Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/01/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 12 de enero de 2024

Aires;
Que los índices mensuales de actualización por IPC no aplicados por la suspensión dispuesta por la Resolución N 260/23, son los correspondientes a los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del año 2023, teniendo en consideración las fechas de publicación del IPC por parte del INDEC;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde aplicar los índices mensuales de los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del año 2023, a los fines de readecuar los valores tarifarios aplicables a los servicios de transporte público provincial de pasajeros, los cuales comenzaran a regir a partir de la CERO 0 hora del día 15 de enero de 2024;
Que, idéntico temperamento, resulta de aplicación para la tarifa diferencial correspondiente a los servicios de transporte de pasajeros por automotor de carácter urbano, que operan en la zona integrada por los Partidos de La Plata, Berisso y Ensenada, también denominada Gran La Plata;
Que han tomado intervención, en razón de su competencia, Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires;
Que la presente medida, se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 34 del Decreto Ley N
16.378/57, el Decreto N 6.864/58, el artículo 74 del Decreto-Ley N 2.608/89 y el artículo 34 de la Ley N 15.477;
Por ello, EL MINISTRO DE TRANSPORTE DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Adherir a lo dispuesto en el artículo 1 de la RESOL-2023-8-APN-MINF de fecha 29 de diciembre de 2023, del Ministerio de Infraestructura de la Nación, conforme lo previsto en su artículo 4.
ARTÍCULO 2. Derogar la Resolución N RESO-2023-260-GDEBA-MTRAGP.
ARTÍCULO 3. Homologar para los servicios de transporte público provincial de pasajeros de carácter urbano e interurbano de media distancia aledaños a Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a excepción de los servicios urbanos que operan entre los Partidos de La Plata, Berisso y Ensenada, los valores tarifarios comunicados mediante NO-2024-01953073-APNDNRNTRMTR, de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Infraestructura de la Nación, los que comenzarán a regir a partir de la CERO 0 hora del día 15 de enero de 2024 y que como ANEXO I IF-2024-01073603-GDEBA-DPTPMTRAGP, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4. Establecer para los servicios de transporte público automotor de pasajeros de carácter urbano de la zona integrada por los Partidos de La Plata, Berisso y Ensenada, las tarifas que se detallan en el ANEXO II IF-2024-01073777GDEBA-DPTPMTRAGP, que integran la presente, y que comenzarán a regir a partir de la CERO 0 hora del día 15 de enero de 2024.
ARTÍCULO 5º. Aprobar para los Servicios de Transporte Público Fluvial de Pasajeros, de carácter regular y especializados categorías Taxi y Excursión, que se desarrollan en el Delta de la Provincia de Buenos Aires, los cuadros tarifarios que se detallan en el ANEXO III IF-2024-00289776-GDEBA-DPPYCTAYFMTRAGP, que forman parte integrante de la presente, y que comenzaran a regir a partir de la CERO 0 hora del día 15 de enero de 2024.
ARTÍCULO 6. Invitar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a lo dispuesto en la presente Resolución, a través de las normas de su competencia, las que deberán ser comunicadas en forma fehaciente a la Subsecretaría de Transporte Terrestre y a la Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial.
ARTÍCULO 7. Notificar al Fiscal de Estado, publicar en el Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA. Cumplido, pase a la Subsecretaría de Transporte Terrestre para su comunicación al Ministerio de Infraestructura de la Nación y a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
Cumplido pase a la Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial para su comunicación a las áreas, y a las empresas prestatarias del Servicio de Transporte Público Fluvial de Pasajeros y a las autoridades comunales. Cumplido, archivar.
Jorge Alberto D Onofrio, Ministro.

ANEXO/S
IF-2024-01073603-GDEBADPTPMTRAGP

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IF-2024-01073777-GDEBADPTPMTRAGP

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ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA
RESOLUCIÓN N 1-DEOPISU-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 5 de Enero de 2024
VISTO el expediente EX-2023-31859861-GDEBA-DEOPISU, la Ley N 6021, su Decreto Reglamentario N 5.488/59 y sus modificatorias, la Ley N.º 14.449 y modificatorias, Ley N.º 14.812 reglamentada por el Decreto N.º 443/16 y prorrogada por la Ley 15.480, y
SECCIÓN OFICIAL > página 33

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/01/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date12/01/2024

Page count118

Edition count3407

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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