Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/1/2015 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4559 - 15/1/2015

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 649

ANEXO - DISPOSICIÓN N 4-DGA/15 continuación
11. Aclaración de documentación: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de solicitar ampliación o aclaración de la documentación presentada, a fin de evaluar correctamente la oferta, sin alterar la presentación de la propuesta económica realizada.
12. Nombrar representantes ante la adjudicataria: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de designar agentes con autorización para que sirvan de nexo con la empresa que resulte beneficiaria de la presente contratación. La firma deberá dirigirse en primera instancia a la persona designada ante cualquier problema que exista durante la ejecución contractual.
13. Fiscalización General de la Prestación: La Dirección General Adjunta de Administración, Planificación Financiera y Presupuesto fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario y notificará las novedades con respecto de la calidad de los servicios.
14. Revocación de procedimiento: El Tribunal Superior de Justicia podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes Cfr. artículo 82 de la ley 2095.
15. Rescisión: El Tribunal Superior de Justicia podrá rescindir el contrato por causas no imputables al proveedor, de conformidad con lo prescripto en el artículo 122 de la ley n 2095.
16. Penalidades contractuales: Frente al incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato o su cumplimiento defectuoso, el Tribunal Superior de Justicia, previa notificación y descargo del adjudicatario, podrá aplicar multas en los términos fijados por el artículo 126 de la ley n 2095 y su decreto reglamentario, o rescindir el contrato por culpa del adjudicatario. Ello, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 135 de la Ley de Compras y Contrataciones y su decreto reglamentario, cuando así correspondiere.
17. Forma de Pago: Se efectivizará dentro del plazo de diez 10 días hábiles de la fecha de presentación de la factura.
18. Tramitación de Facturas: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme a los términos establecidos por la Dirección General Impositiva y presentadas en la Dirección General de Administración - Mesa de Entradas, sita en Cerrito n 760, sexto piso, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00.
19. Interpretación: En caso de que se suscitaren divergencias entre la oferta y las bases del llamado, tendrán primacía las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas generales y particulares y en las especificaciones técnicas.
Nota: La presente contratación se realiza bajo las reglas establecidas en la legislación vigente ley 2095 y decreto reglamentario 95/2014

FIN DEL ANEXO

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/1/2015 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date15/01/2015

Page count652

Edition count3412

First edition14/08/2008

Last issue31/07/2024

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