Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 9/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 121.8 de octubre de 2022

OCTAVA. Comienzo y desarrollo de las pruebas El procedimiento de selección será el concurso, con carácter obligatorio y eliminatorio.
El proceso constará de dos fases:
A Defensa de la Memoria. máximo 10 puntos Eliminatoria El lugar y fecha para la realización de la defensa de la memoria se publicará en la web de la diputación. Los aspirantes deberán defender la memoria presentada junto con la solicitud de participación exponiendo la adecuación de su curriculum vitae a las tareas del puesto. Esta memoria se defenderá delante del tribunal en un tiempo máximo de 10 minutos, valorándose el contenido de la memoria, la capacidad expositiva, iniciativa, capacidad de trabajo en equipo y conocimientos que puede aportar al proyecto la persona aspirante.
Asimismo, el tribunal podrá formular preguntas que contribuyan al conocimiento de la aptitud y competencia profesional del aspirante.
Será necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos de un total de 10 puntos para superar la defensa de la Memoria.
B Baremación de méritos máximo 10 puntos.
El tribunal calificará los méritos de formación y experiencia acreditados por los aspirantes relacionados con las funciones propias del puesto, según siguiente detalle:
Experiencia profesional. Hasta 3 puntos Haber desempeñado en la Administración Pública un puesto de trabajo con las mismas características que el solicitado, o similar. 0,20 puntos por mes. Se acreditará mediante certificación expedida por el correspondiente Registro de Personal, en la que debe constar con claridad el vínculo laboral y los periodos trabajados.
Haber desempeñado en la empresa privada un puesto de trabajo con las mismas características que el solicitado, o similar. 0,10
puntos por mes. Se acreditará mediante certificado de empresa en el que se especifique el tiempo efectivamente trabajado, expresando fecha de alta y baja, así como las funciones realizadas, grupo de cotización y la categoría profesional, o bien el contrato con sus correspondientes prórrogas. Además, se acompañará necesariamente la vida laboral del trabajador. En el caso de los trabajadores autónomos, se deberá aportar documento oficial que acredite todo lo anteriormente expuesto alta IAE, vida laboral, etc., junto con certificados de las entidades u organizaciones para las que se hayan prestado los servicios objeto de valoración y en los que deberán constar el servicio o trabajo realizado y la duración del mismo.
Cursos de formación. Hasta 2 puntos.
Por cursillos de capacitación, formación profesional, ocupacional y de formación continua acordada entre la Administración y sindicatos o técnica, impartidos por la Universidad o Administración pública o por los Sindicatos firmantes del IV Acuerdo de Formación Continua, que tengan relación directa con la plaza convocada, valorándose a juicio del tribunal, de la siguiente forma:
cursos de menos de 30 horas, 0,10 puntos cursos de 30 a 50 horas, 0,20 puntos cursos de 51 a 100 horas, 0,60 puntos cursos de 101 a 200 horas, 0,80 puntos cursos de 201 a 300 horas, 1,00 puntos cursos de más de 300 horas, 1,50 puntos No se tendrán en cuenta las actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, debates, encuentros, etc.
Conocimientos del valenciano. Hasta 2 puntos.
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valenci o equivalente, de modo que la valoración de un grado superior excluye la del inferior.
Certificado A2
0,40 puntos Certificado B1
0,80 puntos Certificado B2
1,20 puntos Certificado C1
1,60 puntos Certificado C2
2,00 puntos Titulaciones, estudios de interés y otros. Hasta 3 puntos Se valorarán otras titulaciones académicas universitarias licenciaturas, diplomaturas, grados, postgrados, másters y doctorados complementarias y directamente relacionadas con la plaza.
Licenciatura / grado 1 punto Postgrado 1 punto Máster 2 puntos Doctorado 3 puntos NOVENA.- Publicidad de las calificaciones El orden de clasificación definitiva de los aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases del concurso.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se atenderá a la mayor puntuación en la primera fase del concurso.
Los resultados ambas fases de concursos, los sucesivos llamamientos y convocatorias y cualquier decisión que adopte el tribunal y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización del concurso se publicarán en la página web de Recursos Humanos de la Diputación, bastando dicha exposición como notificación a todos los efectos.

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Terminada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal publicará en una única acta la resolución provisional con los nombres de los aspirantes y puntuación obtenida en las dos fases defensa de la memoria y baremación de méritos. Los aspirantes podrán formular reclamación a dicha acta en el plazo de tres días naturales. Concluido el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Presidencia elevará a definitivas la resolución de la convocatoria. Esta publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido mayor puntuación, y quedando los restantes como reservas según orden de puntuación. Los aspirantes que no superen la fase de la defensa de la memoria no se incluirán en esta lista.
DÉCIMA.- Presentación de documentos En el plazo de 3 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva en la página web de Recursos Humanos de la Diputación, el/la aspirante propuestos por el tribunal, presentará los documentos que acrediten los requisitos exigidos en la base 3 y los méritos aportados en la base 8 de la presente convocatoria.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo establecido, excepto en los casos de fuerza mayor o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante. En este sentido, comportará la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su contratación, sin perjuicio de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
UNDÉCIMA.- Incidencias El tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo que no esté previsto en estas bases.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 9/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

CountrySpain

Date09/10/2022

Page count64

Edition count4559

First edition20/01/2011

Last issue11/07/2024

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