descentralizado
Instituc. de Seguridad Social
Total
499.722,00
499.722,00
499.722,00

SP.

F.F.

OB

U.G.

AC

PPY

0 0 0 1401 670
Total General
PA.

96 0

I.

910

P.

0

SP

91

PG

1

Subjur r SAF

Jur.

Gastos Orden
Que Tesorería General de la Provincial, conjuntamente con la Contaduría General de la Provincia y de la Dirección General de Deuda Pública, procedió a efectuar un arqueo físico del mencionado instrumento financiero, resultando una disponibilidad real de Pesos Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Setenta y Dos $ 499.772,00.
Que se hace necesaria la incorporación presupuestaria de dicho instrumento de financiamiento, por el importe constatado en el arqueo realizado, para posibilitar su pago en el marco de la Administración Financiera Provincial.
Que el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868, para la Administración Pública Provincial faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medada que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2º y4º de la citada Ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto de Distribución Nº 164/99, Reglamentario de la Ley Nº 6.868.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868 y 123º de la Constitución Provincial,
2

Administración Provincial - Aplicaciones Financieras
Nivel Institucional
Considerando:

Conc.

Clase
Tipo
S.A.F.

Jur.

Visto: el Expediente Código F14 00722-1/2000, mediante el cual Tesorería General de la Provincia, tramita la incorporación al Presupuesto de la Administración Provincial Ley Nº 6.868, de Bonos de Cancelación de Deudas Tipos B por un monto de $ 908.000,00, autorizados por Ley Nº 6.944, para cancelar las obligaciones contraídas por el Estado Provincial; y,
Sbjur.

La Rioja, 07 de diciembre de 2000

Disminuciones
Recursos
DECRETO Nº 1.214

8

5

2

0

Incrementos
Disminuciones
499.772,00
499.722.00

RESOLUCIONES
RESOLUCION S.I. y P.I. Nº 063
La Rioja, 08 de agosto de 2007
Visto: El Expte. Cód. D11 Nº 00025-1-Año 2005 por el que se inicia el procedimiento previsto en el Capítulo III del Decreto-Ley Nº 4.292, en relación con la situación de la firma PUR KL S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional Nº 22.021 mediante el Decreto Nº 3.104/86 y el Decreto Nº 4.171/85, modificado por Decreto Nº 196/95, Anexo I; y, Considerando:
Que la Función Ejecutiva tiene a su cargo las facultades de evaluar y verificar el cumplimiento de las obligaciones de las empresas beneficiarias, conforme lo establecen los Arts. 16º de la Ley Nacional Nº 22.021 y 24º del Decreto Nacional Nº 3.319/79.
Que estas facultades en lo relativo al procedimiento sumarial previsto en el Decreto-Ley Nº 4.292/83, han sido delegadas en la Secretaría de Industria y Promoción de Inversiones por el Decreto Nº 280/06.
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P. denuncia ante la Autoridad de Aplicación que la firma PUR KL S.A. entregó Bonos de Crédito Fiscal a proveedores que no son productores de materia prima o semielaborada de origen nacional, transgrediendo lo dispuesto por el Art. de la Ley Nacional Nº 22.021.
Que con motivo de dicha denuncia se inició el trámite sumarial previsto por el Decreto-Ley Nº 4.292/83, comunicándose al organismo nacional mencionado de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 143 de la Ley Nacional Nº 11.683 y sus modificatorias.
Que se realizó una inspección técnica a la firma PUR
KL S.A., no pudiéndose realizar la inspección contable por la negativa de los profesionales encargados de la contabilidad empresaria a suministrar la información requerida.
Que de las constancias de autos e informes producidos, la firma PUR KL S.A. incumplió los siguientes compromisos como beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional Nº 22.021: 1 presentar información con plazo obligatorio; 2
suministrar información requerida; 3 ocupar mano de obra comprometida; y 4 producción mínima.
Que estos incumplimientos se encuentran tipificados respectivamente como faltas de forma los dos primeros, por el Art.
1º, incisos a y b; y como faltas de fondo los dos restantes por el Art. 2º, incisos c y h, del Decreto Nº 2.140/84.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/9/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date14/09/2007

Page count20

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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