Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/10/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 644
La Rioja, 17 de mayo de 2005
Visto: el Expediente Código F43-N 00306-5-Año 2005, mediante el cual la Dirección General de Presupuesto tramita la incorporación de recursos recibidos desde el Estado nacional por la suma de $ 2.568.628,08; y
Martes 04 de octubre de 2005

que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3 - Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establece el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto N 7.785.
Artículo 4 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5 - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Considerando:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2 - Modifícase el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ley N 7.785, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.
ANEXO
RECURSOS

Tipo
Clase
Conc.

Sbconc.

0

992

17

2

1

2
0 111
TOTAL GENERAL

Dismin.

FF.

CED.

S.A.F.

Jur.
92

Sbjur.

Increm.

2.568.628,08
2.568.628,08

1401 111

8

4

7

TOTAL GENERAL

SP.

0

P.

0

PA.

0

I.

0

FF.

OB.

96

UG.

AC.

910

PY.

0

SP.

91

PG.

Sbjur.

1

S.A.F.

Jur.

GASTOS
Ord.

Que tales recursos surgen de la asignación de la parte proporcional a la provincia de La Rioja, por el remanente distribuido por el Gobierno Nacional que resultó de los fondos recuperados por la vigencia del régimen optativo de cancelación anticipada parcial y/o total de las obligaciones fiscales diferidas al amparo de las Leyes Ns. 21.608, 22.021, 22.702 y 22.973, sus modificaciones y normas reglamentarias y complementarias, por vigencia del régimen de Promoción Industrial y atento al Artículo 67 de la Ley N 22.725 de Presupuesto Nacional ejercicio 2003.
Que tales recursos fueron depositados en las cuentas corrientes oficiales del Gobierno Provincial, por la suma de $
2.362.071,35 y por la suma de $ 206.556,73, lo que totaliza la suma de $ 2.568.628,08, atento respectivas notas de la Tesorería General de la Provincia T.G.P. Ns. 32 y 57.
Que tales recursos se integrarán a una cuenta reserva de créditos del S.A.F. N 910, Obligaciones a Cargo del Tesoro, para ser posteriormente distribuidos al Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, S.A.F. N 600, con el destino que los recursos mencionados tienen asignados mediante la aludida Ley de Presupuesto Nacional 2003 y según lo acordado con esta Secretaría de Hacienda de asignar dichos recursos a los mayores gastos que la Jurisdicción decidió realizar durante el presente ejercicio por la suma de $ 3.000.000,00 hasta cerrar el presente año y de los cuales por esta fuente de ingreso se asignará por cuerda aparte la suma de $ 2.568.628,08.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785
faculta a esta Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la presente ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución N
02/05, Reglamentario de la Ley N 7.785.
Por ello, y lo establecido por los Artículos 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial,
Increm .

Dis min .

0
2.568.
628,08
2.568.628,089

DECRETO Nº 761
La Rioja, 07 de junio de 2005
Visto: la Nota C.G.P. Nº 166, de fecha 08 de octubre de 2004, por el cual se gestiona la transferencia de agentes pertenecientes a la Contaduría General de la Provincia a distintos organismos de la Administración Pública Provincial;
y Considerando:
Que el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto -vigenteNº 7.785, faculta a la Función Ejecutiva a disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la excepción de la Jurisdicción I -Función Legislativacon la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los Artículos 1º y 3º, comunicando las mismas a la Cámara en un plazo de cinco 5 días como también las disposiciones contenidas en los Artículos 8º y 9º de la citada norma legal.
Tales reestructuraciones podrán ser autorizadas por la Función Ejecutiva siempre que las mismas se encuentren dentro de la respectiva Jurisdicción presupuestaria.
Que el Artículo 29º de la Ley de Presupuesto -vigenteNº 7.785, dispone que las Transferencias de Personal entre los organismos de la Administración Pública Provincial que dependan de la Función Ejecutiva, solo se realizarán en caso de estrictas necesidades de servicio y con el consentimiento expreso de los titulares de los organismos involucrados.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo, en virtud a lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Nº 002/05, Reglamentario de la Ley de Presupuesto vigenteNº 7.785.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/10/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date04/10/2005

Page count18

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First edition02/01/1998

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