Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2010 (Anexo)

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N 3407 - 26-4-2010

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 1

ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N 3407

Año 2010 Bicentenario de la Revolución de Mayo
ANEXO I - RESOLUCIÓN N 303 - MJGGC/10

Entre la Señora MARÍA SILVIA CALABRETTA D.N.I. N 6.661.170, con domicilio en la calle Segurola N 2050 1º piso dpto. 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante LA LOCADORA, por una parte, y el GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, representado por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros HORACIO ANTONIO RODRÍGUEZ LARRETA, y el Señor Director General de la Dirección General Escribanía General, Esc. EDUARDO RUEDA, con domicilio en Av. de Mayo N 525 de la Ciudad Autónoma de Buen os Aires, en adelante EL
LOCATARIO, por la otra parte, convienen en celebrar el presente contrato de locación, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA LOCADORA da en locación a EL LOCATARIO, y éste toma en ese carácter, el inmueble sito en la Av. Francisco Beiró N 4.629 de esta Ciudad, con destino al funcionamiento de la sede del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal N 11 y/o las oficinas administrativas de g estión de gobierno que EL
LOCATARIO designare, acompañando el certificado de dominio que acredita titularidad y condiciones del inmueble.----------------------------------------------------------------SEGUNDA: El término de duración del presente contrato será de dos 2 años, contados a partir del 1º de enero de 2010, venciendo en consecuencia el 31 de diciembre de 2011, fecha en la que EL LOCATARIO deberá entregar el inmueble libre de todo ocupante y/o efectos a LA LOCADORA o a quien la represente, en idénticas condiciones en las que lo recibe, las que se declara conocer y aceptar, a excepción de aquellos deterioros producidos por el uso normal del inmueble locado.---------------------TERCERA: Es facultad del LOCATARIO el prorrogar la vigencia de este contrato de locación por un período de entre uno 1 a tres 3 años, notificando a LA LOCADORA
su decisión en forma fehaciente con anterioridad a la fecha de finalización del presente. La simple continuidad de la ocupación significará el uso de ese derecho.-----CUARTA: El precio del alquiler se pacta en la suma de PESOS ONCE MIL
OCHOCIENTOS $ 11.800 mensuales, pagaderos por mes adelantado y obligándose EL LOCATARIO a abonar a LA LOCADORA las sumas antedichas dentro de los diez 10 primeros días de cada mes. LA LOCADORA se obliga en un plazo no mayor de cinco 5 días hábiles a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que EL LOCATARIO deposite los alquileres correspondientes. LA LOCADORA se compromete a comunicar fehacientemente los datos de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
En caso de incumplimiento por parte de LA LOCADORA, la misma se hará cargo de los perjuicios que dicha omisión pudiera ocasionar, quedando EL LOCATARIO
excluido de toda responsabilidad en tal sentido. En el caso de los alquileres devengados desde el inicio de la locacion, es decir el 1/1/2010 y el 30/3/2010, el LOCATARIO liquidará el saldo, resultante de la diferencia entre los montos abonados en la suma de PESOS OCHO MIL $8.000 y el canon consensuado en la presente

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2010 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date26/04/2010

Page count99

Edition count3395

First edition14/08/2008

Last issue05/07/2024

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