Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 9/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 121.8 de octubre de 2022

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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DUODÉCIMA.- Impugnación y revocación de la convocatoria Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos sean dictados en su desarrollo, salvo las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y arts. 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, el primero de ellos según redacción dada al mismo por la Disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. No obstante podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se recurre, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente. Contra los actos del Tribunal podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Castellón en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente acuerdo del Tribunal. En cualquier momento, y siempre con anterioridad a la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, el órgano competente de la Diputación de Castellón podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria mediante la adopción del acuerdo correspondiente, que será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. En los restantes supuestos, para la anulación o la revisión de oficio de las resoluciones aprobatorias de las convocatorias, se estará a lo que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

CVE: 20221001210025

En Castellón de la Plana, a 5 de octubre de 2022
EL DIPUTADO DELEGADO
Pau Ferrando Tárrega

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 9/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

CountrySpain

Date09/10/2022

Page count64

Edition count4569

First edition20/01/2011

Last issue10/08/2024

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