Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/10/1999

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 08 de octubre de 1999
LEYES

LEY N 6.581
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1- Institúyese como símbolo floral de la Provincia de La Rioja a la Flor del Cardón.
Terichocereus pasacana Web Britton et Rose Cereus pasacana Web Cardón o Terichocereus terschecki Parm Britton et Rose. Cereus Terschecki Parm Cardón Grande.ARTICULO 2- Dispónese que la especie vegetal Cardón en todas sus variedades es planta protegida en el territorio provincial.ARTICULO 3- Declárase el día 20 de octubre de cada año calendario como Día Provincial de la Flor del Cardón .ARTICULO 4- Dispónese que el Ministerio de Educación y Cultura deberá incluir en los planes y programas de estudio de los establecimientos educacionales de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, la enseñanza teóricopráctica que incluya tareas y acciones concretas para la defensa, preservación, conservación y promoción de las especies protegidas.ARTICULO 5- Por la Secretaría Legislativa se hará conocer la presente Ley al Estado Nacional y demás Estados Provinciales.ARTICULO 6- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a veintidós días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por los diputados Rodolfo Laureano de Priego y Bienvenido Tristán Martínez.-

Fdo.: María Illanes de Machicote - Vicepresidente 2
Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo.
DECRETO N 1121

La Rioja, 03 de noviembre de 1998
Visto: el Expte. Código A-N 00680-9/98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6581, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial.

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Cardón. Terichocereus Terschecki Parm Britton et Rose.
Cereus Terschecki Parm Cardón Grande.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Coordinador de Gobierno y de Educación y Cultura.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. - Herrera, L.B., M.C.G. - Vilches de Mercado, M.I., M.E. y C.

LEY N 6.582

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1.- Declárase Zona de Desastre Agropecuario al departamento Coronel Felipe Varela, a partir del 19 de setiembre de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 1999.ARTICULO 2.- Facúltase a la Función Ejecutiva a eximir de los Impuestos que gravan a la actividad agropecuaria de los propietarios que residen en el departamento Coronel Felipe Varela, y por igual período al establecido en el Artículo 1 de la presente Ley.ARTICULO 3.- Facúltase a la Función Ejecutiva para que a través del Ministerio de Desarrollo de la Producción y Turismo, gestione la aplicación de la Ley Nacional de Emergencia Agropecuaria N 22.913 para el departamento Coronel Felipe Varela; requerirá para lograr este objetivo la colaboración de los Senadores y Diputados representantes de nuestra Provincia.ARTICULO 4.- Autorízase a la Función Ejecutiva a gestionar líneas de créditos especiales destinados a los productores comprendidos en la Zona de Desastre Agropecuario.ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a veintidós días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por el diputado Oscar Eduardo Chamía.Fdo.: María Illanes de Machicote - Vicepresidente 2
Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo.

DECRETO N 1154
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6581, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 22 de octubre del corriente año, mediante la cual se instituye como símbolo floral de la Provincia de La Rioja a la Flor del
La Rioja, 10 de noviembre de 1998

Visto: el Expte. Código A-N 00676-5/98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6582, y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/10/1999

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date08/10/1999

Page count17

Edition count2476

First edition02/01/1998

Last issue18/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 1999>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31