Boletín Oficial de Cantabria del 2/9/2020 - Extraordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario
MIÉRCOLES, 2 DE SEPTIEMBRE DE 2020 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 68
Se dará traslado a la Dirección General de Salud Pública de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas previstas de la presente Resolución cuando tengan la consideración de infracción sanitaria de conformidad con la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.
Séptimo. Ratificación judicial.
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se solicitará la ratificación judicial de las medidas sanitarias prevista en la presente Resolución.
Octavo. Eficacia.
La presente Resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y mantendrá su eficacia durante 14 días naturales a contar desde dicha publicación. Las medidas podrán ser objeto de prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica del municipio afectado.
Noveno. Publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria a efectos de notificación a los interesados.
Sin perjuicio de su publicación, la Dirección General de Salud Pública dará traslado de la presente Resolución a la Delegación del Gobierno en Cantabria, al Ayuntamiento de Santoña, así como a los Ayuntamientos limítrofes, a los efectos de recabar su cooperación y colaboración en la aplicación de las medidas adoptadas.
Santander, 2 de septiembre de 2020.
El consejero de Sanidad, Miguel Javier Rodríguez Gómez.
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